Empresa Individual de Responsabilidade Limitada

Deidania Elena Mendoza Olivares Cultivo De Productos Agrícolas En Combinación Con La Cría De Animales (Explotación Mixta) Empresa Individual De Responsabilidad Limitada

CONSTITUCIÓN — 18 de mai. de 2020

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-05-18Ver PDF (CVE 1762354)

Informações societárias

E.I.R.L.
parcela número veintinueve, sector La Aguada

Objeto social

cultivo de productos agrícolas en combinación con la cría de animales (explotación mixta)

Capital

Capital total

$20.000.000

Capital integralizado

$20.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (1)

NomeParticipação

DEIDANIA ELENA MENDOZA OLIVARES

Titular

13.xxx.xxx-4

100%

Representação legal (1)

ELÍAS FLORENTINO RUIZ GONZÁLEZ

16.xxx.xxx-8Em representação de DEIDANIA ELENA MENDOZA OLIVARES13.xxx.xxx-4

Texto oficial do extrato

JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría, con domicilio en calle Caupolicán Nº 355, Los Angeles, Certifico: por escritura pública, Rep. 1763-2020, hoy ante mí: don ELÍAS FLORENTINO RUIZ GONZÁLEZ, chileno, abogado, soltero, cédula de identidad número dieciséis millones doscientos cuatro mil seiscientos doce guion ocho, domiciliado en calle Darío Barrueto Nº 573, comuna de Los Ángeles; PRIMERO: Que, con fecha treinta de Julio del año dos mil diecinueve, ante don Juan Mauricio Araneda Medina, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, registrado bajo el Repertorio Número tres mil seiscientos treinta y siete guion dos mil diecinueve, compareció: doña DEIDANIA ELENA MENDOZA OLIVARES, chilena, cédula de identidad número trece millones ochocientos mil seiscientos setenta y nueve guion cuatro, secretaria ejecutiva, casada y separada totalmente de bienes, según se acreditará, domiciliada en parcela número veintinueve, sector La Aguada, de la comuna de Cabrero, y constituyó una empresa individual de responsabilidad limitada denominada “DEIDANIA ELENA MENDOZA OLIVARES CULTIVO DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS EN COMBINACIÓN CON LA CRÍA DE ANIMALES (EXPLOTACIÓN MIXTA) Empresa Individual de Responsabilidad Limitada”.- La Empresa podrá actuar con personas naturales o jurídicas, incluso con los bancos e instituciones financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería y Municipalidades, con el nombre de fantasía “AGRICOLA DEIDANIA E.I.R.L.”.- SEGUNDO: A su vez, con fecha tres de Octubre del año dos mil diecinueve, ante don Juan Mauricio Araneda Medina, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, registrado bajo el Repertorio Número 4763-2019, compareció don ELÍAS FLORENTINO RUIZ GONZÁLEZ, chileno, abogado, soltero, cédula de identidad número dieciséis millones doscientos cuatro mil seiscientos doce guion ocho, domiciliado en calle Darío Barrueto número doscientos setenta y tres, comuna de Los Ángeles, rectificó y complemento la citada escritura de constitución.- TERCERO: Que, el compareciente debidamente individualizado en la comparecencia de este acto o instrumento, por un error involuntario, viene en Rectificar y Complementar las citadas escrituras públicas de constitución y rectificación, rectificando y complementando la cláusula Cuarta de la escritura de constitución y la cláusula Segundo de la escritura de rectificación: En el siguiente sentido: 1) B) El Lote Once guion A guion Uno, que posee una superficie de cinco coma cuatro hectáreas y tiene los siguientes deslindes especiales: NORTE: con camino público a Saltos Del Laja, separado por cerco; ESTE: en ciento veintiocho coma cero metros con Lote Once guion A guion Cuatro y en ciento cuenta y dos coma cero metros con Lote Once guion A guion Seis, separado por cerco; SUR: con Lote Doce, separado por cerco; y OESTE: en ciento coma ocho coma nueve metros con Lote Once A guion Uno A, servidumbre de tránsito de por medio, en cincuenta coma ocho metros con Lote Once A guion Uno B, servidumbre de tránsito de por medio, en cincuenta y cuatro coma dos metros con Lote Once A guion Uno ce, servidumbre de tránsito de por medio, y en cincuenta y nueve coma ocho metros con Lote Once A guion D, separado por cerco.