Importadora Flores Y Altamirano Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
la importación y exportación de productos alimenticios; la compra, venta y distribución de productos alimenticios, de bebidas alcohólicas y analcohólicas y otros productos afines, ya sea de empaquetado o de conservación o que complementen la actividad económica desarrollada; el transporte de mercaderías y de pasajeros; el bodegaje; el de compra, venta y arrendamiento de inmuebles; y la explotación de establecimientos de restaurantes, bares y sangucherías. La sociedad podrá gestionar y suscribir contratos de cualquier naturaleza para sí o para otras personas naturales o jurídicas, y, en general, realizar todo acto de comercio lícito relacionado a su objeto social, en el país o extranjero, necesarios o convenientes para la más amplia y eficaz consecución de los fines sociales; así como todo acto, contrato, adquisición e implementación que sean afines, conexos o relacionados, en la actualidad o en el futuro, con el objeto social
Capital
Capital total
$50.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 22.xxx.xxx-7 | 22.xxx.xxx-7 | 60% | $30.000.000 |
MILAGROS DEL ROCÍO ALTAMIRANO ACUÑA Socio 22.xxx.xxx-6 | 22.xxx.xxx-6 | 40% | $20.000.000 |
Administradores (2)
MILAGROS DEL ROCÍO ALTAMIRANO ACUÑA
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior JUAN ESPINOSA BANCALARI, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Concepción, con oficio en calle O`Higgins Nº528, ciudad de Concepción, Región del Biobío, certifica: Por escritura pública de fecha 02 de marzo de 2026, Rep.770, ante mí don MOISÉS FLORES CABALLERO, cédula de identidad para extranjeros número veintidós millones novecientos treinta y cinco mil quinientos sesenta y dos guion siete y doña MILAGROS DEL ROCÍO ALTAMIRANO ACUÑA, cédula de identidad para extranjeros número veintidós millones diecisiete mil cuarenta y cuatro guion seis, ambos domiciliados en la ciudad de San Pedro de la Paz, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “IMPORTADORA FLORES Y ALTAMIRANO LIMITADA”, pudiendo abreviarse la palabra “LIMITADA” por “LTDA.”, pudiendo actuar válidamente ante terceros con el nombre de fantasía “IMPORTADORA SABORES DEL PERÚ”, con domicilio en la ciudad de San Pedro de la Paz, sin perjuicio de las sucursales, agencias, representaciones u oficinas que en un futuro puedan constituirse en otros puntos del país, como también en el extranjero. Objeto social de la sociedad de responsabilidad limitada será la importación y exportación de productos alimenticios; la compra, venta y distribución de productos alimenticios, de bebidas alcohólicas y analcohólicas y otros productos afines, ya sea de empaquetado o de conservación o que complementen la actividad económica desarrollada; el transporte de mercaderías y de pasajeros; el bodegaje; el de compra, venta y arrendamiento de inmuebles; y la explotación de establecimientos de restaurantes, bares y sangucherías. La sociedad podrá gestionar y suscribir contratos de cualquier naturaleza para sí o para otras personas naturales o jurídicas, y, en general, realizar todo acto de comercio lícito relacionado a su objeto social, en el país o extranjero, necesarios o convenientes para la más amplia y eficaz consecución de los fines sociales; así como todo acto, contrato, adquisición e implementación que sean afines, conexos o relacionados, en la actualidad o en el futuro, con el objeto social. Administración y representación legal corresponde a los socios MOISÉS FLORES CABALLERO y MILAGROS DEL ROCÍO ALTAMIRANO ACUÑA quienes podrán actuar de manera conjunta o indistintamente, en nombre y representación de la sociedad. Capital social corresponde a la suma de $50.000.000.- y que los socios aportan de la forma siguiente, socio Moisés Flores Caballero aporta la suma de $30.000.000.- y socia Milagros del Rocío Altamirano Acuña aporta la suma de $20.000.000.- Duración de la sociedad será de cinco años, renovables sucesiva y automáticamente por igual periodo. Responsabilidad, los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 18 de marzo de 2026.
