Sociedade por Ações

Inmobiliaria E Inversiones Eliana SpA

CONSTITUCIÓN — 9 de set. de 2024

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-09-09Ver PDF (CVE 2543140)

Informações societárias

SpA
Temuco, Araucanía
Administração: No se indica administración específica en el extracto; corresponde a la estructura estatutaria de una SpA.

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La inversión por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes inmuebles y muebles sean corporales e incorporales; b) La compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad; c) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; d) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; d) La inversión, compra, venta, administración, arrendamiento, leasing, construcción, remodelación, loteo, urbanización y explotación, a cualquier título de toda clase de bienes inmuebles urbanos o rurales; la inversión, adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones bonos, efectos de comercio, derechos, cuotas por cuenta propia o de terceros; y e) En general ejecutar cualquier otra inversión de carácter comercial licito que los accionistas acuerden o decidan desarrollar en el futuro, para la cual bastará que ante el Servicio de Impuestos Internos se efectúe la ampliación del giro que correspondan, sin que sea necesario modificar el objeto social que para esos efectos se entiende tan amplio y suficiente como para desarrollar cualquiera de las actividades mencionadas relacionadas con los giros principales que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$200.000.000

Capital integralizado

$200.000.000

Capital pendente

$0

Ações

2.000

Sócios (1)