- Los antecedentes relativos a la subdivisión que dieron origen al presente inmueble (el plano de subdivisión, certificado de autorización de subdivisión y, certificado de asignación de roles de avalúo en trámite), se encuentran agregados al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero bajo el número seiscientos veinticuatro correspondiente al año dos mil dieciocho y que para todos los efectos legales, se entenderá formar parte integrante de este instrumento.- Por último, según da cuenta el certificado de asignación de roles de avalúo en trámite, al Lote Once guion A guion Uno, se le asigno el rol de avalúo en trámite número mil trescientos cincuenta y ocho guion cuatrocientos once de la comuna de Cabrero.- NOTA: El inmueble o lote anterior, forma parte del resto de la propiedad LOTE ONCE GUION A GUION UNO, formado de la subdivisión del Lote número Once, proveniente del resto de la parcela número veintinueve y del sitio número cincuenta y tres, ambos formados de los predios rústicos denominados “Parte de La Hacienda La Aguada” y “Parte de la Hijuela Segunda del fundo El Salto o El Salto de Laja”, ubicado en la comuna de Cabrero, Provincia de Biobío, Región del Biobío, que tiene una superficie aproximada de siete coma cuatro hectáreas y las siguientes medidas y deslindes particulares: NORTE: en parte con Lote Once guion A guion cinco y camino público a Saltos del Laja; SUR: con Lote Once B y Lote Doce; ESTE: en ciento cincuenta y dos coma cero cero metros con Lote Once guion A guion seis y en parte con Lote Once guion A guion seis y en parte con Lote Once guion A guion cuatro; y OESTE: en parte con Lote Once B y Lote Once guion A guion cinco.- Los antecedentes relativos a la subdivisión que dieron origen al presente inmueble, se encuentran agregados al final del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero bajo el número cuatrocientos ochenta correspondiente al año dos mil nueve.- Adquirió la constituyente este inmueble por adjudicación, según da cuenta la escritura pública de fecha seis de Julio del año dos mil dieciocho, Repertorio Número cuatrocientos cincuenta y dos guion dos mil dieciocho, otorgada ante don Ernesto Alfredo Miranda Córdova, abogado Notario Público Titular Notaría de Cabrero, la que se inscribió a fojas mil ciento ochenta y nueve Vuelta número seiscientos noventa y tres del Registro de Propiedad del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero. Para efectos del pago de la Contribución de Bienes Raíces, el inmueble antes singularizado figura con el Rol número mil trescientos cincuenta y ocho guion ciento ocho, de la comuna de Cabrero, según certificado de avalúo fiscal tenido a la vista, se encuentra Exento de pagar impuestos.- 2) También la cláusula Quinta de la escritura de constitución y la cláusula Segunda de la escritura de rectificación: Capital de la empresa: En el siguiente sentido: C) con la suma de siete millones de pesos, que entera en este acto en aporte del resto del inmueble inscrito a fojas mil ciento ochenta y nueve Vuelta número seiscientos noventa y tres del Registro de Propiedad del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero. Se le asignó el rol de avalúo en trámite número mil trescientos cincuenta y ocho guion cuatrocientos once de la comuna de Cabrero.- También singularizado precedentemente.- TERCERO: En todo lo no rectificado y complementado por este acto se mantienen las disposiciones contenidas en las escrituras singularizadas en la cláusulas primera y segunda de este instrumento; teniéndose esta como parte integrante de aquellas, y tomándose nota de la presente rectificación al margen de las mismas.- CUARTO: El Capital de la empresa es la suma $20.000.000.-Demás estipulaciones constan en escritura extractada. . Los Ángeles, 13 de Mayo de 2020.-

