Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inmobiliaria G-21 Limitada

CONSTITUCIÓN — 14 de ago. de 2025

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2025-08-14Ver PDF (CVE 2685913)

Informações societárias

Ltda
Vicente Valdés número ochenta y siete, departamento novecientos cuatro
Duração: dos años a contar desde la fecha en que se hayan cumplido la totalidad de los requisitos legales para su existencia y reconocimiento como persona jurídica, renovable automáticamente por períodos iguales
Administração: La administración total y uso de la razón social corresponderá exclusivamente y con amplias facultades a MARIA FERNANDA MELLA LARA, quien representará y obligará a la sociedad judicial y extrajudicialmente, anteponiendo la razón social a su firma.

Objeto social

A) Organizar la demanda habitacional, informar y asesorar a personas naturales de las distintas materias relacionadas con el subsidio habitacional regulado en los distintos programas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y/o a través de los distintos Serviu, como tramitar la postulación misma. B) Asesorar en la adquisición de inmuebles destinados a proyectos de construcción, como la adquisición de viviendas, asesorando la búsqueda identificación, selección, y adquisición de inmuebles, calificación técnica, económica, legal y social de las viviendas y proyectos habitacionales que se postulen, realizar las gestiones necesarias para la tramitación otorgamiento y financiamiento complementario que requieran los postulantes ante Bancos e Instituciones Financieras crediticias. C) Diseñar y ejecutar proyectos de arquitectura e ingeniería, proyectos de loteo, urbanización, sanitarios, eléctricos y todos los necesarios para la obtención de los permisos de edificación y su postulación a los distintos programas de vivienda. D) Diseñar y ejecutar el plan de habilitación social de acuerdo al diagnóstico de las personas integrantes del grupo organizado postulando. E) Contratar, las Obras, realizar evaluación, selección y adjudicar las obras, realizar y contratar la inspección técnica de las obras. F) Realizar todas las actividades relacionadas con el corretaje de propiedades y administración de viviendas, edificios y obras. G) Realizar todos los negocios y operaciones relacionadas con las anteriores incluidas en la normativa regulada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y que constituyan una prolongación y complemento de los fines de la sociedad y cualquiera otra que acuerden los socios y H) Toda otra actividad comercial que diga relación con los objetos aquí descritos.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital integralizado

$2.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

MARIA FERNANDA MELLA LARA

Socio

12.xxx.xxx-7

99%

DANIELA DONOSO GRUNBERG

Socio

10.xxx.xxx-0

1%

Administradores (1)

