Grant Thornton Consultoría y Servicios Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La prestación de servicios a personas naturales y jurídicas, nacional y extranjeras, incluyendo servicios de consultoría y asesoría en general, revisiones de cuentas, servicios de contabilidad en general, servicios de auditoría, servicios de asesoría tributaria, servicios de finanzas corporativas, servicios de consultoría en riesgo, asesoría y servicios en valoración de empresas y activos, fusiones y adquisiciones, due diligence, el control de proyectos, asesoría legal y representación de personas naturales o jurídicas, pudiendo aceptar todo tipo de mandatos civiles o comerciales, peritajes, servicios de capacitación, servicios tecnológicos, así como toda otra actividad de asesoría técnica o profesional relacionada o no con dicho giro principal; b) La elaboración, desarrollo, explotación, licenciamiento, compra, venta, arrendamiento, distribución, instalación, reparación, asistencia técnica en cualquier forma y a cualquier título de softwares de asistencia profesional, económica, contable, administración y pago de nómina, tributaria y legal, la asesoría y consultoría en el desarrollo de negocios en relación con el área informática y de la computación; c) El procesamiento de datos; d) La prestación de servicios de asesoría y consultoría empresarial tendientes a la promoción, organización, crecimiento, mejoramiento y desarrollo de las empresas que lo requieran, y la realización de estudios, análisis y evaluaciones que permitan desarrollar programas de mejoramiento de procesos y de calidad total; y, e) En general cualesquiera otra actividad que acuerden sus socios.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital integralizado
$1.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (13)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 23% | $230.000 |
Socio | - | 4% | $40.000 |
CRISTIÁN GONZALO BASTIÁN ESCOBAR Socio | - | 13% | $130.000 |
Socio | - | 13% | $130.000 |
LUIS HUMBERTO VELÁSQUEZ MOLINA Socio | - | 4% | $40.000 |
TERESA DE JESÚS OLIVA SANTIBÁÑEZ Socio | - | 6% | $60.000 |
Socio | - | 15% | $150.000 |
Socio | - | 3% | $30.000 |
Socio | - | 1% | $10.000 |
Socio | - | 6% | $60.000 |
Socio | - | 3% | $30.000 |
Socio | - | 6% | $60.000 |
Socio | - | 3% | $30.000 |
Administradores (1)
Texto oficial do extrato
Andrés Carlos Zavala Courriol, Notario Público Interino de la Notaría N° 29 de Santiago, calle Mac-Iver N° 225, oficina 302, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 5 de diciembre de 2022, con el repertorio 5.188-2022, ante mí, comparecieron CARLOS HERNÁN MUÑOZ SARAVIA, MIGUEL ÁNGEL BOZO LABARCA, CRISTIÁN GONZALO BASTIÁN ESCOBAR, ALEJANDRO LUIS CERDA GALLARDO, LUIS HUMBERTO VELÁSQUEZ MOLINA, TERESA DE JESÚS OLIVA SANTIBÁÑEZ, NICOLÁS JESÚS ALEGRÍA OJEDA, JOSÉ ANTONIO TAPIA ALUCEMA, OLIVER SAN JUAN REYDET, JUAN CARLOS CABROL BAGNARA, JAVIER ALEJANDRO VELOSO RÍOS, RAFAEL ALEJANDRO MALLA OSORIO y EUGENIO JESÚS POBLETE MONTOYA, todos domiciliados para estos efectos en Avenida Presidente Riesco N° 5.335, oficina 603, Las Condes, Santiago, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada al monto de sus aportes, de cuyos estatutos extracto lo siguiente: Razón social: Grant Thornton Consultoría y Servicios Limitada. Administración: La administración, representación y el uso de la razón social corresponderá a CARLOS HERNÁN MUÑOZ SARAVIA, quien será su Administrador, y la representará judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto social, el cual, anteponiendo su firma a la razón social, podrá representar a la Sociedad con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes, sin que sea necesario otorgarle poder especial alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan esta circunstancia. Capital: El capital social será la suma de un millón de pesos, cantidad que los socios enteran de la siguiente forma: a) CARLOS HERNÁN MUÑOZ SARAVIA aporta la cantidad de doscientos treinta mil pesos, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, y que corresponde al veintitrés por ciento del capital social; b) MIGUEL ÁNGEL BOZO LABARCA aporta la cantidad de cuarenta mil pesos, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al cuatro por ciento del capital social; c) CRISTIÁN GONZALO BASTIÁN ESCOBAR aporta la cantidad de