ConstituiçãoDiario Oficial · 2019-10-14Ver PDF (CVE 1667452)

Informações societárias

E.I.R.L.
parcela número veintinueve, sector La Aguada

Objeto social

cultivo de productos agrícolas en combinación con la cría de animales (explotación mixta)

Capital

Capital total

$20.000.000

Capital integralizado

$20.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (1)

NomeParticipação

DEIDANIA ELENA MENDOZA OLIVARES

Titular

13.xxx.xxx-4

100%

Texto oficial do extrato

JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, ABOGADO NOTARIO PUBLICO TITULAR DE LA CUARTA NOTARIA DE LOS ANGELES y su territorio jurisdiccional, con oficio ubicado en calle Caupolicán N° 355, certifica, Por escritura pública de hoy ante mí, Rep. N° 4763-2019, don ELÍAS FLORENTINO RUIZ GONZÁLEZ, chileno, abogado, soltero, cédula de identidad número dieciséis millones doscientos cuatro mil seiscientos doce guion ocho, domiciliado en calle Darío Barrueto número doscientos setenta y tres, comuna de Los Ángeles; expone: PRIMERO: Que, con fecha treinta de Julio del año dos mil diecinueve, ante don Juan Mauricio Araneda Medina, Abogado, Notario Público Titular de la Cuarta Notaría de Los Ángeles, registrado bajo el Repertorio Número tres mil seiscientos treinta y siete guion dos mil diecinueve, compareció: doña DEIDANIA ELENA MENDOZA OLIVARES, chilena, cédula de identidad número trece millones ochocientos mil seiscientos setenta y nueve guion cuatro, secretaria ejecutiva, casada y separada totalmente de bienes, según se acreditará, domiciliada en parcela número veintinueve, sector La Aguada, de la comuna de Cabrero, y constituyó una empresa individual de responsabilidad limitada denominada “DEIDANIA ELENA MENDOZA OLIVARES CULTIVO DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS EN COMBINACIÓN CON LA CRÍA DE ANIMALES (EXPLOTACIÓN MIXTA) Empresa Individual de Responsabilidad Limitada”.- La Empresa podrá actuar con personas naturales o jurídicas, incluso con los bancos e instituciones financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería y Municipalidades, con el nombre de fantasía “AGRICOLA DEIDANIA E.I.R.L.”.- SEGUNDO: Que, el compareciente debidamente individualizado en la comparecencia de este acto o instrumento, por un error involuntario, viene en Rectificar y Complementar la citada escritura pública, rectificando y complementando la cláusula Cuarta: En el siguiente sentido: A) La propiedad LOTE ONCE GUION A GUION SEIS, la que se inscribió a fojas mil ciento ochenta y ocho número seiscientos noventa y dos del Registro de Propiedad del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero. NOTA: Servidumbre reinscrita a fojas cincuenta y cinco vuelta número veinticuatro en el Registro de Hipotecas del año dos mil tres del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero. B) Del resto de la propiedad LOTE ONCE GUION A GUION UNO, la que se inscribió a fojas mil ciento ochenta y nueve Vuelta número seiscientos noventa y tres del Registro de Propiedad del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero. También la cláusula Quinta: Capital de la empresa: En el siguiente sentido: B) con la suma de ocho millones de pesos, que entera en este acto en aporte del inmueble inscrito a fojas mil ciento ochenta y ocho número seiscientos noventa y dos del Registro de Propiedad del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero, singularizado en la cláusula precedente; y C) con la suma de siete millones de pesos, que entera en este acto en aporte del inmueble inscrito a fojas mil ciento ochenta y nueve Vuelta número seiscientos noventa y tres del Registro de Propiedad del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero. También singularizado en la cláusula precedente.- El capital empresarial es la suma $20.000.000 de pesos. Demás estipulaciones escritura extractada. Los Ángeles, 03 de octubre de 2019.

ConstituiçãoDiario Oficial · 2019-08-05Ver PDF (CVE 1632098)

Informações societárias

E.I.R.L.
Cabrero, Biobío
Duração: indefinida
Administração: La administración corresponde a su titular, con representación judicial y extrajudicial y amplias facultades de administración y disposición.

Objeto social

La realización por cuenta propia o ajena de: CULTIVO DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS EN COMBINACIÓN CON LA CRÍA DE ANIMALES (EXPLOTACIÓN MIXTA); y toda otra actividad que el empresario desarrolle directa o indirectamente en relación con las actividades antes señaladas.

Capital

Capital total

$20.000.000

Capital integralizado

$15.000.000

Capital pendente

$5.000.000

Sócios (1)