NomeParticipação

ROXANA ELIANA RIFFO RAMOS

Accionista

13.xxx.xxx-k

100%

Texto oficial do extrato

ESMIRNA VIDAL MORAGA, Notario Público Titular de la agrupación de las comunas de Temuco, Padre Las Casas, Vilcún, Cunco, Melipeuco y Freire, con oficio en calle Antonio Varas N° 979, piso 1, comuna y ciudad de Temuco, certifica que: Por escritura pública de fecha 27 de junio de 2024 repertorio 7268-24 y rectificada por escritura pública de fecha 12 de agosto de 2024 repertorio 8999-24, ante mí, compareció doña ROXANA ELIANA RIFFO RAMOS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, Asistente Social, cédula nacional de identidad número 13.961.920-k, domiciliada en calle Aldunate número 719, oficina número 1105 de la comuna y ciudad de Temuco y que viene en constituir una sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, que a continuación se transcriben, por las disposiciones de la ley número 20.190 sobre mercado de capitales y 18.046 sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. NOMBRE: El nombre de la sociedad es INMOBILIARIA E INVERSIONES ELIANA SPA. DOMICILIO: Temuco, pudiendo establece agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La inversión por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes inmuebles y muebles sean corporales e incorporales; b) La compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad; c) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; d) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; d) La inversión, compra, venta, administración, arrendamiento, leasing, construcción, remodelación, loteo, urbanización y explotación, a cualquier título de toda clase de bienes inmuebles urbanos o rurales; la inversión, adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones bonos, efectos de comercio, derechos, cuotas por cuenta propia o de terceros; y e) En general ejecutar cualquier otra inversión de carácter comercial licito que los accionistas acuerden o decidan desarrollar en el futuro, para la cual bastará que ante el Servicio de Impuestos Internos se efectúe la ampliación del giro que correspondan, sin que sea necesario modificar el objeto social que para esos efectos se entiende tan amplio y suficiente como para desarrollar cualquiera de las actividades mencionadas relacionadas con los giros principales que acuerden los socios. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS, dividido en DOS MIL acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, y que la accionista doña ROXANA ELIANA RIFFO RAMOS suscribe en este acto dos mil acciones las que la compareciente suscribe y paga de la siguiente forma: A) APORTE BIEN RAIZ, correspondiente: OFICINA NÚMERO NOVECIENTOS TRECE del noveno piso del EDIFICIO TELAR con actual ingreso por calle Aldunate número setecientos diecinueve de la comuna de Temuco, edificio que se encuentra construido en el inmueble ubicado en calle Aldunate número setecientos diecinueve de esta ciudad de Temuco, de una superficie de mil doscientos cincuenta metros cuadrados, que es resultante de la fusión de los siguientes inmuebles: a) propiedad ubicada en Temuco, calle Antonio Varas número mil veintidós de una superficie aproximada de doscientos diez metros cuadrados; y b) Propiedad ubicada en Temuco, calle Aldunate número setecientos diecinueve esquina de calle Antonio Varas, constituida por parte del sitio número uno de la manzana veintisiete, siendo los deslindes generales del lote fusionado los siguientes según sus títulos: NORTE, en veinticinco metros con calle Antonio Varas; SUR, en veinticinco metros con propiedad de Amador Marín; ORIENTE: en cincuenta metros con propiedad de Isabel Narváez, hoy sucesión cuevas; PONIENTE, en cincuenta metros con calle Aldunate. La oficina tiene una superficie a ejes de cuarenta y uno coma cincuenta y nueve metros cuadrados y un porcentaje de copropiedad de cero coma seis mil cuatrocientos treinta y cinco por ciento. Se comprende en este aporte los bienes comunes del edificio. El referido inmueble fue adquirido por doña ROXANA ELIANA RIFFO RAMOS, por compra que le hizo a la sociedad INVERSIONES SOINDA CHILE SPA, según consta escritura pública de fecha tres de septiembre del año dos mil veintiuno en la Notaria de Temuco de doña Esmirna Vidal Moraga, e inscrita a fojas ochocientos cincuenta y nueve vuelta número ochocientos quince del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil veintidós. Para efectos del pago de contribuciones Territoriales, se le asignó rol de avalúo número ciento noventa y uno guión doscientos ochenta y cuatro de la comuna de Temuco. La constituyente valoriza este aporte en la suma de CIEN MILLONES DE PESOS, y la aporta y la transfiere en dominio a la presente sociedad. B) APORTE BIEN RAIZ, correspondiente: APORTE BIEN RAIZ, correspondiente: OFICINA NÚMERO MIL CIENTO SIETE del décimo primer piso del EDIFICIO TELAR con actual ingreso por calle Aldunate número setecientos diecinueve de la comuna de Temuco, edificio que se encuentra construido en el inmueble ubicado en calle Aldunate número setecientos diecinueve de esta ciudad de Temuco, de una superficie de mil doscientos cincuenta metros cuadrados, que es resultante de la fusión de los siguientes inmuebles: a) propiedad ubicada en Temuco, calle Antonio Varas número mil veintidós de una superficie aproximada de doscientos diez metros cuadrados; y b) Propiedad ubicada en Temuco, calle Aldunate número setecientos diecinueve esquina de calle Antonio Varas, constituida por parte del sitio número uno de la manzana veintisiete, siendo los deslindes generales del lote fusionado los siguientes según sus títulos: NORTE, en veinticinco metros con calle Antonio Varas; SUR, en veinticinco metros con propiedad de Amador Marín; ORIENTE: en cincuenta metros con propiedad de Isabel Narváez, hoy sucesión cuevas; PONIENTE, en cincuenta metros con calle Aldunate. La oficina tiene una superficie a ejes de cuarenta y uno coma cincuenta y nueve metros cuadrados y un porcentaje de copropiedad de cero coma seis mil cuatrocientos treinta y cinco por ciento. Se comprende en este aporte los bienes comunes del edificio. El referido inmueble fue adquirido por doña ROXANA ELIANA RIFFO RAMOS, por compra que le hizo a la sociedad INVERSIONES SOINDA CHILE SPA, según consta escritura pública de fecha veinticuatro de febrero del año dos mil veintiuno y rectificado por otra de fecha dieciocho de mayo del año dos mil veintiuno ambas en la Notaria de Temuco de doña Esmirna Vidal Moraga, e inscrita a fojas siete mil cuatrocientos dos vuelta número cuatro mil trescientos cuarenta y nueve del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil veintiuno. Para efectos del pago de contribuciones Territoriales, se le asignó rol de avalúo número ciento noventa y uno guión trescientos ocho de la comuna de Temuco. La constituyente valoriza este aporte en la suma de CIEN MILLONES DE PESOS, y la aporta y la transfiere en dominio a la presente sociedad. Los inmuebles se aportan como cuerpo cierto, en el estado en que actualmente se encuentran, y que es conocido por el comprador, con todos sus usos, costumbres, derechos y servidumbres, activas y pasivas, con todas sus instalaciones, con todo lo edificado y plantado dentro de sus linderos, libre de embargo o litigio pendiente. Queda responsable, la aportante, del saneamiento de la evicción, en conformidad a la ley. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Temuco, 05 de septiembre de 2024.

