Sociedade de Responsabilidade Limitada

Díaz, Estay & Varas Abogados Y Asociados Limitada

CONSTITUCIÓN — 26 de abr. de 2017

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2017-04-26Ver PDF (CVE 1207958)

Informações societárias

Ltda
Valparaíso, Valparaíso
Duração: 3 años, renovables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años
Administração: La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a los socios, actuando en forma separada o conjunta, indistintamente.

Objeto social

a) La prestación de servicios de asesoría y consultoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo postular, licitar y adjudicar prestaciones de servicios públicos ante la defensorías, en cualquier materia del derecho y efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro; b) La prestación de servicios de mediación en las diversas áreas, tales como familia, comunitaria, laboral, comercial empresarial y de salud; c) El corretaje y la intermediación de propiedades urbanas y/o rurales, la compra y venta de inmuebles, estén o no edificados; la promoción de negocios; inversiones, construcciones y planes habitacionales y asesoría en los mismos; la administración y arrendamiento de todo tipo de bienes, ya sea a requerimiento particular o de cualquier tipo de institución fiscal, semi fiscal o privada, por cuenta propia y ajena; d) Todas aquellas actividades, negocio u operación ya sea relacionados directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con las ya mencionadas y todas aquellas que con posterioridad acordaren los socios.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital integralizado

$3.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (3)

NomeParticipação

DAYANA NOEMI DIAZ BUGUEÑO

Socio

33.3%

EMILIO JOSÉ ESTAY VALENZUELA

Socio

33.3%

CONSTANZA DANIELA VARAS DURÁN

Socio

33.3%

Administradores (3)

Texto oficial do extrato

MARCOS ANDRES DÍAZ LEÓN, Abogado, Notario Público, titular de la Sexta Notaria de esta ciudad, con oficio en Prat 612, certifico por escritura hoy ante mí, DAYANA NOEMI DIAZ BUGUEÑO, EMILIO JOSÉ ESTAY VALENZUELA, CONSTANZA DANIELA VARAS DURÁN, todos domiciliados en Aníbal Pinto 341, oficina 6, constituyen una sociedad comercial de responsabilidad limitada, conforme a las prescripciones de la ley 3918, y sus modificaciones. El nombre o razón social será “DÍAZ, ESTAY & VARAS ABOGADOS Y ASOCIADOS LIMITADA”, pudiendo utilizar como nombre de fantasía, incluso ante Instituciones Bancarias, Servicio de Impuestos Internos y otros el de “FUNDAMENTUM ABOGADOS Y ASOCIADOS LTDA.”. El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios de asesoría y consultoría jurídica y de todo tipo de servicios profesionales relativos al ejercicio de la profesión de Abogado, pudiendo postular, licitar y adjudicar prestaciones de servicios públicos ante la defensorías, en cualquier materia del derecho y efectuar todas las actividades que estén relacionadas, directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con este giro; b) La prestación de servicios de mediación en las diversas áreas, tales como familia, comunitaria, laboral, comercial empresarial y de salud; c) El corretaje y la intermediación de propiedades urbanas y/o rurales, la compra y venta de inmuebles, estén o no edificados; la promoción de negocios; inversiones, construcciones y planes habitacionales y asesoría en los mismos; la administración y arrendamiento de todo tipo de bienes, ya sea a requerimiento particular o de cualquier tipo de institución fiscal, semi fiscal o privada, por cuenta propia y ajena; d) Todas aquellas actividades, negocio u operación ya sea relacionados directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con las ya mencionadas y todas aquellas que con posterioridad acordaren los socios. La administración, representación y uso de la razón social, corresponderá a los socios, actuando en forma separada o conjunta, indistintamente. La sociedad tendrá su domicilio en la comuna y ciudad de Valparaíso, sin perjuicio de las sucursales o agencias que pueda establecer en cualquier otro lugar del país o del extranjero.- El capital de la sociedad es la suma de $3.000.000, que se enteran por los socios de la siguiente forma:) DAYANA NOEMI DIAZ BUGUEÑO, aporta la suma de $1.000.000, equivalentes al 33,3% por ciento del capital social, al contado y en dinero en efectivo, ingresado en caja social; 2) 2 EMILIO JOSÉ ESTAY VALENZUELA, aporta la suma de $1.000.000, equivalentes al 33,3% por ciento del capital social, al contado y en dinero en efectivo, ingresado en caja social, 3) CONSTANZA DANIELA VARAS DURÁN aporta la suma de $1.000.000, equivalentes al 33,3% por ciento del capital social, al contado y en dinero en efectivo, ingresado en caja social. Los socios limitan su responsabilidad hasta la concurrencia del respectivo monto de sus aportes. La sociedad comenzará a regir desde la fecha de la presente escritura y tendrá una duración de 3 años, renovables tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 3 años. Demás estipulaciones en escritura extractada. Valparaíso, 18 de abril de 2017.

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