Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inmobiliaria E Inversiones El Rodeo Limitada

CONSTITUCIÓN — 12 de fev. de 2025

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2025-02-12Ver PDF (CVE 2609742)

Informações societárias

Ltda
Temuco, Araucanía
Duração: 5 años, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años
Administração: La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don HERNÁN ANDRÉS MIRA MORA, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, hasta el límite de dos mil unidades de fomento. Para actos, contratos o convenciones cuyo monto supere dicho límite deberá actuar conjuntamente con uno cualquiera de los señores don JUAN PABLO ENRIQUE MIRA MORA, doña MARÍA CAROLINA ALEJANDRA MIRA MORA, o doña MARÍA GABRIELA MIRA MORA.

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto: a) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales o incorporales incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los socios acuerden. b) La adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento, subarrendamiento y la cesión de contratos de arrendamiento de inmuebles; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden. c) La ejecución de trabajos, obras o servicios vinculados directa o indirectamente a la construcción, movimiento de tierras y a cualquier clase de obras de ingeniería y arquitectura, como contratista o subcontratista. d) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (4)

NomeParticipação

HERNÁN ANDRÉS MIRA MORA

Socio

25%

SOCIEDAD DE INVERSIONES MONTANA LIMITADA

Socio

77.645.857-0

25%

SOCIEDAD DE INVERSIONES MIKO LIMITADA

Socio

77.622.846-K

25%

RENTAS MVD LIMITADA

Socio

77.630.613-4

25%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

Patricio Guillermo Corominas Mellado, de la comuna de Lo Barnechea, con domicilio en Avenida La Dehesa 1201, Local 101, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana. Certifica: Por escritura pública de fecha 23 de enero de 2025, repertorio N°623-2025, ante mí, don HERNÁN ANDRÉS MIRA MORA, domiciliado para estos efectos en Avenida Prat número 847, oficina 805, comuna de Temuco, Región de La Araucanía y de paso en ésta; la SOCIEDAD DE INVERSIONES MONTANA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número 77.645.857-0, debidamente representada, por don JUAN PABLO ENRIQUE MIRA MORA; la SOCIEDAD DE INVERSIONES MIKO LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario 77.622.846-k, debidamente representada, por doña MARÍA CAROLINA ALEJANDRA MIRA MORA, ambas domiciliadas para estos efectos en Avenida Prat número 847, oficina 805, comuna de Temuco, Región de La Araucanía y de paso en ésta, y la sociedad RENTAS MVD LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, rol único tributario número 77.630.613-4, debidamente representada, por doña MARÍA GABRIELA MIRA MORA, ambas domiciliadas para estos efectos en calle Marcela Paz número 2037, comuna de Temuco, Región de La Araucanía y de paso en ésta; constituyeron sociedad civil de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: El nombre o razón social de la sociedad será “INMOBILIARIA E INVERSIONES EL RODEO LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “INMOBILIARIA E INVERSIONES EL RODEO LTDA”. Objeto social: La Sociedad tendrá por objeto: a) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales o incorporales incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo y demás bienes incorporales muebles, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los socios acuerden. b) La adquisición de toda clase de bienes raíces a cualquier título; arrendamiento, subarrendamiento y la cesión de contratos de arrendamiento de inmuebles; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden. c) La ejecución de trabajos, obras o servicios vinculados directa o indirectamente a la construcción, movimiento de tierras y a cualquier clase de obras de ingeniería y arquitectura, como contratista o subcontratista. d) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con éstos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. Administración, Representación y Uso Razón Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don HERNÁN ANDRÉS MIRA MORA, ya individualizado, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, hasta el límite de dos mil unidades de fomento. Para actos, contratos o convenciones cuyo monto supere dicho límite deberá actuar conjuntamente con uno cualquiera de los señores don JUAN PABLO ENRIQUE MIRA MORA, ya individualizado, doña MARÍA CAROLINA ALEJANDRA MIRA MORA, ya individualizada, o doña MARÍA GABRIELA MIRA MORA, ya individualizada, con todas y cada una de las facultades señaladas en la escritura extractada que se dan por reproducidas una a una. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $10.000.000 de pesos que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) Don Hernán Andrés Mira Mora aporta la suma de $2.500.000, equivalentes al 25% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo en la caja social; b) Sociedad de Inversiones Montana Limitada, debidamente representada, aporta la suma de $2.500.000, equivalentes al 25% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo en la caja social; c) Sociedad de Inversiones Miko Limitada, debidamente representada, aporta la suma de $2.500.000, equivalentes al 25% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo en la caja social; y d) Rentas MVD Limitada, debidamente representada, aporta la suma de $2.500.000, equivalentes al 25% del capital social, enterados íntegramente y en su totalidad en dinero en efectivo en la caja social. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad tendrá un plazo de duración de 5 años a contar desde la fecha de la escritura, prorrogándose automáticamente por periodos iguales y sucesivos de 5 años cada vez, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de 6 meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Domicilio: Su domicilio será la comuna de Temuco, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Capital Social $10.000.000 de pesos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Lo Barnechea, 10 de febrero de 2025.