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-07-06Ver PDF (CVE 2515444)

Informações societárias

SpA
Temuco, Araucanía

Objeto social

La inversión por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes inmuebles y muebles sean corporales e incorporales; la compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad; el ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; la inversión, compra, venta, administración, arrendamiento, leasing, construcción, remodelación, loteo, urbanización y explotación, a cualquier título de toda clase de bienes inmuebles urbanos o rurales; la inversión, adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones bonos, efectos de comercio, derechos, cuotas por cuenta propia o de terceros; y en general ejecutar cualquier otra inversión de carácter comercial licito que los accionistas acuerden o decidan desarrollar en el futuro, para la cual bastará que ante el Servicio de Impuestos Internos se efectúe la ampliación del giro que correspondan, sin que sea necesario modificar el objeto social que para esos efectos se entiende tan amplio y suficiente como para desarrollar cualquiera de las actividades mencionadas relacionadas con los giros principales que acuerden los socios.

Capital

Capital total

$200.000.000

Capital integralizado

$200.000.000

Capital pendente

$0

Ações

2.000

Sócios (1)

NomeParticipação

ROXANA ELIANA RIFFO RAMOS

Accionista

13.xxx.xxx-k

5%

Texto oficial do extrato

Eliana Andrea Martínez Cárdenas, Notario Suplente de la titular doña Esmirna Vidal Moraga, con oficio en la comuna de Temuco, calle Antonio Varas N° 979, CERTIFICO: Que por escritura pública de fecha 27 de junio de 2024, repertorio n°7268-24, ante doña Esmirna Vidal Moraga, notario público titular de la comuna de Temuco, compareció doña ROXANA ELIANA RIFFO RAMOS, chilena, casada y separada totalmente de bienes, Asistente Social, cédula nacional de identidad número 13.961.920-k, domiciliada en calle Aldunate número 719, oficina número 1105 de la comuna y ciudad de Temuco y que viene en constituir una sociedad por acciones, la que se regirá por las estipulaciones de sus estatutos, que a continuación se transcriben, por las disposiciones de la ley número 20.190 sobre mercado de capitales y 18.046 sobre Sociedades Anónimas, sus modificaciones y su Reglamento, supletoriamente, además por el Código de Comercio y el Código Civil. NOMBRE: El nombre de la sociedad es INMOBILIARIA E INVERSIONES ELIANA SPA. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) La inversión por cuenta propia o ajena de toda clase de bienes inmuebles y muebles sean corporales e incorporales; b) La compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, importación, exportación, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad; c) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares sean estos nacionales o extranjeros; d) La realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; d) La inversión, compra, venta, administración, arrendamiento, leasing, construcción, remodelación, loteo, urbanización y explotación, a cualquier título de toda clase de bienes inmuebles urbanos o rurales; la inversión, adquisición, enajenación y administración de toda clase de bienes muebles corporales e incorporales, valores mobiliarios, acciones bonos, efectos de comercio, derechos, cuotas por cuenta propia o de terceros; y e) En general ejecutar cualquier otra inversión de carácter comercial licito que los accionistas acuerden o decidan desarrollar en el futuro, para la cual bastará que ante el Servicio de Impuestos Internos se efectúe la ampliación del giro que correspondan, sin que sea necesario modificar el objeto social que para esos efectos se entiende tan amplio y suficiente como para desarrollar cualquiera de las actividades mencionadas relacionadas con los giros principales que acuerden los socios. CAPITAL: El capital de la sociedad es la suma de DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS, dividido en DOS MIL acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, y que la accionista doña ROXANA ELIANA RIFFO RAMOS suscribe en este acto cien acciones las que la compareciente suscribe y paga de la siguiente forma: A) APORTE BIEN RAIZ, correspondiente: OFICINA NÚMERO NOVECIENTOS TRECE del noveno piso del EDIFICIO TELAR con actual ingreso por calle Aldunate número setecientos diecinueve de la comuna de Temuco, edificio que se encuentra construido en el inmueble ubicado en calle Aldunate número setecientos diecinueve de esta ciudad de Temuco, de