MARIA FERNANDA MELLA LARA

12.xxx.xxx-7Administrador

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior “INMOBILIARIA G-21 LIMITADA” O “G-21 LTDA.” EVALDO DANIEL REHBEIN UTRERAS, abogado, Notario Público Titular de la Vigésimo Novena Notaría de Santiago, con oficio en Enrique Mac Iver doscientos veinticinco, piso tres, oficina trescientos dos, de esta ciudad, CERTIFICO QUE Por escritura pública de fecha 31 de julio de 2025, bajo el repertorio 4355-25, ante mí, doña MARIA FERNANDA MELLA LARA, chilena, soltera, trabajadora social, cédula de identidad número doce millones ciento catorce mil sesenta y seis guión siete, domiciliada en Laguna San Rafael número cero cinco mil doscientos noventa y tres, comuna de Puente Alto, y doña DANIELA DONOSO GRUNBERG, chilena, casada y separada totalmente de bienes, arquitecta, cédula de identidad número diez millones ciento dos mil cuatrocientos noventa y siete guión cero, domiciliada en Eleodoro Yáñez número dos mil novecientos setenta y nueve oficina setecientos diez, comuna de Providencia, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada.- RAZÓN SOCIAL.- La razón social será “INMOBILIARIA G-21 LIMITADA” y podrá usar para todos los efectos legales, incluso bancarios, la sigla o nombre de fantasía “G21 LTDA.”. DOMICILIO.- El domicilio de la sociedad es Vicente Valdés número ochenta y siete, departamento novecientos cuatro, comuna de La Florida, sin perjuicio de los domicilios especiales, sucursales o agencias que puedan establecerse en otros lugares del país.- OBJETO.- La sociedad tendrá por objeto: A) Organizar la demanda habitacional, informar y asesorar a personas naturales de las distintas materias relacionadas con el subsidio habitacional regulado en los distintos programas del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y/o a través de los distintos Serviu, como tramitar la postulación misma. B) Asesorar en la adquisición de inmuebles destinados a proyectos de construcción, como la adquisición de viviendas, asesorando la búsqueda identificación, selección, y adquisición de inmuebles, calificación técnica, económica, legal y social de las viviendas y proyectos habitacionales que se postulen, realizar las gestiones necesarias para la tramitación otorgamiento y financiamiento complementario que requieran los postulantes ante Bancos e Instituciones Financieras crediticias. C) Diseñar y ejecutar proyectos de arquitectura e ingeniería, proyectos de loteo, urbanización, sanitarios, eléctricos y todos los necesarios para la obtención de los permisos de edificación y su postulación a los distintos programas de vivienda. D) Diseñar y ejecutar el plan de habilitación social de acuerdo al diagnóstico de las personas integrantes del grupo organizado postulando. E) Contratar, las Obras, realizar evaluación, selección y adjudicar las obras, realizar y contratar la inspección técnica de las obras. F) Realizar todas las actividades relacionadas con el corretaje de propiedades y administración de viviendas, edificios y obras. G) Realizar todos los negocios y operaciones relacionadas con las anteriores incluidas en la normativa regulada por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo y que constituyan una prolongación y complemento de los fines de la sociedad y cualquiera otra que acuerden los socios y H) Toda otra actividad comercial que diga relación con los objetos aquí descritos.- Administración, representación y uso de la razón social.- La administración total y uso de la razón social de la sociedad corresponderá exclusivamente y con amplias facultades a doña MARIA FERNANDA MELLA LARA, cédula nacional de identidad número doce millones ciento catorce mil sesenta y seis guión siete, quien anteponiendo la razón social a su firma, representará y obligará a la sociedad judicial y extrajudicialmente, en todos los actos y contratos que estén comprendidos en el giro ordinario de la sociedad, con las más amplias facultades que se indican en el estatuto social- .- Capital.- El capital de la sociedad es la suma de DOS MILLONES DE PESOS que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) la socia doña MARIA FERNANDA MELLA LARA aporta la suma de UN MILLON OCHOCIENTOS MIL PESOS, equivalentes al noventa y nueve por ciento de los derechos sociales, que entera y paga en este acto que ingresa en caja social, y B) el socio doña DANIELA DONOSO GRUNBERG, aporta la suma de DOSCIENTOS MIL PESOS, equivalentes a un uno por ciento de los derechos sociales, que entera y paga en este acto que ingresa en caja social.- Utilidades y Pérdidas.- Las utilidades y pérdidas que tenga la sociedad se distribuirán entre los socios a prorrata de sus respectivos aportes.- Límite de responsabilidad.- Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes.- Duración de la sociedad.- La sociedad comenzará a regir a contar de la fecha en que se hayan cumplido la totalidad de los requisitos legales para su existencia y reconocimiento como persona jurídica y tendrá una duración de dos años a contar desde esa fecha, plazo que se renovará automáticamente por períodos iguales, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término a la sociedad con anticipación, para lo cual deberá hacerlo mediante aviso dado por escritura pública de la que se tome nota al margen de la inscripción social con una antelación mínima de un año al plazo aquí estipulado, y además, ponga tal circunstancia en conocimiento de la otra socia, mediante carta certificada despachada por intermedio de un Notario de Santiago, con igual anticipación.- demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago 11 de agosto de 2025.

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