ciento treinta mil pesos, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al trece por ciento del capital social; d) ALEJANDRO LUIS CERDA GALLARDO aporta la cantidad de ciento treinta mil pesos, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al trece por ciento del capital social; e) LUIS HUMBERTO VELÁSQUEZ MOLINA aporta la cantidad de cuarenta mil pesos, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al cuatro por ciento del capital social; f) TERESA DE JESÚS OLIVA SANTIBÁÑEZ aporta la cantidad de sesenta mil pesos, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al seis por ciento del capital social; g) NICOLÁS JESÚS ALEGRÍA OJEDA aporta la cantidad de ciento cincuenta mil pesos, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al quince por ciento del capital social; h) JOSÉ ANTONIO TAPIA ALUCEMA aporta la cantidad de treinta mil pesos, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al tres por ciento del capital social; i) OLIVER SAN JUAN REYDET aporta la cantidad de diez mil pesos, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al uno por ciento del capital social; j) JUAN CARLOS CABROL BAGNARA aporta la cantidad de sesenta mil pesos, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al seis por ciento del capital social; k) JAVIER ALEJANDRO VELOSO RÍOS aporta la cantidad de treinta mil pesos, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al tres por ciento del capital social; l) RAFAEL ALEJANDRO MALLA OSORIO aporta la cantidad de sesenta mil pesos, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al seis por ciento del capital social; y, m) EUGENIO JESÚS POBLETE MONTOYA aporta la cantidad de treinta mil pesos, enterada al contado y en dinero efectivo en las arcas sociales, que corresponde al tres por ciento del capital social. Objeto: La Sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios a personas naturales y jurídicas, nacional y extranjeras, incluyendo servicios de consultoría y asesoría en general, revisiones de cuentas, servicios de contabilidad en general, servicios de auditoría, servicios de asesoría tributaria, servicios de finanzas corporativas, servicios de consultoría en riesgo, asesoría y servicios en valoración de empresas y activos, fusiones y adquisiciones, due diligence, el control de proyectos, asesoría legal y representación de personas naturales o jurídicas, pudiendo aceptar todo tipo de mandatos civiles o comerciales, peritajes, servicios de capacitación, servicios tecnológicos, así como toda otra actividad de asesoría técnica o profesional relacionada o no con dicho giro principal; b) La elaboración, desarrollo, explotación, licenciamiento, compra, venta, arrendamiento, distribución, instalación, reparación, asistencia técnica en cualquier forma y a cualquier título de softwares de asistencia profesional, económica, contable, administración y pago de nómina, tributaria y legal, la asesoría y consultoría en el desarrollo de negocios en relación con el área informática y de la computación; c) El procesamiento de datos; d) La prestación de servicios de asesoría y consultoría empresarial tendientes a la promoción, organización, crecimiento, mejoramiento y desarrollo de las empresas que lo requieran, y la realización de estudios, análisis y evaluaciones que permitan desarrollar programas de mejoramiento de procesos y de calidad total; y, e) En general cualesquiera otra actividad que acuerden sus socios. Duración: La duración de la Sociedad será de cincuenta años a contar de la fecha de su constitución. No obstante lo anterior, se entenderá prorrogada automática y tácitamente por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, salvo si alguno de los socios manifestare su voluntad de poner término a la Sociedad a la fecha de vencimiento de su duración original o de cualquiera de sus prórrogas, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social en el Registro Comercio del Conservador de Bienes Raíces respectivo, con una anticipación no menor a los seis meses, a lo menos, de la fecha de vencimiento vigente en ese momento. Demás estipulaciones en escritura extractada, incluyendo, la facultad del portador de requerir inscripción y publicación. Santiago, 13 de diciembre de 2022.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
Grant Thornton Consultoría y Servicios Limitada
CVE 2236123
