Sociedade por Ações

Dr. Osvaldo Palma F. SpA

CONSTITUCIÓN — 20 de abr. de 2022

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2022-04-20Ver PDF (CVE 2116163)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duração: Indefinida
Administração: La sociedad será administrada por una persona que será designada en calidad de administrador, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. Este administrador, actuando conjuntamente, representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad. Para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, el administrador está investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el Estatuto no establezca como privativas de la Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan estas circunstancias.

Objeto social

prestación de servicios médicos, quirúrgicos, de enfermería tanto en clínicas o en establecimientos de salud en general, como en el domicilio del paciente, la prestación de asesorías profesionales en materias vinculadas con las diversas especialidades de la medicina y la cirugía y de la enfermería en general por sí o por terceros, el diagnóstico, exámenes, tratamientos, controles y evaluaciones de enfermedades de todo tipo, comprendiéndose consultas, controles post consulta, tratamientos médicos y quirúrgicos, y de enfermería, curaciones, procedimientos, intervenciones quirúrgicas, ayudantías quirúrgicas, atenciones médicas domiciliarias de todo tipo; el desarrollo de actividades académicas vinculadas al área de la medicina, comprendiéndose el desarrollo de proyectos pedagógicos y clases en aula de universidades, institutos profesionales y/o centros de formación técnica y en general en cualquier establecimiento educacional o de salud, en el que estos desarrollen dichas actividades; la elaboración de peritajes o informes solicitados por entidades particulares o públicas de cualquier tipo; el desarrollo de labores administrativas derivadas o relacionadas con los servicios médicos y de enfermería, que incluyen la realización de actividades en el marco de programas de atenciones de salud, tramitación de formularios y su respectiva cobranza; evaluación de tratamientos y post operatorio, sea en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del Sector público, municipal o privado; comprar, arrendar en todas sus formas, vender equipos técnicos profesionales y de cualquier tipo que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social, podrá asimismo comprar, vender o arrendar todo tipo de bienes muebles o inmuebles que sean necesarios, importar y exportar toda clase de insumos, aparatos e instrumentos quirúrgicos de cualquier clase; comprar, crear, construir, instalar, administrar, arrendar y explotar clínicas, sanatorios, consultorios, hospitales, centros médicos y clínicos, laboratorios, casas de reposo y en general cualquier otro establecimiento de salud destinado al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de enfermedades y a la atención, curación, recuperación y rehabilitación orgánica, fisiológica, física, psíquica y estética de enfermos y personas y en general, cualquier actividad que los accionistas acuerden y que tengan relación con el área de la salud, del objeto social o se considere conveniente a sus intereses sociales, sin limitación de ninguna especie, que permitan a la sociedad el cumplimiento de sus fines.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Capital pendente

$0

Ações

1.000

Sócios (2)

NomeParticipação

JOSÉ OSVALDO PALMA FLORES

Accionista

90%

MARÍA JOSÉ PALMA VILLALOBOS

Accionista

10%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

ANDRES CUADRA GONZALEZ DEL RIEGO, Abogado y Notario Público Titular de Linares, con oficio en Chacabuco N° 551 A, de esta ciudad, certifica: Por escritura ante mí, el 12 Abril de 2022, JOSÉ OSVALDO PALMA FLORES y MARÍA JOSÉ PALMA VILLALOBOS, constituyeron sociedad por acciones. Nombre: “DR. OSVALDO PALMA F. SpA”. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de que pueda abrir agencias o sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: prestación de servicios médicos, quirúrgicos, de enfermería tanto en clínicas o en establecimientos de salud en general, como en el domicilio del paciente, la prestación de asesorías profesionales en materias vinculadas con las diversas especialidades de la medicina y la cirugía y de la enfermería en general por sí o por terceros, el diagnóstico, exámenes, tratamientos, controles y evaluaciones de enfermedades de todo tipo, comprendiéndose consultas, controles post consulta, tratamientos médicos y quirúrgicos, y de enfermería, curaciones, procedimientos, intervenciones quirúrgicas, ayudantías quirúrgicas, atenciones médicas domiciliarias de todo tipo; el desarrollo de actividades académicas vinculadas al área de la medicina, comprendiéndose el desarrollo de proyectos pedagógicos y clases en aula de universidades, institutos profesionales y/o centros de formación técnica y en general en cualquier establecimiento educacional o de salud, en el que estos desarrollen dichas actividades; la elaboración de peritajes o informes solicitados por entidades particulares o públicas de cualquier tipo; el desarrollo de labores administrativas derivadas o relacionadas con los servicios médicos y de enfermería, que incluyen la realización de actividades en el marco de programas de atenciones de salud, tramitación de formularios y su respectiva cobranza; evaluación de tratamientos y post operatorio, sea en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del Sector público, municipal o privado; comprar, arrendar en todas sus formas, vender equipos técnicos profesionales y de cualquier tipo que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social, podrá asimismo comprar, vender o arrendar todo tipo de bienes muebles o inmuebles que sean necesarios, importar y exportar toda clase de insumos, aparatos e instrumentos quirúrgicos de cualquier clase; comprar, crear, construir, instalar, administrar, arrendar y explotar clínicas, sanatorios, consultorios, hospitales, centros médicos y clínicos, laboratorios, casas de reposo y en general cualquier otro establecimiento de salud destinado al diagnóstico, análisis, examen, prevención y tratamiento de enfermedades y a la atención, curación, recuperación y rehabilitación orgánica, fisiológica, física, psíquica y estética de enfermos y personas y en general, cualquier actividad que los accionistas acuerden y que tengan relación con el área de la salud, del objeto social o se considere conveniente a sus intereses sociales, sin limitación de ninguna especie, que permitan a la sociedad el cumplimiento de sus fines. Duración: Indefinida.- Capital: $10.000.000, dividido en 1.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan siguiente forma: A) Don JOSÉ OSVALDO PALMA FLORES suscribe 900 acciones pagando en este acto 900 acciones que equivalen a 9.000.000 pesos en este acto, al contado que ingresan a caja social; B) doña MARÍA JOSÉ PALMA VILLALOBOS, suscribe 100 acciones pagando en este acto 100 acciones que equivalen a 1.000.000 pesos en este acto, al contado que ingresan a caja social. Administración: La sociedad será administrada por una persona que será designada en calidad de administrador, designación que deberá anotarse al margen de la inscripción social. Este administrador, actuando conjuntamente, representará judicial y extrajudicialmente a la sociedad. Para el cumplimiento del objeto social, lo que no será necesario acreditar a terceros, el administrador está investido de todas las facultades de administración y disposición que la Ley o el Estatuto no establezca como privativas de la Junta General de Accionistas, sin que sea necesario otorgarles poder alguno, inclusive para aquellos actos o contratos respecto de los cuales las leyes exijan estas circunstancias. Administrador designado en escritura: MARÍA JOSÉ PALMA VILLALOBOS. Demás estipulaciones en escritura extractada. Linares,13 de abril de 2022.-

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