Empresa Individual de Responsabilidade Limitada

Hugo Rosamel Tamarin Quijon Contructora E.I.R.L..

CONSTITUCIÓN — 7 de jun. de 2017

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2017-06-07Ver PDF (CVE 1224535)

Informações societárias

E.I.R.L.
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 5 años
Administração: Corresponderá a su titular, quien la representa judicial y extrajudicialmente.

Objeto social

La ejecución, administración y asesoría de obras de ingeniería, civiles, infraestructura vial, urbanización y construcción en general, por cuenta propia o ajena; Compraventa y movimiento de tierra áridos y/o ripio; La comercialización de toda clase de bienes muebles, tales como maquinaria y vehículos en general, sus accesorios, repuestos, lubricantes y productos análogos; La contratación y colocación del personal para terceros; y todas aquellas actividades que diga relación de cualquiera manera ahora y en el futuro con todo lo antes especificado.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital integralizado

$3.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (1)

NomeParticipação

HUGO ROSAMEL TAMARIN QUIJON

Titular

11.xxx.xxx-0

100%

Administradores (1)

HUGO ROSAMEL TAMARIN QUIJON

11.xxx.xxx-0Titular

Texto oficial do extrato

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Notario Público Titular, 42° Notaria Santiago, Agustinas N° 1070, segundo piso, Santiago, certifico, por escritura pública, hoy ante mí, don, HUGO ROSAMEL TAMARIN QUIJON, chileno, casado con separación de bienes, comerciante, de 46 años de edad, cédula nacional de identidad número once millones setecientos noventa y ocho mil ochocientos doce guión cero, domiciliado en Avecina N°661, Villa San Juan, comuna de Maipú, constituyó Empresa Individual de Responsabilidad Limitada: NOMBRE DE LA EMPRESA: “HUGO ROSAMEL TAMARIN QUIJON CONTRUCTORA E.I.R.L.” pudiendo actuar ante todo tipo de instituciones, ya sean públicas o privadas, cualquiera sea su naturaleza o denominación, incluso ante instituciones bancarias con el nombre de fantasía “CONSTRUCTORA TAMARIN E.I.R.L.”.- OBJETO O GIRO DE LA EMPRESA: El objeto o giro de la Empresa será: A) La ejecución, administración y asesoría de obras de ingeniería, civiles, infraestructura vial, urbanización y construcción en general, por cuenta propia o ajena; B) Compraventa y movimiento de tierra áridos y/o ripio; C) La comercialización de toda clase de bienes muebles, tales como maquinaria y vehículos en general, sus accesorios, repuestos, lubricantes y productos análogos; D) La contratación y colocación del personal para terceros; y todas aquellas actividades que diga relación de cualquiera manera ahora y en el futuro con todo lo antes especificado.- CAPITAL QUE SE TRANSFIERE A LA EMPRESA: $3.000.000, que el constituyente don HUGO ROSAMEL TAMARIN QUIJON, entera en este acto, en dinero en efectivo.- DOMICILIO DE LA EMPRESA: El domicilio de la Empresa será la comuna y ciudad de Santiago, Región del Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales o agencias que pueda abrir en ésta u otras ciudades del país o del extranjero.- PLAZO DE DURACION DE LA EMPRESA: La Empresa tendrá duración de 5 años, este plazo se prorrogará tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, salvo que el constituyente manifieste su voluntad de poner término a la empresa, mediante escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción de la empresa.- ADMINISTRACION DE LA EMPRESA: corresponderá a su titular don HUGO ROSAMEL TAMARIN QUIJON, quien la representa judicial y extrajudicialmente, con las facultades señaladas en la escritura de constitución, para el cumplimiento del objeto social.- DISTRIBUCION DE UTILIDADES: Las utilidades líquidas de la Empresa pertenecerán al patrimonio del titular separado del patrimonio de la Empresa, una vez que se hubieren retirado y no habrá acción contra ellas por las obligaciones de la Empresa.- RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA Y DE SU TITULAR: La Empresa responde exclusivamente por las obligaciones contraídas dentro de su giro, con todos sus bienes. El titular de la Empresa, responderá con su patrimonio sólo del pago efectivo del aporte que se hubiere comprometido a realizar en conformidad al acto constitutivo y sus modificaciones.- MUERTE DEL TITULAR: Caso muerte del titular de la Empresa, ésta podrá continuar por el plazo de 1 año, asumiendo la administración un gerente común designado por sus herederos, para él solo efecto de continuar el giro de la Empresa, al cabo del cual terminará la responsabilidad limitada.- Demás estipulaciones escritura que extracto.- Santiago, 01 de Junio de 2017.

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