NomeParticipação

DEIDANIA ELENA MENDOZA OLIVARES

Titular

13.xxx.xxx-4

100%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

JUAN MAURICIO ARANEDA MEDINA, ABOGADO, NOTARIO PÚBLICO TITULAR DE LA CUARTA NOTARIA DE LOS ÁNGELES, y su territorio jurisdiccional, con domicilio ubicado en calle Caupolicán N° 355, de esta ciudad, certifica: Por escritura de hoy ante mí, Rep. 3637-2019, doña DEIDANIA ELENA MENDOZA OLIVARES, chilena, cédula de identidad número trece millones ochocientos mil seiscientos setenta y nueve guion cuatro, secretaria ejecutiva, casada y separada totalmente de bienes, según se acreditará, domiciliada en parcela número veintinueve, sector La Aguada, de la comuna de Cabrero, de paso por ésta; Que viene en constituir una empresa individual de responsabilidad limitada, la que se regirá por las disposiciones contenidas en la Ley diecinueve mil ochocientos cincuenta y siete, de fecha veinticuatro de enero de dos mil tres, que autoriza el establecimiento de empresas individuales de responsabilidad limitada.- PRIMERO: Individualización del constituyente: Doña DEIDANIA ELENA MENDOZA OLIVARES, chilena, cédula de identidad número trece millones ochocientos mil seiscientos setenta y nueve guion cuatro, secretaria ejecutiva, casada y separada totalmente de bienes según se acreditará, domiciliada en parcela número veintinueve, sector La Aguada, de la comuna de Cabrero, de cuarenta años de edad.- SEGUNDO: Nombre de la empresa: El nombre o razón social de la empresa que por este acto se constituye será “DEIDANIA ELENA MENDOZA OLIVARES CULTIVO DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS EN COMBINACIÓN CON LA CRÍA DE ANIMALES (EXPLOTACIÓN MIXTA) Empresa Individual de Responsabilidad Limitada”.- La Empresa podrá actuar con personas naturales o jurídicas, incluso con los bancos e instituciones financieras, Servicio de Impuestos Internos, Tesorería y Municipalidades, con el nombre de fantasía “AGRICOLA DEIDANIA E.I.R.L.”.- TERCERO: Capital de la empresa: El monto del capital que se transfiere a la empresa, es la suma de veinte millones de pesos, que la constituyente entera y paga del modo siguiente: A) Con la suma de cinco millones de pesos, que se ingresarán a la caja empresarial a la medida que las necesidades empresariales lo requieran dentro del plazo de cinco años; B) con la suma de ocho millones de pesos, que entera en este acto en aporte del inmueble inscrito a fojas mil ciento ochenta y ocho número mil nueve del Registro de Propiedad del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero, singularizado en la cláusula precedente; y C) con la suma de siete millones de pesos, que entera en este acto en aporte del inmueble inscrito a fojas mil ciento ochenta y nueve Vuelta número mil diez del Registro de Propiedad del año dos mil dieciocho del Conservador de Bienes Raíces de Cabrero. También singularizado en la cláusula precedente.- CUARTO: Objeto o giro de la empresa: El objeto o giro de la empresa será la realización por cuenta propia o ajena de: CULTIVO DE PRODUCTOS AGRÍCOLAS EN COMBINACIÓN CON LA CRÍA DE ANIMALES (EXPLOTACIÓN MIXTA); y B) Toda otra actividad que el empresario desarrolle directa o indirectamente en relación con las actividades antes señaladas.- QUINTO: Domicilio de la empresa: La empresa tendrá domicilio en la comuna de Cabrero, sin perjuicio de las agencias y sucursales que constituya en otras ciudades del país o en el extranjero.- SEXTO: Duración de la empresa: La empresa tendrá vigencia a contar de la fecha de la presente escritura y su duración será indefinida.- SÉPTIMO: Administración de la empresa: Son actos de la empresa los ejecutados bajo el nombre y representación de ella por su administrador.- La administración de la empresa corresponde a su titular, doña DEIDANIA ELENA MENDOZA OLIVARES, previamente individualizada en la comparecencia, quien la representa judicial y extrajudicialmente para el cumplimiento del objeto de la empresa, con todas las facultades de administración y disposición, quien anteponiendo a su firma el nombre de la empresa, la representará con las más amplias facultades pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos.- OCTAVO: Utilidades de la empresa: Las utilidades líquidas de la empresa pertenecerán al patrimonio del titular separado del patrimonio de la empresa, una vez que se hubieren retirado y no habrá acción contra ella por las obligaciones de la empresa.- NOVENO: Causales de terminación de la empresa: La empresa individual de responsabilidad limitada terminará: a) Por voluntad del empresario; b) Por el aporte del capital de la empresa individual a una sociedad; c) Por quiebra; y d) Por la muerte del titular.- Los herederos podrán designar un gerente común para la continuación del giro de la empresa hasta por el plazo de un año, después del cual terminará la responsabilidad limitada.- Cualquiera sea la causa de terminación, ésta deberá declararse por escritura pública, inscribirse al margen en el Registro de Comercio y publicarse en extracto en el Diario Oficial de la República de Chile.- DÉCIMO: Responsabilidad de la empresa: La empresa responde exclusivamente con las obligaciones contraídas dentro de su giro, con todos sus bienes.- El titular responde con su patrimonio, sólo del pago efectivo del aporte que se hubiere comprometido realizar al momento de la constitución o en un acto posterior.- DÉCIMO PRIMERO: En las demás disposiciones deberá estarse a lo dispuesto en la “escritura de constitución” ya individualizada al inicio del presente documento.- Los Ángeles, 30 de julio de 2019.

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