Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inmobiliaria El Morro-Ranco Limitada

CONSTITUCIÓN — 17 de fev. de 2023

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2023-02-17Ver PDF (CVE 2273974)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos de 5 años, salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalados en escritura extractada
Administração: La administración y uso de la razón social corresponderá a los socios GUILLERMO SERGIO DÍAZ DEL RÍO RIESCO y MARÍA PAZ DE LOS ANGELES RODRÍGUEZ BUDGE, quienes actuando de la forma indicada en los estatutos y anteponiendo a su firma la razón social, gozarán de amplias facultades señaladas en escritura extractada

Objeto social

La inversión, tanto en Chile como en el exterior, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles; su administración; arriendo, subarriendo y la percepción de los frutos o rentas que ellos generen; la realización de todo tipo de inversiones, por cuenta propia, de terceros o en conjunto con ellos, tanto en el país como en el extranjero, en toda clase de negocios comerciales, industriales o simplemente de inversión, en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, formando o integrando sociedades, en efectos de comercio y valores mobiliarios, pudiendo actuar libremente en el mercado bursátil, de capitales o financiero; el arriendo de bienes muebles o inmuebles amoblados o no; constituir, formar, participar o adquirir participación en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en el país o fuera de éste; la gestión y administración de todo tipo de proyectos inmobiliarios; y todas aquellas actividades relacionadas con las anteriores que los socios de común acuerdo determinen

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital integralizado

$5.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (7)

NomeParticipação

GUILLERMO SERGIO DÍAZ DEL RÍO RIESCO

Socio

10.xxx.xxx-3

10%

MARÍA PAZ DE LOS ANGELES RODRÍGUEZ BUDGE

Socio

11.xxx.xxx-k

10%

GUILLERMO JOSÉ DÍAZ DEL RÍO RODRÍGUEZ

Socio

18.xxx.xxx-0

16%

MARÍA PAZ DÍAZ DEL RÍO RODRÍGUEZ

Socio

18.xxx.xxx-3

16%

TOMÁS JOSÉ DÍAZ DEL RÍO RODRÍGUEZ

Socio

19.xxx.xxx-k

16%

JOSÉ IGNACIO DÍAZ DEL RÍO RODRÍGUEZ

Socio

19.xxx.xxx-8

16%

ANTONIA DÍAZ DEL RÍO RODRÍGUEZ

Socio

20.xxx.xxx-6

16%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

ANDRES CARLOS ZAVALA COURRIOL, abogado y Notario Público Interino de la Notaría N°29 de Santiago, según Decreto ya protocolizado en esta Notaría, de este domicilio, calle Mac-Iver N°225, oficina 302, Santiago, certifico que por escritura pública de hoy ante mí: (I) GUILLERMO SERGIO DIAZ DEL RÍO RIESCO, C.I 10.581.977-3; (II) MARÍA PAZ DE LOS ANGELES RODRÍGUEZ BUDGE, C.I 11.472.095-K; (III) GUILLERMO JOSÉ DÍAZ DEL RÍO RODRÍGUEZ, C.I 18.392.860-0; (IV) MARÍA PAZ DÍAZ DEL RÍO RODRÍGUEZ, C.I 18.638.831-3; (V) TOMÁS JOSÉ DÍAZ DEL RÍO RODRÍGUEZ, C.I 19.475.454-K; (VI) JOSÉ IGNACIO DÍAZ DEL RÍO RODRÍGUEZ, C.I 19.893.871-8; y, (VII) ANTONIA DÍAZ DEL RÍO RODRÍGUEZ, C.I 20.285.045-6; todos domiciliados para estos efectos en Nueva Costanera número 3.222, departamento 132, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada la que se regirá por las reglas de la Ley N°3.918, y sus modificaciones posteriores, por los estatutos sociales y a falta de ellos por el Código Civil y el Código de Comercio. RAZÓN SOCIAL. La razón social será “INMOBILIARIA EL MORRO-RANCO LIMITADA”, pudiendo usar además, como nombre de fantasía e incluso para efectos bancarios la denominación “EL MORRO-RANCO LTDA”. OBJETO. A) La inversión, tanto en Chile como en el exterior, en toda clase de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles; su administración; arriendo, subarriendo y la percepción de los frutos o rentas que ellos generen; B) La realización de todo tipo de inversiones, por cuenta propia, de terceros o en conjunto con ellos, tanto en el país como en el extranjero, en toda clase de negocios comerciales, industriales o simplemente de inversión, en bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, acciones, formando o integrando sociedades, en efectos de comercio y valores mobiliarios, pudiendo actuar libremente en el mercado bursátil, de capitales o financiero; C) El arriendo de bienes muebles o inmuebles amoblados o no, D) Constituir, formar, participar o adquirir participación en toda clase de sociedades, civiles y comerciales, públicas o privadas, nacionales o extranjeras, en el país o fuera de éste; E) La gestión y administración de todo tipo de proyectos inmobiliarios; y, F) Todas aquellas actividades relacionadas con las anteriores que los socios de común acuerdo determinen. DOMICILIO. Santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. DURACIÓN. 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, que se prorrogará automática y sucesivamente por periodos de 5 años, salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalados en escritura extractada. CAPITAL. $5.000.000 que los socios aportan y pagarán en la siguiente forma y proporción: (I) GUILLERMO SERGIO DIAZ DEL RIO RIESCO, aporta $500.000, suma que entera y paga en este mismo acto, al contado y en dinero efectivo ya ingresado en actas sociales y que corresponde al 10% del capital social; (II) MARÍA PAZ DE LOS ÁNGELES RODRÍGUEZ BUDGE, aporta $500.000, suma que entera y paga en este mismo acto, al contado y en dinero efectivo ya ingresado en actas sociales y que corresponde al 10% del capital social; (III) GUILLERMO JOSÉ DÍAZ DEL RÍO RODRÍGUEZ, aporta $800.000, suma que entera y paga en este mismo acto, al contado y en dinero efectivo ya ingresado en actas sociales y que corresponde al 16% del capital social; (IV) MARÍA PAZ DÍAZ DEL RÍO RODRÍGUEZ, aporta $800.000, suma que entera y paga en este mismo acto, al contado y en dinero efectivo ya ingresado en actas sociales y que corresponde al 16% del capital social; (V) TOMÁS JOSÉ DÍAZ DEL RÍO RODRÍGUEZ, aporta $800.000, suma que entera y paga en este mismo acto, al contado y en dinero efectivo ya ingresado en actas sociales y que corresponde al 16% del capital social; (VI) JOSÉ IGNACIO DÍAZ DEL RÍO RODRÍGUEZ, aporta $800.000, suma que entera y paga en este mismo acto, al contado y en dinero efectivo ya ingresado en actas sociales y que corresponde al 16% del capital social; (VII) ANTONIA DÍAZ DEL RÍO RODRÍGUEZ, aporta la suma de $800.000, suma que entera y paga en este mismo acto, al contado y en dinero efectivo ya ingresado en actas sociales y que corresponde al 16% del capital social. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. La administración y uso de la razón social corresponderá a los socios don GUILLERMO SERGIO DÍAZ DEL RÍO RIESCO y doña MARÍA PAZ DE LOS ANGELES RODRÍGUEZ BUDGE, quienes actuando de la forma indicada en los estatutos y anteponiendo a su firma la razón social, gozarán de amplias facultades señaladas en escritura extractada. Santiago, 7 de febrero 2023. ANDRÉS CARLOS ZAVALA COURRIOL. N.P.-

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