una superficie de mil doscientos cincuenta metros cuadrados, que es resultante de la fusión de los siguientes inmuebles: a) propiedad ubicada en Temuco, calle Antonio Varas número mil veintidós de una superficie aproximada de doscientos diez metros cuadrados; y b) Propiedad ubicada en Temuco, calle Aldunate número setecientos diecinueve esquina de calle Antonio Varas, constituida por parte del sitio número uno de la manzana veintisiete, siendo los deslindes generales del lote fusionado los siguientes según sus títulos: NORTE, en veinticinco metros con calle Antonio Varas; SUR, en veinticinco metros con propiedad de Amador Marín; ORIENTE: en cincuenta metros con propiedad de Isabel Narváez, hoy sucesión cuevas; PONIENTE, en cincuenta metros con calle Aldunate. La oficina tiene una superficie a ejes de cuarenta y uno coma cincuenta y nueve metros cuadrados y un porcentaje de copropiedad de cero coma seis mil cuatrocientos treinta y cinco por ciento. Se comprende en este aporte los bienes comunes del edificio. El referido inmueble fue adquirido por doña ROXANA ELIANA RIFFO RAMOS, por compra que le hizo a la sociedad INVERSIONES SOINDA CHILE SPA, según consta escritura pública de fecha tres de septiembre del año dos mil veintiuno en la Notaria de Temuco de doña Esmirna Vidal Moraga, e inscrita a fojas ochocientos cincuenta y nueve vuelta número ochocientos quince del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil veintidós. Para efectos del pago de contribuciones Territoriales, se le asignó rol de avalúo número ciento noventa y uno guión doscientos ochenta y cuatro de la comuna de Temuco. La constituyente valoriza este aporte en la suma de CIEN MILLONES DE PESOS, y la aporta y la transfiere en dominio a la presente sociedad. B) APORTE BIEN RAIZ, correspondiente: APORTE BIEN RAIZ, correspondiente: OFICINA NÚMERO MIL CIENTO SIETE del décimo primer piso del EDIFICIO TELAR con actual ingreso por calle Aldunate número setecientos diecinueve de la comuna de Temuco, edificio que se encuentra construido en el inmueble ubicado en calle Aldunate número setecientos diecinueve de esta ciudad de Temuco, de una superficie de mil doscientos cincuenta metros cuadrados, que es resultante de la fusión de los siguientes inmuebles: a) propiedad ubicada en Temuco, calle Antonio Varas número mil veintidós de una superficie aproximada de doscientos diez metros cuadrados; y b) Propiedad ubicada en Temuco, calle Aldunate número setecientos diecinueve esquina de calle Antonio Varas, constituida por parte del sitio número uno de la manzana veintisiete, siendo los deslindes generales del lote fusionado los siguientes según sus títulos: NORTE, en veinticinco metros con calle Antonio Varas; SUR, en veinticinco metros con propiedad de Amador Marín; ORIENTE: en cincuenta metros con propiedad de Isabel Narváez, hoy sucesión cuevas; PONIENTE, en cincuenta metros con calle Aldunate. La oficina tiene una superficie a ejes de cuarenta y uno coma cincuenta y nueve metros cuadrados y un porcentaje de copropiedad de cero coma seis mil cuatrocientos treinta y cinco por ciento. Se comprende en este aporte los bienes comunes del edificio. El referido inmueble fue adquirido por doña ROXANA ELIANA RIFFO RAMOS, por compra que le hizo a la sociedad INVERSIONES SOINDA CHILE SPA, según consta escritura pública de fecha veinticuatro de febrero del año dos mil veintiuno y rectificado por otra de fecha dieciocho de mayo del año dos mil veintiuno ambas en la Notaria de Temuco de doña Esmirna Vidal Moraga, e inscrita a fojas siete mil cuatrocientos dos vuelta número cuatro mil trescientos cuarenta y nueve del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil veintiuno. Para efectos del pago de contribuciones Territoriales, se le asignó rol de avalúo número ciento noventa y uno guión trescientos ocho de la comuna de Temuco. La constituyente valoriza este aporte en la suma de CIEN MILLONES DE PESOS, y la aporta y la transfiere en dominio a la presente sociedad. Los inmuebles se aportan como cuerpo cierto, en el estado en que actualmente se encuentran, y que es conocido por el comprador, con todos sus usos, costumbres, derechos y servidumbres, activas y pasivas, con todas sus instalaciones, con todo lo edificado y plantado dentro de sus linderos, libre de embargo o litigio pendiente. Queda responsable, la aportante, del saneamiento de la evicción, en conformidad a la ley. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Temuco, 03 de julio del año 2027.-

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