Sociedade de Responsabilidade Limitada

Geosurvey Sur Limitada

CONSTITUCIÓN — 2 de dez. de 2020

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-12-02Ver PDF (CVE 1858025)

Informações societárias

Ltda
Temuco, Araucanía
Duração: indefinida
Administração: conjunta o separadamente por don CRISTIAN JAVIER PÉREZ BARRA y don JESUALDO ÁNGEL PEREZ TORO, con las facultades indicadas en pacto social

Objeto social

El giro de la sociedad será servicios y asesorías topográficas, saneamientos de títulos de dominio, compra, venta, arriendo de equipos topográficos, la prestación de servicios en materia de construcción de todo tipo de obras civiles y edificaciones, constitución de pertenencias mineras, constitución de concesiones marítimas y de agua dulce, la prestación de servicios jurídicos, judiciales o extrajudiciales y toda clase de asesorías jurídicas y todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado.- Todo lo anterior, sea en el ámbito privado y/o público, por cuenta propia y ajena, a organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros; catastro de la propiedad; asesorías y estudios en ciencias de la tierra, proyectos y ejecución de trabajos geodésicos, topográficos, cartográficos, geográficos, forestal, agropecuario, hidrográficos y afines; y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

CRISTIAN JAVIER PÉREZ BARRA

Socio

50%

JESUALDO ÁNGEL PEREZ TORO

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

ESMIRNA DE LA CRUZ VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en Antonio Varas N° 979, certifico: por escritura pública de 27 de noviembre de 2020, ante mí, bajo el Rep. Nº10.128-20 don CRISTIAN JAVIER PÉREZ BARRA y don JESUALDO ÁNGEL PEREZ TORO, ambos domiciliados para estos efectos en pasaje El Madroño número 2199, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: RAZÓN SOCIAL: "GEOSURVEY SUR LIMITADA" pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “GEOSURVEY SUR LTDA.". OBJETO: El giro de la sociedad será servicios y asesorías topográficas, saneamientos de títulos de dominio, compra, venta, arriendo de equipos topográficos, la prestación de servicios en materia de construcción de todo tipo de obras civiles y edificaciones, constitución de pertenencias mineras, constitución de concesiones marítimas y de agua dulce, la prestación de servicios jurídicos, judiciales o extrajudiciales y toda clase de asesorías jurídicas y todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado.- Todo lo anterior, sea en el ámbito privado y/o público, por cuenta propia y ajena, a organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros; catastro de la propiedad; asesorías y estudios en ciencias de la tierra, proyectos y ejecución de trabajos geodésicos, topográficos, cartográficos, geográficos, forestal, agropecuario, hidrográficos y afines; y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La sociedad será administrada conjunta o separadamente por don CRISTIAN JAVIER PÉREZ BARRA y don JESUALDO ÁNGEL PEREZ TORO, con las facultades indicadas en pacto social. CAPITAL: $1.000.000.- que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) CRISTIAN JAVIER PÉREZ BARRA aporta la suma de $500.000, equivalente al 50% del capital social, que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo; b) JESUALDO ÁNGEL PEREZ TORO aporta la suma de $500.000, equivalente a un 50% de los derechos en el capital social, que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo. RESPONSABILIDAD SOCIOS: Los socios limitan la responsabilidad de la sociedad a los bienes de ésta y por las obligaciones contraídas dentro de su giro. DURACIÓN: La duración de la sociedad será indefinida a contar de la fecha de la presente escritura. DOMICILIO: Su domicilio será la ciudad de Temuco, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Doy Fe. Temuco, 30 de Noviembre de 2020.

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-11-19Ver PDF (CVE 1850141)

Informações societárias

Ltda
Temuco, Araucanía
Duração: indefinida
Administração: La sociedad será administrada conjunta o separadamente por don CRISTIAN JAVIER PÉREZ BARRA y don JESUALDO ÁNGEL PEREZ TORO, con las facultades indicadas en pacto social.

Objeto social

La sociedad tendrá por El giro de la Empresa será servicios y asesorías topográficas, saneamientos de títulos de dominio, compra, venta, arriendo de equipos topográficos, la prestación de servicios en materia de construcción de todo tipo de obras civiles y edificaciones, constitución de pertenencias mineras, constitución de concesiones marítimas y de agua dulce, la prestación de servicios jurídicos, judiciales o extrajudiciales y toda clase de asesorías jurídicas y todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado. Todo lo anterior, sea en el ámbito privado y/o público, por cuenta propia y ajena, a organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros; catastro de la propiedad; asesorías y estudios en ciencias de la tierra, proyectos y ejecución de trabajos geodésicos, topográficos, cartográficos, geográficos, forestal, agropecuario, hidrográficos y afines; y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

CRISTIAN JAVIER PÉREZ BARRA

Socio

50%

JESUALDO ÁNGEL PEREZ TORO

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

ESMIRNA DE LA CRUZ VIDAL MORAGA, Abogado, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en Antonio Varas N° 979, certifico: Por escritura pública de 17 de noviembre de 2020, ante mí, don CRISTIAN JAVIER PÉREZ BARRA y don JESUALDO ÁNGEL PEREZ TORO, ambos domiciliados para estos efectos en pasaje El Madroño número 2199, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, de cuyo texto extracto lo siguiente: RAZÓN SOCIAL: "GEOSURVEY SUR LIMITADA" pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “GEOSURVEY SUR LTDA.". OBJETO: La sociedad tendrá por El giro de la Empresa será servicios y asesorías topográficas, saneamientos de títulos de dominio, compra, venta, arriendo de equipos topográficos, la prestación de servicios en materia de construcción de todo tipo de obras civiles y edificaciones, constitución de pertenencias mineras, constitución de concesiones marítimas y de agua dulce, la prestación de servicios jurídicos, judiciales o extrajudiciales y toda clase de asesorías jurídicas y todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de abogado. Todo lo anterior, sea en el ámbito privado y/o público, por cuenta propia y ajena, a organismos públicos o privados, nacionales o extranjeros; catastro de la propiedad; asesorías y estudios en ciencias de la tierra, proyectos y ejecución de trabajos geodésicos, topográficos, cartográficos, geográficos, forestal, agropecuario, hidrográficos y afines; y toda otra actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: La sociedad será administrada conjunta o separadamente por don CRISTIAN JAVIER PÉREZ BARRA y don JESUALDO ÁNGEL PEREZ TORO, con las facultades indicadas en pacto social. CAPITAL: $1.000.000.- que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) CRISTIAN JAVIER PÉREZ BARRA aporta la suma de $500.000, equivalente al 50% del capital social, que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo; b) JESUALDO ÁNGEL PEREZ TORO aporta la suma de $500.000, equivalente a un 50% de los derechos en el capital social, que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo. RESPONSABILIDAD SOCIOS: limitada monto respectivos aportes. DURACIÓN: La duración de la sociedad será indefinida a contar de la fecha de la presente escritura. DOMICILIO: Su domicilio será la ciudad de Temuco, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se establezcan en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Doy Fe. Temuco, 17 de Noviembre de 2020.-

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