Cooperativa

Cooperativa Pesquera Gente Mar Limitada

CONSTITUCIÓN — 5 de dez. de 2019

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2019-12-05Ver PDF (CVE 1692224)

Informações societárias

Cooperativa
Tocopilla, Antofagasta
Duração: indefinida

Objeto social

El objeto de la presente cooperativa tiene como objetos específicos, la dedicación a la producción, compra, venta, distribución, transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la explotación de productos del mar, la exportación de sus productos o servicios y las actividades que persigan el mejoramiento de las condiciones de vida de quienes las desempeñan. La presente cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Para el fiel cumplimiento de sus objetivos la Cooperativa y sin que la enumeración tenga el carácter de taxativa, podrá realizar cualesquiera de las actividades que a continuación se indican: A) Solicitar y explotar áreas de manejo, a cualquier título, y en especial áreas de manejo de recursos bentónicos; B) Proporcionar a sus socias y socios y a terceros, por venta o en alquiler o a cualesquiera otros títulos, al contado o a plazo repuestos, herramientas, accesorios, materias primas y demás objetos para el ejercicio de sus actividades; C) Estimular la unidad y cohesión de sus integrantes para lograr así elevar su nivel organizativo, económico, social y cultural fundado en el espíritu de solidaridad y de práctica de la cooperación mutua; D) Perfeccionar la gestión cooperativa aplicando normas y procedimientos tendientes a lograr su funcionamiento como una empresa económico - social eficiente en su capacidad de generar beneficios a sus socios y desarrollo local; E) Fomentar el empleo de modernas y adecuadas tecnologías, que conduzcan al incremento de la producción y de la productividad y a la inserción dinámica en los mercados nacionales e internacionales; F) Proporcionar servicios de formación técnica, administrativa y económica tanto a sus integrantes como a terceros; G) Incorporar a la Cooperativa a la ejecución de programas de desarrollo productivo, locales o regionales que beneficien a sus asociados y asociadas; H) Asumir la defensa y protección de los recursos naturales que estén en su ámbito de responsabilidad, asegurando su preservación y desarrollo; I) Celebrar toda clase de actos y contratos sobres bienes raíces y muebles, con el objeto de facilitar su uso y aprovechamiento por parte de sus miembros; J) Adquirir para sí o para distribuir entre sus integrantes los equipos o implementos necesarios para el desarrollo de sus labores productivas, comerciales o técnicas; K) La Cooperativa, sin perjuicio de los actos y contratos que celebre con terceros en cumplimiento de sus finalidades, efectuará operaciones con sus miembros y con particulares, si así lo estimare necesario, para el normal desenvolvimiento de sus actividades y la consecución de sus objetivos de desarrollo; L) Ejecutar programas de capacitación y formación que proporcionen a quienes son parte de ella y su familia conocimientos que propendan a su desarrollo personal, incremento de sus capacidades como productor y al manejo adecuado de los recursos naturales para asegurar su protección y conservación; M) Propender a la integración del joven y la mujer a la organización cooperativa, entre otras formas, mediante la creación de programas productivos, actividades socio-culturales, empoderamiento y roles, etc.; N) Contratar créditos con entidades tanto privadas, cooperativas como públicas, fiscales, semifiscales o de administración autónoma, o de cooperación internacional, con el objeto de propender al desarrollo de sus actividades cooperativas o para suministrar a los socios préstamos destinados exclusivamente al fomento, modernización y desarrollo de las faenas pesqueras. Para poder desarrollar el objetivo recién señalado, no siendo esta una Cooperativa de Ahorro y Crédito, se dará cumplimiento con la normativa que dicte el Departamento de Cooperativa para tal efecto; Ñ) Establecer relaciones con otros organismos de productores para elaborar y formular propuestas programáticas tendientes a planificar el uso de los recursos destinados a la producción para hacer posible un desarrollo rural armónico y equilibrado a nivel comunal; O) Establecer cualesquiera otros servicios que satisfagan las necesidades de sus miembros y que propendan al desarrollo económico, social y cultural de ellos y ellas; P) Y En general, todas aquellas iniciativas, actos o contratos que propendan a mejorar los servicios y beneficios entregados a quienes son parte de la cooperativa y sus familias, que tiendan a la consecución del objeto social.

Capital

Capital total

$75.000

Capital integralizado

$75.000

Capital pendente

$0

Ações

150

Sócios (1)

