Sociedade de Responsabilidade Limitada

Inmobiliaria Dappollonio Limitada

CONSTITUCIÓN — 16 de nov. de 2018

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2018-11-16Ver PDF (CVE 1495736)

Informações societárias

Ltda
Cunco, Araucanía
Duração: indefinida
Administração: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía corresponderá a todos los socios de manera conjunta, y la ejercerán por sí mismos o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social.

Objeto social

Desarrollar la actividad inmobiliaria, específicamente: compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción, y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, ya sea por cuenta propia o ajena; adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; compraventa y arrendamiento de vehículos de cualquier clase o tipo; explotación y prestación de servicios agrícolas, explotación de bosques, transportes de todo tipo de carga, pasajeros, y mercancía en general, compraventa de repuestos, lubricantes, venta de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores, comercialización de ganado, comercio al por menor y por mayor de cualquier producto, arriendo de predios agrícolas; explotación, desarrollo, ejecución y prestación de servicios, por cuenta propia o ajena, en actividades relacionadas con la construcción, ingeniería, arquitectura, edificación, remodelación, mantención, loteo y urbanización de todo tipo de inmuebles y cualquiera otra especie de construcción, como así de sus obras complementarias, construcción en obras mayores y menores, extracción excavaciones y movimientos de tierra, compra y venta de áridos, prestación de servicios de maquinaria propia o ajena, arriendo y subarriendo de todo tipo de maquinarias, desarrollo de proyectos inmobiliarios en general; comercialización de madera, ferretería, producción, procesamiento y conservación de alimentos, fabricación de maquinarias de uso especial y taller mecánico; inversión inmobiliaria, compra y venta, arriendos con o sin opción de compra y corretaje de bienes raíces; toda clase de actividades similares y conexas relacionadas con el giro o con los fines sociales que los socios acuerden durante la vigencia de la sociedad

Capital

Capital total

$80.000.000

Capital integralizado

$3.000.000

Capital pendente

$77.000.000

Sócios (4)

NomeParticipação

FLAVIO ENRIQUE D’APPOLLONIO PETTERMAN

Socio

13.xxx.xxx-2

25%

LEONARDO MOISÉS DELGADO D’APPOLLONIO

Socio

16.xxx.xxx-7

25%

MIGUEL ANGEL DELGADO D’APPOLLONIO

Socio

18.xxx.xxx-3

25%

PABLO ANDRÉS DELGADO D’APPOLLONIO

Socio

15.xxx.xxx-k

25%

Administradores (4)

