Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inmobiliaria E Inversiones Andrade Aguilera Limitada

CONSTITUCIÓN — 27 de jun. de 2020

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-06-27Ver PDF (CVE 1779113)

Informações societárias

Ltda
Concepción, Biobío
Duração: diez años
Administração: Administración separada e indistinta por ambos administradores estatutarios; para actos, contratos u operaciones de monto igual o superior a 1.000 UF se requiere firma conjunta de ambos administradores.

Objeto social

La ejecución por cuenta propia o ajena de actividades de inversión mediante adquisición de bienes muebles, corporales o incorporales, valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas; adquisición, arrendamiento, subarrendamiento, cesión y explotación de bienes raíces y negocios inmobiliarios; construcción de obras civiles, urbanizaciones, movimientos de tierras, subdivisiones, loteos, compraventa de inmuebles, transformaciones, ampliaciones, mantención, construcción y comercialización de mobiliario; instalación, administración, intermediación y arrendamiento de estacionamientos; asesoría profesional y servicios en materias inmobiliarias, administración, marketing y gestión; y en general, todas las actividades necesarias o conducentes a los giros señalados, pudiendo constituir nuevas sociedades, asociarse o unirse temporalmente a otras empresas, y contratar con socios o empresas relacionadas.

Capital

Capital total

$58.479.000

Capital integralizado

$58.479.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

MARTA ASCENCION AGUILERA SEGUEL

Socio

6.xxx.xxx-6

-

RAMON ENRIQUE ANDRADE SILVA

Socio

7.xxx.xxx-2

-

Administradores (2)