Informações societárias
Objeto social
La importación y exportación de productos alimenticios; la compra, venta y distribución de productos alimenticios, de bebidas alcohólicas y analcohólicas y otros productos afines, ya sea de empaquetado o de conservación o que complementen la actividad económica desarrollada; el transporte de mercaderías y de pasajeros; el bodegaje; el de compra, venta y arrendamiento de inmuebles; y la explotación de establecimientos de restaurantes, bares y sangucherías. La sociedad podrá gestionar y suscribir contratos de cualquier naturaleza para sí o para otras personas naturales o jurídicas, y, en general, realizar todo acto de comercio lícito relacionado a su objeto social, en el país o extranjero, necesarios o convenientes para la más amplia y eficaz consecución de los fines sociales; así como todo acto, contrato, adquisición e implementación que sean afines, conexos o relacionados, en la actualidad o en el futuro, con el objeto social.
Capital
Capital total
$50.000.000
Capital integralizado
$50.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 22.xxx.xxx-7 | 22.xxx.xxx-7 | 60% | $30.000.000 |
MILAGROS DEL ROCÍO ALTAMIRANO ACUÑA Socio 22.xxx.xxx-6 | 22.xxx.xxx-6 | 40% | $20.000.000 |
Administradores (2)
MILAGROS DEL ROCÍO ALTAMIRANO ACUÑA
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior JUAN ESPINOSA BANCALARI, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Concepción, con oficio en calle O`Higgins Nº528, ciudad de Concepción, Región del Biobío, certifica: Por escritura pública de fecha febrero 02 de marzo de 2026, Rep.770, ante mí don MOISÉS FLORES CABALLERO, cédula de identidad para extranjeros número veintidós millones novecientos treinta y cinco mil quinientos sesenta y dos guion siete y doña MILAGROS DEL ROCÍO ALTAMIRANO ACUÑA, cédula de identidad para extranjeros número veintidós millones diecisiete mil cuarenta y cuatro guion seis, ambos domiciliados en la ciudad de San Pedro de la Paz, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “IMPORTADORA FLORES Y ALTAMIRANO LIMITADA”, pudiendo abreviarse la palabra “LIMITADA” por “LTDA.”, pudiendo actuar válidamente ante terceros con el nombre de fantasía “IMPORTADORA SABORES DEL PERÚ”, con domicilio en la ciudad de San Pedro de la Paz, sin perjuicio de las sucursales, agencias, representaciones u oficinas que en un futuro puedan constituirse en otros puntos del país, como también en el extranjero. Objeto social de la sociedad de responsabilidad limitada será la importación y exportación de productos alimenticios; la compra, venta y distribución de productos alimenticios, de bebidas alcohólicas y analcohólicas y otros productos afines, ya sea de empaquetado o de conservación o que complementen la actividad económica desarrollada; el transporte de mercaderías y de pasajeros; el bodegaje; el de compra, venta y arrendamiento de inmuebles; y la explotación de establecimientos de restaurantes, bares y sangucherías. La sociedad podrá gestionar y suscribir contratos de cualquier naturaleza para sí o para otras personas naturales o jurídicas, y, en general, realizar todo acto de comercio lícito relacionado a su objeto social, en el país o extranjero, necesarios o convenientes para la más amplia y eficaz consecución de los fines sociales; así como todo acto, contrato, adquisición e implementación que sean afines, conexos o relacionados, en la actualidad o en el futuro, con el objeto social. Administración y representación legal corresponde a los socios MOISÉS FLORES CABALLERO y MILAGROS DEL ROCÍO ALTAMIRANO ACUÑA quienes podrán actuar de manera conjunta o indistintamente, en nombre y representación de la sociedad. Capital social corresponde a la suma de $50.000.000.- y que los socios aportan de la forma siguiente, socio Moisés Flores Caballero aporta la suma de $30.000.000.- y socia Milagros del Rocío Altamirano Acuña aporta la suma de $20.000.000.- Duración de la sociedad será de cinco años, renovables sucesiva y automáticamente por igual periodo. Responsabilidad, los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 10 de marzo de 2026.
