Sociedade por Ações

Humboldt Hidrógeno Verde SpA

CONSTITUCIÓN — 17 de dez. de 2020

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-12-17Ver PDF (CVE 1866382)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Capital

Capital total

$1.000.000

Sócios (5)

NomeParticipação

JORGE MONSALVE MANRÍQUEZ

Accionista

11.xxx.xxx-1

-

Marcelo Andrés Mena Carrasco

Accionista

-

Gustavo Rodrigo Salinas Hernandez

Accionista

-

Gastón Eduardo Cáceres Videla

Accionista

-

Mauricio Alfonso Díaz Suárez

Accionista

-

Representação legal (1)

Texto oficial do extrato

Juan Ricardo San Martín Urrejola, Abogado, Notario Público, Titular 43ª Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica: Por escritura de hoy ante mí, JORGE MONSALVE MANRÍQUEZ, chileno, casado y separado de bienes, abogado, cédula de identidad N°11.844.467-1, domiciliado Enrique Barrenechea 4701, comuna Las Condes, Región Metropolitana, en representación de la sociedad “Four Trees Merchant Partners Chile SpA”, Marcelo Andrés Mena Carrasco, Gustavo Rodrigo Salinas Hernandez; Gastón Eduardo Cáceres Videla y don Mauricio Alfonso Díaz Suárez, viene en rectificar y aclarar escritura de publica de constitución de sociedad por acciones “Humboldt Hidrógeno Verde SpA", otorgada ante Notario Público don Juan Ricardo San Martín Urrejola, inscrita fojas 82.095, número 39.409, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2020, y publicada en el Diario Oficial de fecha 7 de diciembre del mismo año. Mediante escritura extractada se rectifica y aclara guarismo utilizado para indicar el capital de la sociedad, el cual es de $1.000.000 (un millón de pesos). Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 11 de Diciembre de 2020. Juan Ricardo San Martín Urrejola Notario Público Titular 43ª. Notaría Santiago”.

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-12-07Ver PDF (CVE 1861337)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duração: Indefinida
Administração: La administración, representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y el uso de la razón social les corresponderá a los comparecientes a don Nicolás Errázuriz Recart y/o don Juan Pablo Rojas Zalazar y a don Mauricio Díaz Suarez, en adelante los "Administradores". Para ejercer la administración, representación, y uso de la razón social ya indicada, siempre deberán actuar, de manera conjunta, don Nicolás Errázuriz Recart o don Juan Pablo Rojas Zalazar, con don Mauricio Díaz Suarez.

Objeto social

La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile desarrollar las siguientes actividades: a) la inversión, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes corporales o incorporales, inmuebles o muebles, tanto en Chile como en el extranjero, incluyendo, pero no limitado a, acciones, derechos sociales, bonos, debentures, efectos de comercio, bienes raíces, y, en general, cualquier otro valor de inversión de cualquier naturaleza, y la administración de estas inversiones y sus frutos; b) estudiar, evaluar, construir, desarrollar, operar, explotar y mantener proyectos de generación, transporte, transformación y/o almacenamiento de energía eléctrica y derivados; c) la generación, transporte, transformación, almacenamiento, distribución, suministro y venta de energía eléctrica y gases industriales; d) comercializar la potencia y energía, incluido el atributo de energía renovable no convencional, de las instalaciones propias o de terceros, comercializar la capacidad de transporte de líneas y la capacidad de transformación de las subestaciones y equipos asociados, comercializar el transporte, compresión, transformación y almacenamiento de las instalaciones propias o de terceros; e) obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar, adquirir, gozar y en general explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos; f) constituir sociedades de cualquier naturaleza cuyos objetos estén relacionados o vinculados con el estudio, generación, producción, compraventa, comercialización, distribución de energía en cualquiera de sus formas o al suministro de servicios o empresas que tengan como insumo principal la energía; g) la explotación, directamente o por terceros, en cualquier forma, de toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales; y h) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores

Capital

Capital total

$1.00.000

Capital integralizado

$1.00.000

Capital pendente

$0

Administradores (3)

Texto oficial do extrato

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Titular de la 43ª Notaría de Santiago, de don Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica: Por escritura pública de fecha 02 diciembre de 2020, Repertorio 33295-2020, ante mí, La sociedad “Four Trees Merchant Partners Chile SpA”, Marcelo Andrés Mena Carrasco, Gustavo Rodrigo Salinas Hernandez; Gastón Eduardo Cáceres Videla y don Mauricio Alfonso Díaz Suárez constituyeron una sociedad por acciones. Razón social: “HUMBOLDT HIDRÓGENO VERDE SpA". Objeto: La Sociedad tiene por objeto, directamente o por intermedio de terceros, individualmente o en conjunto con otros, dentro del territorio de la República de Chile desarrollar las siguientes actividades: a) la inversión, por cuenta propia o ajena, en toda clase de bienes corporales o incorporales, inmuebles o muebles, tanto en Chile como en el extranjero, incluyendo, pero no limitado a, acciones, derechos sociales, bonos, debentures, efectos de comercio, bienes raíces, y, en general, cualquier otro valor de inversión de cualquier naturaleza, y la administración de estas inversiones y sus frutos; b) estudiar, evaluar, construir, desarrollar, operar, explotar y mantener proyectos de generación, transporte, transformación y/o almacenamiento de energía eléctrica y derivados; c) la generación, transporte, transformación, almacenamiento, distribución, suministro y venta de energía eléctrica y gases industriales; d) comercializar la potencia y energía, incluido el atributo de energía renovable no convencional, de las instalaciones propias o de terceros, comercializar la capacidad de transporte de líneas y la capacidad de transformación de las subestaciones y equipos asociados, comercializar el transporte, compresión, transformación y almacenamiento de las instalaciones propias o de terceros; e) obtener, transferir, comprar, arrendar, gravar, adquirir, gozar y en general explotar en cualquier forma las concesiones a que se refiere la Ley General de Servicios Eléctricos; f) constituir sociedades de cualquier naturaleza cuyos objetos estén relacionados o vinculados con el estudio, generación, producción, compraventa, comercialización, distribución de energía en cualquiera de sus formas o al suministro de servicios o empresas que tengan como insumo principal la energía; g) la explotación, directamente o por terceros, en cualquier forma, de toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales; y h) en general, realizar cualesquiera otras actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación con el giro de la Sociedad y la realización de todos los actos o contratos necesarios para los fines anteriores Capital: $1.00.000 íntegramente suscrito y pagado. Duración: Indefinida. Administración: La administración, representación judicial y extrajudicial de la Sociedad, y el uso de la razón social les corresponderá a los comparecientes a don Nicolás Errázuriz Recart y/o don Juan Pablo Rojas Zalazar y a don Mauricio Díaz Suarez, en adelante los "Administradores". Para ejercer la administración, representación, y uso de la razón social ya indicada, siempre deberán actuar, de manera conjunta, don Nicolás Errázuriz Recart o don Juan Pablo Rojas Zalazar, con don Mauricio Díaz Suarez. Domicilio. El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones instrumento extractado. Santiago, 03 diciembre 2020.

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