NomeParticipação

CARMEN ISABEL CARVAJAL RAMIREZ

Socio

12.xxx.xxx-9

-

Texto oficial do extrato

Certifico: Por escritura pública, hoy ante mí, JULIO RODRIGO MOVILLO MATTASSI, chileno, Abogado, Notario Público, Conservador de Bienes Raíces, Comercio, Minas y Archivero Judicial Titular de Tocopilla, con oficio calle Colon N°1281, de esta ciudad, doña CARMEN ISABEL CARVAJAL RAMIREZ, chilena, cédula nacional de identidad número doce millones ochocientos mil ochocientos cincuenta y uno guión nueve, domiciliada en Calle Parinacota número seiscientos cuarenta y siete, departamento numero trescientos dos block veintiuno B, de la ciudad y comuna de Tocopilla, mayor de edad, quien constituyó una cooperativa pesquera denominada gente mar limitada. Razón social. “Cooperativa Pesquera Gente Mar Limitada”, pudiendo usar como nombre de fantasía “Coopgemar”. Domicilio. la cooperativa se ubicara en la comuna de Tocopilla, pudiendo establecer agencias, sucursales o representaciones en cualquier punto del país o del extranjero. Duración. La Cooperativa tendrá una duración indefinida, sin perjuicio de las causales generales de disolución contempladas en la Ley General de Cooperativas. Objeto. El objeto de la presente cooperativa tiene como objetos específicos, la dedicación a la producción, compra, venta, distribución, transformación de bienes, productos y servicios relacionados con la explotación de productos del mar, la exportación de sus productos o servicios y las actividades que persigan el mejoramiento de las condiciones de vida de quienes las desempeñan. La presente cooperativa observará neutralidad política y religiosa y exigirá a sus socios igual neutralidad en sus actividades internas. Para el fiel cumplimiento de sus objetivos la Cooperativa y sin que la enumeración tenga el carácter de taxativa, podrá realizar cualesquiera de las actividades que a continuación se indican: A) Solicitar y explotar áreas de manejo, a cualquier título, y en especial áreas de manejo de recursos bentónicos; B) Proporcionar a sus socias y socios y a terceros, por venta o en alquiler o a cualesquiera otros títulos, al contado o a plazo repuestos, herramientas, accesorios, materias primas y demás objetos para el ejercicio de sus actividades; C) Estimular la unidad y cohesión de sus integrantes para lograr así elevar su nivel organizativo, económico, social y cultural fundado en el espíritu de solidaridad y de práctica de la cooperación mutua; D) Perfeccionar la gestión cooperativa aplicando normas y procedimientos tendientes a lograr su funcionamiento como una empresa económico - social eficiente en su capacidad de generar beneficios a sus socios y desarrollo local; E) Fomentar el empleo de modernas y adecuadas tecnologías, que conduzcan al incremento de la producción y de la productividad y a la inserción dinámica en los mercados nacionales e internacionales; F) Proporcionar servicios de formación técnica, administrativa y económica tanto a sus integrantes como a terceros; G) Incorporar a la Cooperativa a la ejecución de programas de desarrollo productivo, locales o regionales que beneficien a sus asociados y asociadas; H) Asumir la defensa y protección de los recursos naturales que estén en su ámbito de responsabilidad, asegurando su preservación y desarrollo; I) Celebrar toda clase de actos y contratos sobres bienes raíces y muebles, con el objeto de facilitar su uso y aprovechamiento por parte de sus miembros; J) Adquirir para sí o para distribuir entre sus integrantes los equipos o implementos necesarios para el desarrollo de sus labores productivas, comerciales o técnicas; K) La Cooperativa, sin perjuicio de los actos y contratos que celebre con terceros en cumplimiento de sus finalidades, efectuará operaciones con sus miembros y con particulares, si así lo estimare necesario, para el normal desenvolvimiento de sus actividades y la consecución de sus objetivos de desarrollo; L) Ejecutar programas de capacitación y formación que proporcionen a quienes son parte de ella y su familia conocimientos que propendan a su desarrollo personal, incremento de sus capacidades como productor y al manejo adecuado de los recursos naturales para asegurar su protección y conservación; M) Propender a la integración del joven y la mujer a la organización cooperativa, entre otras formas, mediante la creación de programas productivos, actividades socio-culturales, empoderamiento y roles, etc.; N) Contratar créditos con entidades tanto privadas, cooperativas como públicas, fiscales, semifiscales o de administración autónoma, o de cooperación internacional, con el objeto de propender al desarrollo de sus actividades cooperativas o para suministrar a los socios préstamos destinados exclusivamente al fomento, modernización y desarrollo de las faenas pesqueras. Para poder desarrollar el objetivo recién señalado, no siendo esta una Cooperativa de Ahorro y Crédito, se dará cumplimiento con la normativa que dicte el Departamento de Cooperativa para tal efecto; Ñ) Establecer relaciones con otros organismos de productores para elaborar y formular propuestas programáticas tendientes a planificar el uso de los recursos destinados a la producción para hacer posible un desarrollo rural armónico y equilibrado a nivel comunal; O) Establecer cualesquiera otros servicios que satisfagan las necesidades de sus miembros y que propendan al desarrollo económico, social y cultural de ellos y ellas; P) Y En general, todas aquellas iniciativas, actos o contratos que propendan a mejorar los servicios y beneficios entregados a quienes son parte de la cooperativa y sus familias, que tiendan a la consecución del objeto social. Capital. El Capital inicial suscrito y pagado es de setenta y cinco mil pesos, dividos en ciento cincuenta cuotas de participación, de un valor inicial de Quinientos pesos cada una. Quienes ingresen con posterioridad a la constitución de esta cooperativa deberán suscribir y pagar el número mínimo de cien Cuotas de Participación, cuyo valor será el resultado de la materialización de los acuerdos de la Junta General Obligatoria que se pronunció sobre el balance al treinta y uno de diciembre del año inmediatamente anterior. Sin perjuicio de lo anterior, el valor de las Cuotas de Participación se actualizará anualmente en las oportunidades que indique la Ley o lo establezca el Departamento de Cooperativas. El Capital de la Cooperativa será variable e ilimitado y tendrá como mínimo inicial el que se fija en éste Estatuto. Número de socios que concurrieron a su constitución. Diecisiete socios acuerdan por unanimidad constituir una Cooperativa Pesquera denominada COOPERATIVA PESQUERA GENTE MAR LIMITADA. Tocopilla, 27 de Noviembre 2019.

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