RAMON ENRIQUE ANDRADE SILVA

7.xxx.xxx-2Administrador

MARTA ASCENCION AGUILERA SEGUEL

6.xxx.xxx-6Administrador

Texto oficial do extrato

CARLOS ALBERTO MIRANDA JIMENEZ, Notario Público Concepción, con oficio en Barros Arana Nº989, certifico: Que por escritura pública de fecha 19 de Junio de 2020, ante mi, Repertorio Nº4965/2020, señores RAMON ENRIQUE ANDRADE SILVA, chileno, comerciante, cedula nacional de identidad número siete millones quinientos veintitrés mil ochocientos cuarenta y cinco guión dos, casado bajo el régimen de separación total de bienes; y MARTA ASCENCION AGUILERA SEGUEL, chilena, comerciante, cedula nacional de identidad número seis millones ciento cuarenta y cinco mil novecientos cincuenta y nueve guión seis, casado bajo el régimen de separación total de bienes, ambos domiciliados en calle Trancura número nueve mil doscientos veintinueve, comuna de Hualpén; constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada al monto de sus respectivos aportes, que se regirá por las disposiciones y estipulaciones del presente instrumento, y en lo no contemplado en éste, por la Ley número tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones, así como por las normas del Código de Comercio y del Código Civil que resultaren aplicables.- RAZÓN SOCIAL.- La razón social será INMOBILIARIA E INVERSIONES ANDRADE AGUILERA LIMITADA. La sociedad podrá ejercer derechos y contraer obligaciones, y actuar frente a cualquier institución, sea pública, privada o mixta, bajo el nombre de fantasía INMOBILIARIA E INVERSIONES AA LIMITADA. Tanto en la razón social como en el nombre de fantasía podrá utilizarse la palabra “Limitada” abreviada como “Ltda.”.- OBJETO. El objeto o giro de la sociedad será la ejecución por cuenta propia o ajena de las siguientes actividades: a) La inversión mediante la adquisición de bienes muebles, corporales o incorporales incluyendo cualquiera clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y personas jurídicas de todo tipo, y demás bienes incorporales muebles, incluyendo otras modalidades propias de la inversión en capital de riesgo, así como la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones de inversión que los socios acuerden; b) La adquisición de toda clase de bienes raíces, amoblados o no, a cualquier título; arrendamiento, subarrendamiento y la cesión de contratos de arrendamiento de inmuebles, amoblados o no; y la explotación, administración y realización de toda clase de operaciones sobre este tipo de bienes o negocios inmobiliarios en general, incluyendo asesorías, así como, la realización de todos aquellos actos tendientes a obtener el mejor aprovechamiento del producto de las operaciones inmobiliarias que los socios acuerden; c) La construcción de todo tipo de obras civiles, en especial viviendas y todo tipo de construcciones; realizar urbanizaciones, movimientos de tierras, subdivisiones, loteos; compraventa de inmuebles, transformaciones y ampliaciones; trabajos de mantención; construcción, producción, instalación y comercialización de mobiliario para las viviendas y obras civiles, de su construcción o de terceros; y en general, toda actividad directa o indirectamente relacionada con la construcción y que acuerden los socios; d) La instalación, administración, intermediación y arrendamiento de lugares construidos o destinados a estacionamiento de vehículos y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, que complemente o bien, que sea consecuencia de los mismos. e) La asesoría profesional y prestación de servicios en materias inmobiliarias, de administración, marketing y gestión, así como en otras áreas que se le relacionen directa o indirectamente, a personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras; y f) En general, el desarrollo y ejecución de todas las demás actividades que sean necesarias o conducentes a los giros señalados, o que se relacionen directamente con estos. Para la ejecución de este objeto, podrá constituir nuevas sociedades o asociarse a las ya constituidas o unirse temporalmente a otras empresas, pudiendo ejercer los giros antes indicados directamente o por medio de sociedades filiales o coligadas. La sociedad, dentro de su giro, podrá contratar con cualquiera de sus socios o empresas relacionadas. ADMINISTRACIÓN, corresponderá a don RAMON ENRIQUE ANDRADE SILVA y doña MARTA ASCENCION AGUILERA SEGUEL quienes actuarán en forma separada e indistintamente en calidad de administradores estatutarios, con facultades indicadas en escritura extractada. Para todos aquellos actos, contratos u operaciones cuyo monto sea igual o superior a mil unidades de fomento considerando este límite para cada acto, contrato u operación en particular, se requerirá la firma conjunta de los administradores don RAMON ENRIQUE ANDRADE SILVA y doña MARTA ASCENCION AGUILERA SEGUEL, quienes actuarán con las mismas facultades. DOMICILIO.- El domicilio de la sociedad será la comuna de Concepcion, sin perjuicio de las agencias o sucursales que la sociedad acuerde establecer en otros puntos del país o del extranjero.- CAPITAL.- El capital de la sociedad es la suma de cincuenta y ocho millones cuatrocientos setenta y nueve mil pesos, el que se aporta por los socios en la forma que a continuación se indica: Uno) MARTA ASCENCION AGUILERA SEGUEL, aporta la suma de quinientos setenta y nueve mil pesos, que paga en este acto, de contado y en dinero efectivo, suma que ingresa en arcas sociales. Dos) RAMON ENRIQUE ANDRADE SILVA, aporta la suma de cincuenta y siete millones novecientos mil pesos, que paga en este acto del siguiente modo: A.- Con la suma de cuarenta millones de pesos, mediante el aporte en dominio del bien corporal inmueble correspondiente a la propiedad inscrita en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de la comuna de Talcahuano correspondiente al año mil novecientos noventa y dos, a fojas ciento setenta, bajo el número doscientos once, rol número cinco mil seiscientos veintiuno guion veintitrés, de la comuna de Hualpén. B.- Con la suma de nueve millones novecientos mil pesos, mediante el aporte en dominio del bien corporal inmueble correspondiente a Inmueble denominado “Santa Marta Lote Veinte”, inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de la comuna de Bulnes correspondiente al año dos mil veinte, a fojas mil quinientas treinta, bajo el número setecientos cincuenta y tres, el rol número mil ciento cincuenta y siete guion seiscientos treinta y seis de la comuna de Bulnes. C.- Con la suma de ocho millones de pesos, mediante el aporte en dominio del bien corporal inmueble correspondiente a Parcela número cuarenta del resto del lote C, inscrito en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de la comuna de Bulnes correspondiente al año dos mil veinte, a fojas mil quinientas treinta, bajo el número setecientos cincuenta y tres, rol número mil ciento cincuenta y ocho guion seiscientos noventa y cuatro de la comuna de Bulnes. Las partes valoraron de común acuerdo el aporte de los inmuebles, los socios declaran que el capital se encuentra íntegramente pagado. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. DURACION: La sociedad se pacta a partir de la fecha de esta escritura, y tendrá una duración de diez años, a contar desde esta misma fecha, plazo que se renovará tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales si ninguno de los socios manifiesta su voluntad de ponerle término en forma señalada en escritura extractada. Demás estipulaciones constan en escritura que extracto. Se facultó para inscribir y publicar. CONCEPCIÓN, 25 de Junio de 2020.

Atuações recentes

  1. CONSTITUCIÓN

    INMOBILIARIA E INVERSIONES ANDRADE AGUILERA LIMITADA

    CVE 1779113

Relações societárias

EmpresaPessoaDiario Oficial