Informações societárias
Objeto social
La importación y exportación de productos alimenticios; la compra, venta y distribución de productos alimenticios, de bebidas alcohólicas y analcohólicas y otros productos afines, ya sea de empaquetado o de conservación o que complementen la actividad económica desarrollada; el transporte de mercaderías y de pasajeros; el bodegaje; el de compra, venta y arrendamiento de inmuebles; y la explotación de establecimientos de restaurantes, bares y sangucherías. La sociedad podrá gestionar y suscribir contratos de cualquier naturaleza para sí o para otras personas naturales o jurídicas, y, en general, realizar todo acto de comercio lícito relacionado a su objeto social, en el país o extranjero, necesarios o convenientes para la más amplia y eficaz consecución de los fines sociales; así como todo acto, contrato, adquisición e implementación que sean afines, conexos o relacionados, en la actualidad o en el futuro, con el objeto social.
Capital
Capital total
$50.000.000
Capital integralizado
$50.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 22.xxx.xxx-7 | 22.xxx.xxx-7 | 60% | $30.000.000 |
MILAGROS DEL ROCÍO ALTAMIRANO ACUÑA Socio 22.xxx.xxx-6 | 22.xxx.xxx-6 | 40% | $20.000.000 |
Administradores (2)
MILAGROS DEL ROCÍO ALTAMIRANO ACUÑA
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior JUAN ESPINOSA BANCALARI, Abogado, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Concepción, con oficio en calle O`Higgins Nº528, ciudad de Concepción, Región del Biobío, certifica: Por escritura pública de fecha febrero 02 de marzo de 2026, Rep.770, ante mí don MOISÉS FLORES CABALLERO, cédula de identidad para extranjeros número veintidós millones novecientos treinta y cinco mil quinientos sesenta y dos guion siete y doña MILAGROS DEL ROCÍO ALTAMIRANO ACUÑA, cédula de identidad para extranjeros número veintidós millones diecisiete mil cuarenta y cuatro guion seis, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón social: “IMPORTADORA FLORES Y ALTAMIRANO LIMITADA”, pudiendo abreviarse la palabra “LIMITADA” por “LTDA.”, pudiendo actuar válidamente ante terceros con el nombre de fantasía “IMPORTADORA SABORES DEL PERÚ”, con domicilio en la ciudad de San Pedro de la Paz, sin perjuicio de las sucursales, agencias, representaciones u oficinas que en un futuro puedan constituirse en otros puntos del país, como también en el extranjero. Objeto social de la sociedad de responsabilidad limitada será la importación y exportación de productos alimenticios; la compra, venta y distribución de productos alimenticios, de bebidas alcohólicas y analcohólicas y otros productos afines, ya sea de empaquetado o de conservación o que complementen la actividad económica desarrollada; el transporte de mercaderías y de pasajeros; el bodegaje; el de compra, venta y arrendamiento de inmuebles; y la explotación de establecimientos de restaurantes, bares y sangucherías. La sociedad podrá gestionar y suscribir contratos de cualquier naturaleza para sí o para otras personas naturales o jurídicas, y, en general, realizar todo acto de comercio lícito relacionado a su objeto social, en el país o extranjero, necesarios o convenientes para la más amplia y eficaz consecución de los fines sociales; así como todo acto, contrato, adquisición e implementación que sean afines, conexos o relacionados, en la actualidad o en el futuro, con el objeto social. Administración y representación legal corresponde a los socios MOISÉS FLORES CABALLERO y MILAGROS DEL ROCÍO ALTAMIRANO ACUÑA quienes podrán actuar de manera conjunta o indistintamente, en nombre y representación de la sociedad. Capital social corresponde a la suma de $50.000.000.- y que los socios aportan de la forma siguiente, socio Moisés Flores Caballero aporta la suma de $30.000.000.- y socia Milagros del Rocío Altamirano Acuña aporta la suma de $20.000.000.- Duración de la sociedad será de cinco años, renovables sucesiva y automáticamente por igual periodo. Responsabilidad, los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones escritura extractada. Concepción, 03 de marzo de 2026.
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