Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inmobiliaria E Inversiones Baeza Y Cuadra Limitada

CONSTITUCIÓN — 23 de jan. de 2017

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2017-01-23Ver PDF (CVE 1172164)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: cinco años, renovables por períodos iguales
Administração: corresponderá don RICARDO RUBEN CARTER CUADRA y doña LIZZIE MAUREEN KABALAN BAEZA, quienes en forma indistinta la representarán con las más amplias facultades

Objeto social

la compra, venta, permuta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas o estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; la adquisición y efectuar, por cuenta propia o ajena, todo tipo de inversiones, en toda clase de bienes mobiliarios y/o inmobiliarios, ya sea adquiriendo a cualquier título y/o enajenando todo tipo de bienes corporales o incorporales y/o títulos de crédito, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades ya sean comerciales o civiles, empresas de capitalización y fondos mutuos, comunidades o asociaciones y cualquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades y la realización de cualquier acto, contrato o negocio, que directa o indirectamente tienda a la consecución del objeto social.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (3)

NomeParticipação

RICARDO RUBEN CARTER CUADRA

Socio

9.xxx.xxx-0

60%

LIZZIE MAUREEN KABALAN BAEZA

Socio

10.xxx.xxx-0

30%

PAOLA NAYAT KABALAN BAEZA

Socio

10.xxx.xxx-1

10%

Administradores (2)

RICARDO RUBEN CARTER CUADRA

9.xxx.xxx-0Administrador

LIZZIE MAUREEN KABALAN BAEZA

10.xxx.xxx-0Administrador

Texto oficial do extrato

Olimpia Schneider Moenne-Loccoz, Notario Público titular, con oficio Huérfanos 1055, local 328, Santiago, certifico: Por escritura de hoy ante mí: don RICARDO RUBEN CARTER CUADRA, cédula nacional de identidad número nueve millones cuatrocientos treinta y un mil ciento cuarenta y siete guion cero, con domicilio en Álvaro Casanova número cuatro mil ochocientos treinta, Las Pircas comuna de Peñalolén, Región Metropolitana; doña LIZZIE MAUREEN KABALAN BAEZA, cédula nacional de identidad número diez millones novecientos cincuenta y ocho mil ochocientos veintiuno guion cero, con domicilio en Álvaro Casanova número cuatro mil ochocientos treinta, Las Pircas, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana; y doña PAOLA NAYAT KABALAN BAEZA, cedula nacional de identidad número diez millones novecientos cincuenta y siete mil sesenta y dos, guion uno, con domicilio en Álvaro Casanova número cuatro mil ochocientos treinta, Las Pircas, comuna de Peñalolén, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada: Nombre: “INMOBILIARIA E INVERSIONES BAEZA Y CUADRA LIMITADA”.- Objeto: la compra, venta, permuta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción y urbanización de bienes raíces, urbanos o rurales, por cuenta propia o ajena; el desarrollo de proyectos inmobiliarios; la construcción, promoción y venta de centros comerciales, locales, oficinas o estacionamientos, edificios y viviendas, acogidas o no a sistemas de franquicias tributarias especiales o de subsidios habitacionales; la adquisición y efectuar, por cuenta propia o ajena, todo tipo de inversiones, en toda clase de bienes mobiliarios y/o inmobiliarios, ya sea adquiriendo a cualquier título y/o enajenando todo tipo de bienes corporales o incorporales y/o títulos de crédito, tales como acciones, promesas de acciones, bonos, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades ya sean comerciales o civiles, empresas de capitalización y fondos mutuos, comunidades o asociaciones y cualquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles.- La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas o sociedades de cualquier tipo y objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades y la realización de cualquier acto, contrato o negocio, que directa o indirectamente tienda a la consecución del objeto social.- Domicilio: La ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en cualquier punto del país o extranjero. Administración y uso de razón social: corresponderá don RICARDO RUBEN CARTER CUADRA y doña LIZZIE MAUREEN KABALAN BAEZA, quienes en forma indistinta la representarán con las más amplias facultades.- Capital: El capital social asciende a la suma de diez millones de pesos que los socios aportarán de la siguiente forma: a) don RICARDO RUBEN CARTER CUADRA, la cantidad de seis millones de pesos, suma que representa un sesenta por ciento del capital social, al contado y en dinero efectivo, quedando ingresado en la caja social; b) doña LIZZIE MAUREN KABALAN BAEZA la cantidad de tres millones de pesos, suma que representa un treinta por ciento del capital social, al contado y en dinero efectivo, quedando ingresado en la caja social. Y c) doña PAOLA NAYAT KABALAN BAEZA la cantidad de un millón de pesos, suma que representa un diez por ciento del capital social, al contado y en dinero efectivo, quedando ingresado en la caja social.- Responsabilidad: limitada monto de aporte. Duración: cinco años, renovables por períodos iguales.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. SANTIAGO, 10 de enero de 2017

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