Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inmobiliaria Mallia, Delgado Y Santacruz Limitada

CONSTITUCIÓN — 7 de dez. de 2022

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2022-12-07Ver PDF (CVE 2229748)

Informações societárias

Ltda
Rancagua, O'Higgins
Duração: 5 años, a contar fecha escritura, renovable períodos iguales, si ningún socio manifiesta voluntad ponerle término con anticipación de 6 meses del período que estuviese en curso, mediante escritura pública anotada margen inscripción social
Administração: Corresponderá a todos los socios en forma conjunta, amplias facultades cláusula sexta de escritura extractada

Objeto social

A) El inmobiliario, mediante la intermediación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, rústicos o urbanos, edificios o no, destinados a la vivienda, oficinas, comercio, industria o agricultura, y en general, se dedicará a realizar toda negociación, gestión o actividad relacionada, directa o indirectamente, con la compra, venta, comercialización o arriendo de inmuebles, propios o ajenos amoblados o desocupados, su explotación y el desarrollo de proyectos a nivel intelectual o material, pudiendo dedicarse a la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, intermediación, corretaje, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios. B) La realización de todo tipo de inversiones relativas a bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales. C) La intermediación, compra, venta y arriendo de maquinarias, de todo tipo de vehículos incluyendo vehículos de carga y de transporte de pasajeros, equipos e insumos. Todas las actividades referidas podrá la empresa desarrollarlas por cuenta propia o ajena, sean los terceros instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas y privadas, o particulares, asociarse con dichas empresas, instituciones o personas naturales o jurídicas, tomar la representación de ellas y establecer agencias de firmas nacionales o extranjeras relacionadas con el giro ya descrito y, en general, realizar cualquiera acto, contrato o actividad, civil o comercial, que tienda directa o indirectamente a la consecución de los fines de la empresa individual, incluyendo la participación de la empresa como socio o accionista en toda clase de empresas, compañías, sociedades o corporaciones, sin que ello importe o requiera una modificación de los estatutos sociales. Todas las actividades referidas podrá la sociedad desarrollarlas por cuenta propia o ajena, sean los terceros instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas y privadas, o particulares, asociarse con dichas empresas, instituciones o personas naturales o jurídicas, tomar la representación de ellas y establecer agencias de firmas nacionales o extranjeras relacionadas con el giro ya descrito y, en general, realizar cualquiera acto, contrato o actividad, civil o comercial, que tienda directa o indirectamente a la consecución de los fines sociales, incluyendo la participación de la sociedad como socio o accionista en toda clase de empresas, compañías, sociedades o corporaciones, sin que ello importe o requiera una modificación de los estatutos sociales, y cualquiera otra actividad que los socios acuerden y relacionadas con el giro de la sociedad.

Capital

Capital total

$4.000.000

Capital integralizado

$4.000.000

Sócios (4)

NomeParticipação

GONZALO ANDRÉS MALLIA GODOY

Socio

25%

YUDI CAROLA DELGADO MARIN

Socio

25%

JOAQUÍN IGNACIO MALLIA TOLEDO

Socio

25%

CATALINA SANTACRUZ DELGADO

Socio

25%

Texto oficial do extrato

Álvaro Daniel Carvallo Castillo, Notario Interino Primera Notaria de Rancagua, con domicilio en San Martín 427, Rancagua, certifica: Por escritura, hoy ante mi GONZALO ANDRES MALLIA GODOY, YUDI CAROLA DELGADO MARIN, JOAQUÍN IGNACIO MALLIA TOLEDO, y CATALINA SANTACRUZ DELGADO todos domiciliados en Avenida Diagonal Doñihue #2308 Villa Galilea E, Rancagua, constituyeron sociedad responsabilidad limitada bajo razón social: “INMOBILIARIA MALLIA, DELGADO Y SANTACRUZ LIMITADA”, con nombre de fantasía "LA AURORA DEL SUR LTDA.".- Objeto: A) El inmobiliario, mediante la intermediación comercial de inmuebles de cualquier naturaleza, rústicos o urbanos, edificios o no, destinados a la vivienda, oficinas, comercio, industria o agricultura, y en general, se dedicará a realizar toda negociación, gestión o actividad relacionada, directa o indirectamente, con la compra, venta, comercialización o arriendo de inmuebles, propios o ajenos amoblados o desocupados, su explotación y el desarrollo de proyectos a nivel intelectual o material, pudiendo dedicarse a la adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento u otra forma de explotación, loteo, intermediación, corretaje, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, por cuenta propia o ajena; la adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios. B) La realización de todo tipo de inversiones relativas a bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales. C) La intermediación, compra, venta y arriendo de maquinarias, de todo tipo de vehículos incluyendo vehículos de carga y de transporte de pasajeros, equipos e insumos. Todas las actividades referidas podrá la empresa desarrollarlas por cuenta propia o ajena, sean los terceros instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas y privadas, o particulares, asociarse con dichas empresas, instituciones o personas naturales o jurídicas, tomar la representación de ellas y establecer agencias de firmas nacionales o extranjeras relacionadas con el giro ya descrito y, en general, realizar cualquiera acto, contrato o actividad, civil o comercial, que tienda directa o indirectamente a la consecución de los fines de la empresa individual, incluyendo la participación de la empresa como socio o accionista en toda clase de empresas, compañías, sociedades o corporaciones, sin que ello importe o requiera una modificación de los estatutos sociales. Todas las actividades referidas podrá la sociedad desarrollarlas por cuenta propia o ajena, sean los terceros instituciones fiscales, semifiscales, empresas autónomas y privadas, o particulares, asociarse con dichas empresas, instituciones o personas naturales o jurídicas, tomar la representación de ellas y establecer agencias de firmas nacionales o extranjeras relacionadas con el giro ya descrito y, en general, realizar cualquiera acto, contrato o actividad, civil o comercial, que tienda directa o indirectamente a la consecución de los fines sociales, incluyendo la participación de la sociedad como socio o accionista en toda clase de empresas, compañías, sociedades o corporaciones, sin que ello importe o requiera una modificación de los estatutos sociales, y cualquiera otra actividad que los socios acuerden y relacionadas con el giro de la sociedad. Domicilio: Rancagua, sin perjuicio de las agencias, sucursales y oficinas que pueda abrir y operar en el resto del país y extranjero.. Administración, Representación y Uso Razón Social: Corresponderá a corresponderá a todos los socios en forma conjunta,amplias facultades cláusula sexta de escritura extractada.- Capital: $4.000.000.- que los socios aportan de la siguiente forma: A) GONZALO ANDRÉS MALLIA GODOY, aporta $1.000.0000 correspondiente al 25% del capital social, que entera al contado, en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social. B) YUDI CAROLA DELGADO MARIN, aporta $1.000.0000 correspondiente al 25% del capital social, que entera al contado, en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social; C) JOAQUÍN IGNACIO MALLIA TOLEDO, aporta $1.000.0000 correspondiente al 25% del capital social, que entera al contado, en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social y, D) a CATALINA SANTACRUZ DELGADO, aporta $1.000.0000 correspondiente al 25% del capital social, que entera al contado, en dinero efectivo, ya ingresado a la caja social. Duración: 5 años, a contar fecha escritura, renovable períodos iguales, si ningún socio manifiesta voluntad ponerle término con anticipación de 6 meses del período que estuviese en curso, mediante escritura pública anotada margen inscripción social. Los socios limitan responsabilidad hasta el monto de sus aportes.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Rancagua, 18 de noviembre de 2022.

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