Cooperativa De Buzos Y Algueros De Caleta Chica
Diario Oficial
Informações societárias
Administradores (3)
WALDEMAR ANTONIO CORTINEZ FUENTES
Representação legal (1)
Texto oficial do extrato
MÓNICA ANDREA GÓMEZ PINO, abogado, notario público, suplente del titular Carlos Vila Molina, de la Cuarta Notaría de Iquique, Patricio Lynch 525, certifica que, por escritura pública ante mí, con fecha 04 de Septiembre de 2017: Don ERICK ANDRES DE LA PAZ ARAYA, en representación de COOPERATIVA DE BUZOS Y ALGUEROS DE CALETA CHICA, RUT 65.134.895-1, pasaje Uno 2951 Caliche II Alto Hospicio; viene en modificar los estatutos de COOPERATIVA DE BUZOS Y ALGUEROS DE CALETA CHICA, las modificaciones consisten en: “En relación al título dos sobre el número mínimo de cuotas de que deberán suscribir los socios de posterior ingreso a la cooperativa será de veinticuatro cuotas”.- “Respecto del artículo doce del estatuto, se adecúa de la siguiente manera: “El saldo favorable del ejercicio económico, que se denominará remanente, se destinará a absorber las pérdidas acumuladas , si las hubiere. Hecho lo anterior, se destinará a la constitución e incremento de los fondos de reserva, en el caso que éstos sean obligatorios, o a la constitución e incremento de reservas voluntarias y al pago de intereses al capital, de conformidad con el estatuto, el saldo, si lo hubiere, se denominará excedente y se distribuirá en dinero entre los socios o dará lugar a una emisión liberada de cuotas de participación”.- “Se modifica el artículo treinta y uno del estatuto de la siguiente manera: “La persona que haya perdido la calidad de socio por renuncia o exclusión y los herederos del socio fallecido tendrán derecho a la devolución del monto actualizado de sus cuotas de participación. Dicha devolución quedará condicionada a que con posterioridad al cierre del ejercicio precedente se hubieren enterado aportes de capital por una suma al menos equivalente al monto de las devoluciones requeridas por estos conceptos y se efectuarán siguiendo el orden cronológico de las solicitudes aceptadas. Sin perjuicio de lo anterior, si la pérdida de la calidad de socio se debe a la exclusión, el plazo para la devolución de las de exclusión se funde en el incumplimiento del socio de sus obligaciones pecuniarias, económicas o contractuales con la cooperativa. Las cooperativas podrán considerar en su estatuto plazos o condiciones para la devolución de sus cuotas de participación sólo si éstas significan un tratamiento más beneficioso para el socio en la devolución de dichas cuotas que las establecidas en los incisos precedentes”.- “Conforme lo dispone el nuevo inciso final del artículo veintitrés de la LEY GENERAL DE COOPERATIVAS, “La citación a junta se efectuará por medio de un aviso de citación que se publicará en un medio de comunicación social, con una anticipación de no más de quince días ni menos de cinco días de la fecha en que se realizará la junta respectiva. Deberá enviarse, además, una citación a cada socio, por correo regular o correo electrónico, al domicilio o dirección de correo electrónico que éste haya registrado en la cooperativa, con una anticipación mínima de quince días a la fecha de celebración de la junta respectiva, la que deberá contener una relación de las materias a ser tratadas en ella y las demás menciones que señale el reglamento”.- “Conforme lo dispone el estatuto, el Consejo de Administración estará formado por los siguientes miembros titulares: PRESIDENTE don ERICK ANDRES DE LA PAZ ARAYA, cédula de identidad y rol único tributario número siete millones cuatrocientos ochenta y cuatro mil cincuenta y dos guión tres; VICEPRESIDENTE don WALDEMAR ANTONIO CORTINEZ FUENTES, cédula de identidad y rol único tributario número doce millones ochocientos cuatro mil ochocientos veintidós guion siete; SECRETARIA doña ELENA LEONOR CORNEJO CARRERA, cédula de identidad y rol único tributario número doce millones cuatrocientos cuarenta y nueve mil ochocientos sesenta y dos guion siete”.- En todo lo que no se modifica por este instrumento, seguirán vigentes las demás estipulaciones de la escritura pública de reducción de acta y estatutos corporativos.- Demás estipulaciones en contrato extractado repertorio 3.276.- Iquique, 07 de Septiembre de 2017.-
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
COOPERATIVA DE BUZOS Y ALGUEROS DE CALETA CHICA
CVE 1270760
