Empresa Individual de Responsabilidade Limitada

Construcciones Milenko Arnaldo Lobos Almarza Empresa Individual De Responsabilidad Limitada

CONSTITUCIÓN — 27 de jan. de 2020

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-01-27Ver PDF (CVE 1718081)

Informações societárias

E.I.R.L.
Viña del Mar, Valparaíso
Duração: cinco años, contados desde la fecha de esta escritura, prorrogándose su existencia, automática y sucesivamente, y por igual período, salvo en cuanto manifestare el constituyente su voluntad en contrario, a lo menos, con tres meses antes del vencimiento respectivo
Administração: La administración de la empresa individual, el uso del nombre de la empresa individual, del nombre de fantasía, y la representación extrajudicial y judicial corresponderá a don MILENKO ARNALDO LOBOS ALMARZA, quien anteponiendo el nombre de la empresa individual a su firma, la representará con las más amplias facultades ante cualquier persona, autoridad o institución civil, pública, municipal, privada, bancaria, de fomento, de crédito o financiera, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos.

Objeto social

la ejecución de obras y proyectos, preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierras, construcción de edificios completos o de partes de edificios, obras de ingeniería, acondicionamiento de edificios, obras menores en construcción, servicio de demolición y derribo de edificios y otras estructuras, alquiler de maquinaria y equipo de construcción e ingeniería civil

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital integralizado

$2.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (1)

NomeParticipação

MILENKO ARNALDO LOBOS ALMARZA

Titular

1.xxx.xxx-2

100%

Administradores (1)

MILENKO ARNALDO LOBOS ALMARZA

1.xxx.xxx-2Administrador

Texto oficial do extrato

Raúl Farren Paredes, Notario Público, Villanelo 66, Viña del Mar, Certifica: Por escritura hoy, ante mi: don MILENKO ARNALDO LOBOS ALMARZA, chileno, divorciado, factor de comercio, cédula nacional de identidad número once millones ciento veintiún mil treinta y dos guion dos, con domicilio en Avenida Concón mil seiscientos veintiuno, Santa Inés, comuna de Viña del Mar, Región de Valparaíso, mayor de edad, constituye empresa individual de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL. El nombre de la empresa individual es “CONSTRUCCIONES MILENKO ARNALDO LOBOS ALMARZA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”, sin perjuicio de que la sociedad podrá funcionar y actuar ante toda clase de instituciones y organismos públicos, privados o mixtos con el nombre de fantasía “MK CONSTRUCCIONES E.I.R.L.”; y su domicilio es la comuna de Viña del Mar. OBJETO. El objeto, giro o actividad será, sin que la enumeración sea taxativa, la ejecución de obras y proyectos, preparación del terreno, excavaciones y movimientos de tierras, construcción de edificios completos o de partes de edificios, obras de ingeniería, acondicionamiento de edificios, obras menores en construcción, servicio de demolición y derribo de edificios y otras estructuras, alquiler de maquinaria y equipo de construcción e ingeniería civil. CAPITAL: El capital de la empresa individual es la suma de dos millones de pesos, que se aporta y paga al contado y en efectivo. De esta forma, queda suscrito todo el capital de la empresa individual en este mismo acto. ADMINISTRACIÓN. La administración de la empresa individual, el uso del nombre de la empresa individual, del nombre de fantasía, y la representación extrajudicial y judicial corresponderá a don MILENKO ARNALDO LOBOS ALMARZA, ya individualizado, quien anteponiendo el nombre de la empresa individual a su firma, la representará con las más amplias facultades ante cualquier persona, autoridad o institución civil, pública, municipal, privada, bancaria, de fomento, de crédito o financiera, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. DURACIÓN. La presente empresa individual tendrá una duración de cinco años, contados desde la fecha de esta escritura, prorrogándose su existencia, automática y sucesivamente, y por igual período, salvo en cuanto manifestare el constituyente su voluntad en contrario, a lo menos, con tres meses antes del vencimiento respectivo. Dicha manifestación de voluntad deberá practicarse mediante escritura pública, de la que deberá tomarse nota al margen de la respectiva inscripción en el Registro de Comercio del Conservador correspondiente, todo ello entro del plazo señalado anteriormente. DOMICILIO. Viña del Mar. RESPONSABILIDAD: Limitada monto de aporte. Demás estipulaciones escritura extractada. Viña del Mar, 23 de enero de 2020.

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