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-09-06Ver PDF (CVE 2542492)

Informações societárias

Ltda
Panamericana Norte número cinco mil trescientas quince
Duração: 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno
Administração: La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá, individual e indistintamente a don Francisco Dittborn Ugarte, doña María Ignacia Dittborn Ugarte y doña Manuela Dittborn Ugarte, con las facultades indicadas en la escritura extractada.

Objeto social

El objeto de la sociedad será: /a/ La compraventa de toda clase de efectos de comercio, inversión en valores mobiliarios e inmobiliarios, acciones, bonos, títulos renta, títulos deuda y créditos y, en toda clase de sociedades; /b/ compra, venta, arrendamiento, administración y leasing de bienes muebles e inmuebles, por cuenta propia o ajena; /c/ el desarrollo de toda clase de actividad o negocio sin limitación alguna, en giro inmobiliario, agrícola, financiero, industrial y comercial; /d/ administrar bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, propios o de terceros, construir en ellos, subdividirlos, urbanizarlos, lotearlos y venderlos; /e/ ejecutar en bienes raíces, la explotación de obras civiles, arquitectura, ingeniería y montaje, por cuenta propia o ajena, toda clase de construcciones, mejoras, remodelaciones, decoraciones, edificaciones y transformaciones; y, /f/ explotar y comercializar, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes que la sociedad adquiera a cualquier título; y asimismo, para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos y participar en toda clase de negocios o actividades directa o indirectamente relacionadas, conexas o complementarias al objeto social.

Capital

Capital total

$1.200.000

Capital integralizado

$1.200.000

Capital pendente

$0

Sócios (3)

NomeParticipação

Francisco Dittborn Ugarte

Socio

33.333333333333336%

María Ignacia Dittborn Ugarte

Socio

33.333333333333336%

Manuela Dittborn Ugarte

Socio

33.333333333333336%

Administradores (3)

Texto oficial do extrato

VERONICA TORREALBA COSTABAL, Notario Público Suplente de la Trigésima Tercera Notaria de Santiago, con oficio en calle Huérfanos 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica que: por escritura pública de fecha 21 de agosto de 2024, otorgada en esta misma notaría bajo el número de repertorio 12.460-2024 ante el Titular don Iván Torrealba Acevedo: FRANCISCO DITTBORN UGARTE, MARÍA IGNACIA DITTBORN UGARTE; y, MANUELA DITTBORN UGARTE, todos domiciliados para estos efectos en Panamericana Norte número cinco mil trescientos quince, comuna de Conchalí, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, de cuyos estatutos se extracta: Nombre o Razón Social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES EL RODEO LIMITADA”. Objeto: El objeto de la sociedad será: /a/ La compraventa de toda clase de efectos de comercio, inversión en valores mobiliarios e inmobiliarios, acciones, bonos, títulos renta, títulos deuda y créditos y, en toda clase de sociedades; /b/ compra, venta, arrendamiento, administración y leasing de bienes muebles e inmuebles, por cuenta propia o ajena; /c/ el desarrollo de toda clase de actividad o negocio sin limitación alguna, en giro inmobiliario, agrícola, financiero, industrial y comercial; /d/ administrar bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles, propios o de terceros, construir en ellos, subdividirlos, urbanizarlos, lotearlos y venderlos; /e/ ejecutar en bienes raíces, la explotación de obras civiles, arquitectura, ingeniería y montaje, por cuenta propia o ajena, toda clase de construcciones, mejoras, remodelaciones, decoraciones, edificaciones y transformaciones; y, /f/ explotar y comercializar, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes que la sociedad adquiera a cualquier título; y asimismo, para el mejor cumplimiento de sus fines sociales, la Sociedad está facultada sin limitación alguna para ejecutar toda clase de actos y participar en toda clase de negocios o actividades directa o indirectamente relacionadas, conexas o complementarias al objeto social. Administración: La representación y administración de la sociedad y el uso de su razón social corresponderá, individual e indistintamente a don Francisco Dittborn Ugarte, doña María Ignacia Dittborn Ugarte y doña Manuela Dittborn Ugarte, con las facultades indicadas en la escritura extractada. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón doscientos mil pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: /a/ don Francisco Dittborn Ugarte, aporta a la sociedad la suma 400.000 pesos, que equivalen a un tercio del capital social, suma que entera y paga en este mismo acto, al contado, en dinero efectivo, y que ingresan a la caja social; /b/doña María Ignacia Dittborn Ugarte, aporta a la sociedad la suma 400.000 pesos, que equivalen a un tercio del capital social, suma que entera y paga en este mismo acto, al contado, en dinero efectivo, y que ingresan a la caja social; y, /c/ doña Manuela Dittborn Ugarte, aporta a la sociedad la suma 400.000 pesos, que equivalen a un tercio del capital social, suma que entera y paga en este mismo acto, al contado, en dinero efectivo, y que ingresan a la caja social. Responsabilidad: Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del monto de sus respectivos aportes. Vigencia: 5 años contados desde la fecha de la escritura extractada, prorrogable automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto para legalización. Santiago 30 de agosto de 2024.

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