PABLO ANDRÉS DELGADO D’APPOLLONIO

15.xxx.xxx-kAdministrador

MIGUEL ANGEL DELGADO D’APPOLLONIO

18.xxx.xxx-3Administrador

Texto oficial do extrato

Esmirna Vidal Moraga, Abogado, Notario Público Titular de la Agrupacion de comunas de Temuco, Padre Las Casas, Melipeuco, Cunco, Vilcún, y Freire, con oficio en Temuco, calle Antonio Varas Nº 979, Certifico que por escritura pública de fecha 11 de Septiembre de 2018, otorgada ante mi: Don FLAVIO ENRIQUE D’APPOLLONIO PETTERMAN, quien declara ser Chileno, soltero, arquitecto, cédula de identidad número trece millones trescientos treinta y cuatro mil doscientos cinco guión dos, domiciliado en calle Arturo Prat número setecientos diecisiete, departamento ciento once, de la comuna de Temuco; don PABLO ANDRÉS DELGADO D’APPOLLONIO, quien declara ser Chileno, soltero, ingeniero mecánico, cédula de identidad número quince millones trescientos ochenta y ocho mil noventa y tres guión K, domiciliado en camino Monteverde, kilómetro dos, de la comuna de Temuco; don LEONARDO MOISÉS DELGADO D’APPOLLONIO, quien declara ser Chileno, soltero, médico cirujano, cédula de identidad número dieciséis millones setecientos noventa y cinco mil treinta y tres guión siete, domiciliado en calle José Garibaldi número ciento setenta y uno, Capitán Pastene, de la comuna de Lumaco; y, don MIGUEL ANGEL DELGADO D’APPOLLONIO, quien declara ser Chileno, soltero, ingeniero civil metalúrgico, cédula de identidad número dieciocho millones cuatrocientos ochenta y cinco mil ciento veinticinco guión tres, domiciliado en calle Amalia Paz número trescientos cincuenta y ocho, de la comuna de Valparaíso: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: "INMOBILIARIA DAPPOLLONIO LIMITADA", la que podrá actuar y funcionar, inclusive con los bancos, con el nombre de fantasía “INMOBILIARIA DAPPOLLONIO LTDA.”.- OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto desarrollar la actividad inmobiliaria, específicamente: Uno) La compra, venta, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, corretaje u otra forma de explotación, loteo, subdivisión, construcción, y urbanización de bienes raíces urbanos o rurales, ya sea por cuenta propia o ajena; Dos) La adquisición y enajenación de efectos de comercio y valores mobiliarios; Tres) La formación y participación en sociedades, comunidades y asociaciones, cualquiera sea su naturaleza o giro; Cuatro) La compraventa y arrendamiento de vehículos de cualquier clase o tipo; Cinco) La explotación y prestación de servicios agrícolas, explotación de bosques, transportes de todo tipo de carga, pasajeros, y mercancía en general, compraventa de repuestos, lubricantes, venta de partes, piezas y accesorios de vehículos automotores, comercialización de ganado, comercio al por menor y por mayor de cualquier producto, arriendo de predios agrícolas; Seis) La explotación, desarrollo, ejecución y prestación de servicios, por cuenta propia o ajena, en las actividades relacionadas con la construcción, ingeniería, arquitectura, edificación, remodelación, mantención, loteo y urbanización de todo tipo de inmuebles y cualquiera otra especie de construcción, como así de sus obras complementarias, construcción en obras mayores y menores, extracción excavaciones y movimientos de tierra, compra y venta de áridos, prestación de servicios de maquinaria propia o ajena, arriendo y subarriendo de todo tipo de maquinarias, desarrollo de proyectos inmobiliarios en general; Siete) La comercialización de madera, ferretería, producción, procesamiento y conservación de alimentos, fabricación de maquinarias de uso especial y taller mecánico; Ocho) Inversión inmobiliaria, compra y venta, arriendos con o sin opción de compra y corretaje de bienes raíces; Nueve) Toda clase de actividades similares y conexas relacionadas con el giro o con los fines sociales que los socios acuerden durante la vigencia de la sociedad.- ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD: La administración, representación y uso de la razón social y del nombre de fantasía, corresponderá a todos los socios de manera conjunta, y la ejercerán por sí mismos o por intermedio de apoderados o delegados designados especialmente al efecto por medio de escritura pública que se anotará al margen de la inscripción social. Los socios, ya sea por sí o por medio de los apoderados que designen al efecto de conformidad con la presente cláusula, tendrán las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejercer la representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, en todos los asuntos, negocios, operaciones, gestiones, actuaciones, juicios, actos, contratos, etcétera que digan relación con su objeto social o sean necesarios o conducentes a sus fines, no siendo necesario acreditar frente a terceros si ellos corresponden o no al giro social. LIMITACIÓN A LOS ADMINISTRADORES: No obstante lo anterior, se deja como única limitación, que los inmuebles que ingresen al patrimonio social, para su enajenación, se deberá contar con la autorización de todos los socios. Entiéndase por enajenación, para estos efectos, la venta, permuta, aporte o donación de los inmuebles que forman parte del capital social.- CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad será la suma de OCHENTA MILLONES DE PESOS, que los socios se obligan a aportar en este acto de la siguiente manera: Uno) Don FLAVIO ENRIQUE D’APPOLLONIO PETTERMAN, se obliga a enterar un predio, aportando el dominio pleno y absoluto del inmueble, consistente en la parcela número seis del Proyecto de Parcelación El Maitén, comuna de Cunco, de este departamento, de una superficie de cuarenta y una hectáreas, y que deslinda en especial: NORTE: rol trescientos veintisiete guión dos, parcela número cinco, parte parcela ocho; ORIENTE: parcela número cinco parte parcela ocho, parcela número siete; SUR: parcela número siete, rol trescientos veintisiete guión dieciséis; PONIENTE: rol trescientos veintisiete guión dieciséis, trescientos veintisiete guión dos. El título de dominio rola inscrito a fojas cuatro mil seiscientos noventa y siete, número cuatro mil seiscientos cincuenta y dos, del Registro de propiedad del Segundo Conservador de Bienes Raíces de Temuco, correspondiente al año dos mil nueve. Rol de Avalúo del Servicio de Impuestos Internos número trescientos veintisiete guión ochenta, de la comuna de Cunco. Los socios de común acuerdo, avalúan este aporte en la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS, equivalentes al VEINTICINCO POR CIENTO del capital social; Dos) Don LEONARDO MOISÉS DELGADO D’APPOLLONIO, se obliga a enterar la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS, equivalentes al VEINTICINCO POR CIENTO del capital social, que enterará y pagará a la caja social, de la siguiente forma: a) La suma de UN MILLÓN DE PESOS, en este acto, al contado y en dinero efectivo; b) La suma de DIECINUEVE MILLONES DE PESOS, se obliga a enterarlo dentro de los siguientes 3 años, a la fecha de la firma de la presente escritura; Tres) MIGUEL ANGEL DELGADO D’APPOLLONIO, se obliga a enterar la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS, equivalentes al VEINTICINCO POR CIENTO del capital social, que enterará y pagará a la caja social, de la siguiente forma: a) La suma de UN MILLÓN DE PESOS, en este acto, al contado y en dinero efectivo; b) La suma de DIECINUEVE MILLONES DE PESOS, se obliga a enterarlo dentro de los siguientes 3 años, a la fecha de la firma de la presente escritura; y Cuatro) PABLO ANDRÉS DELGADO D’APPOLLONIO, se obliga a enterar la suma de VEINTE MILLONES DE PESOS, equivalentes al VEINTICINCO POR CIENTO del capital social, que enterará y pagará a la caja social, de la siguiente forma: a) La suma de UN MILLÓN DE PESOS, en este acto, al contado y en dinero efectivo; b) La suma de DIECINUEVE MILLONES DE PESOS, se obliga a enterarlo dentro de los siguientes 3 años, a la fecha de la firma de la presente escritura.- RESPONSABILIDAD DE LOS SOCIOS: Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes.- DURACIÓN DE LA SOCIEDAD: La sociedad empezará a regir desde la fecha del presente contrato y tendrá una duración indefinida, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de poner término a la Sociedad, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la Sociedad.- DOMICILIO SOCIAL: La sociedad tendrá su domicilio en la Parcela número seis, sector El Maitén, faja número veinticuatro mil, de la comuna de Cunco, Región de la Araucanía, sin perjuicio de las agencias, sucursales, representaciones o establecimientos que pueda instalar y de las actividades que pueda desarrollar en cualquier otro lugar del país o del extranjero.- Se faculta al portador de copia autorizada para practicar las inscripciones y subscripciones que sean necesarias. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Temuco, 13 de Noviembre del 2018.-

Atuações recentes

  1. CONSTITUCIÓN

    INMOBILIARIA DAPPOLLONIO LIMITADA

    CVE 1495736

Relações societárias

EmpresaPessoaDiario Oficial