Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inmobiliaria E Inversiones El Peumo Limitada

CONSTITUCIÓN — 18 de out. de 2024

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-10-18Ver PDF (CVE 2558904)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 40 años, prorrogable automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno
Administração: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a doña MARÍA CECILIA AGUSTINA ROBBA PAVONE, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de administración. En caso de fallecimiento, ausencia y/o impedimento definitivo de doña MARÍA CECILIA AGUSTINA ROBBA PAVONE, la administración, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, con idénticas facultades, corresponderá conjuntamente a don SEBASTIÁN JOSÉ BAEZA ROBBA, a doña MARÍA JOSÉ BAEZA ROBBA y a doña DANIELA ANDREA BAEZA ROBBA.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (4)

NomeParticipação

MARÍA CECILIA AGUSTINA ROBBA PAVONE

Socio

55%

SEBASTIÁN JOSÉ BAEZA ROBBA

Socio

15%

MARÍA JOSÉ BAEZA ROBBA

Socio

15%

DANIELA ANDREA BAEZA ROBBA

Socio

15%

Texto oficial do extrato

ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado Notario Público Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción Nº 65, piso 2, Providencia, certifico: Por escritura pública de fecha 13 de septiembre del año 2024, ante mí: /i/ doña MARÍA CECILIA AGUSTINA ROBBA PAVONE, domiciliada para estos efectos en El Peumo número 154, Lo Barnechea, Región Metropolitana; /ii/ don SEBASTIÁN JOSÉ BAEZA ROBBA, domiciliado para estos efectos en Los Adobes número 1650, departamento número 811, Lo Barnechea, Región Metropolitana, debidamente representado; /iii/ doña MARÍA JOSÉ BAEZA ROBBA, domiciliada para estos efectos en El Peumo número 154, Lo Barnechea, Región Metropolitana, debidamente representada; y, /iv/ doña DANIELA ANDREA BAEZA ROBBA, domiciliada para estos efectos en El Peumo número 154, Lo Barnechea, Región Metropolitana, quienes vienen en constituir sociedad de Responsabilidad Limitada en los siguientes términos: I. Razón Social: La razón social será “INMOBILIARIA E INVERSIONES EL PEUMO LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de “EL PEUMO LIMITADA”.- II. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos, debentures, opciones, efectos de comercio, cuotas de fondos mutuos, cuotas de fondos de inversión, derechos en sociedades y cualesquiera otros instrumentos mercantiles y mobiliarios, tanto en Chile como en el extranjero; pudiendo entre otros actos, adquirirlos, explotarlos, administrarlos, enajenarlos, percibir sus frutos, darlos en arrendamiento u otras formas de cesión temporal, por cuenta propia o ajena. Para el cumplimiento de su objeto y la inversión de los fondos disponibles, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos, pudiendo constituir y/o participar en toda clase de sociedades, de personas, anónimas, por acciones o de cualquier otro tipo, comunidades y asociaciones; y, en general, realizar toda otra actividad que directa o indirectamente se relacione con las anteriores y que los socios determinen.- III. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las sucursales que estime conveniente abrir en otros puntos del país o del extranjero.- IV. Duración: La duración de la sociedad será de 40 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos de 10 años cada uno, si ninguno de los socios manifiesta su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento.- V. Capital: El capital social es la suma única y total de 1.000.000 de pesos, los cuales serán pagados por sus socios en dinero efectivo en este acto, en las siguientes cantidades y proporciones: /i/ doña MARÍA CECILIA AGUSTINA ROBBA PAVONE, con la suma de 550.000 pesos, equivalentes al 55 por ciento del capital y los derechos sociales; /ii/ don SEBASTIÁN JOSÉ BAEZA ROBBA, con la suma de 150.000 pesos, equivalentes al 15 por ciento del capital y los derechos sociales; /iii/ doña MARÍA JOSÉ BAEZA ROBBA, con la suma de 150.000 pesos, equivalentes al 15% por ciento del capital y los derechos sociales; y, /iv/ doña DANIELA ANDREA BAEZA ROBBA, con la suma de 150.000 pesos, equivalentes al 15 por ciento del capital y los derechos sociales.- VI.- Administración: La administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial corresponderá a doña MARÍA CECILIA AGUSTINA ROBBA PAVONE, quien actuando individualmente contará con las más amplias facultades de administración. En caso de fallecimiento, ausencia y /o impedimento definitivo de doña MARÍA CECILIA AGUSTINA ROBBA PAVONE, cuestión que no será necesario acreditar frente a terceros, la administración de la sociedad, el uso de su razón social y su representación judicial y extrajudicial, con idénticas facultades, corresponderá conjuntamente a don SEBASTIÁN JOSÉ BAEZA ROBBA, a doña MARÍA JOSÉ BAEZA ROBBA y a doña DANIELA ANDREA BAEZA ROBBA. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de octubre de 2024.

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