Sociedade de Responsabilidade Limitada

Comercial Machuca Y Yañez Limitada

CONSTITUCIÓN — 19 de out. de 2016

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2016-10-19Ver PDF (CVE 1125191)

Informações societárias

Ltda
San Carlos, Ñuble
Duração: 10 años, renovable tácita y sucesivamente por períodos iguales
Administração: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a los socios, quienes podrán actuar conjunta o separadamente

Objeto social

La explotación de estaciones de servicio y/o bombas de bencina; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de cámaras y neumáticos, ruedas o llantas, repuestos, accesorios, maquinarias, herramientas e insumos para vehículos motorizados de cualquier especie; la prestación de servicios múltiples de mecánica, recauchaje, vulcanización, lavado, engrase, lubricentro, mantención, reparación y demás servicios en toda clase de móviles; explotación de hosterías, restaurantes, autoservicios y minimarkets, servicios de venta de alimentos, productos de consumo, cafetería, bebidas y alcoholes, atención de servicios higiénicos y otros; la distribución y comercialización de gas licuado, servicios de centro de pagos y de llamados telefónicos y todo lo que, en cualquier forma, tenga relación con la actividad de un vehículo motorizado y lo que sea en el futuro; la compraventa, arrendamiento y administración de bienes raíces, maquinarias y vehículos motorizados; y demás operaciones que fueran necesarias para la complementación del objetivo social indicado

Capital

Capital total

$30.000.000

Capital integralizado

$30.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE

Socio

8.xxx.xxx-1

70%

CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON

Socio

12.xxx.xxx-0

30%

Administradores (2)

JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE

8.xxx.xxx-1Administrador

CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON

12.xxx.xxx-0Administrador

Texto oficial do extrato

JACK OVIDIO BEHAR SARAVIA, Notario Titular, Primera Notaría San Carlos, Vicuña Mackenna 529, San Carlos, VIII Región, certifico: Por escritura de hoy, 04 de Octubre de 2016, ante mí, JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE, C.I. 8.881.583-1; y CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, C.I. 12.696.716-0, ambos domiciliados en Calle Puelma número doscientos setenta y dos de la ciudad de San Carlos, constituyen Sociedad Responsabilidad Limitada, nombre empresa será “COMERCIAL MACHUCA Y YAÑEZ LIMITADA”, objetivo de la Sociedad será la explotación de estaciones de servicio y/o bombas de bencina; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de cámaras y neumáticos, ruedas o llantas, repuestos, accesorios, maquinarias, herramientas e insumos para vehículos motorizados de cualquier especie, la prestación de servicios múltiples de mecánica, recauchaje, vulcanización, lavado, engrase, lubricentro, mantención, reparación y demás servicios en toda clase de móviles; explotación de hosterías, restaurantes, autoservicios y minimarkets, servicios de venta de alimentos, productos de consumo, cafetería, bebidas y alcoholes, atención de servicios higiénicos y otros; la distribución y comercialización de gas licuado, servicios de centro de pagos y de llamados telefónicos y todo lo que, en cualquier forma, tenga relación con la actividad de un vehículo motorizado y lo que sea en el futuro; la compraventa, arrendamiento y administración de bienes raíces, maquinarias y vehículos motorizados; y demás operaciones que fueran necesarias para la complementación del objetivo social indicado.- La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a los socios JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE y/o CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, quienes podrán actuar conjunta o separadamente y anteponiendo la razón social a su firma, la representaran con las más amplias facultades administrativas y dispositivas, pudiendo celebrar toda clase de actos y negocios jurídicos y ejecutar todas las labores necesarias al objeto social, conforme cláusula quinta Escritura Social.- Capital de la Sociedad será la suma de $30.000.000, que lo socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) El socio don JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE, aporta la suma de $21.000.000, que entera en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; su aporte representa el 70% del haber social. Y, B) La socia CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, aporta la suma de $9.000.000, que entera en dinero efectivo que ingresa en éste acto a la caja social; su aporte representa el 30% del haber social. Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a su aporte y/o participación. Responsabilidad socios queda limitada a aportes.- Duración 10 años a contar de ésta fecha y se entenderá renovada tácita y sucesivamente por periodos iguales y en las mismas condiciones y estipulaciones convenidas, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública otorgada con anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento o de alguna de las prórrogas que estuviere en vigencia.- La sociedad tendrá como domicilio Ciudad de San Carlos.- Demás cláusulas constan en escritura extractada.-Jack Behar Saravia.- Notario Público Titular.- San Carlos, Octubre 04 de 2016.-

ConstituiçãoDiario Oficial · 2016-10-14Ver PDF (CVE 1123504)

Informações societárias

Ltda
San Carlos, Ñuble
Duração: 10 años, renovable tácita y sucesivamente por periodos iguales
Administração: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a los socios, quienes podrán actuar conjunta o separadamente y anteponiendo la razón social a su firma, con amplias facultades administrativas y dispositivas.

Objeto social

La explotación de estaciones de servicio y/o bombas de bencina; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de cámaras y neumáticos, ruedas o llantas, repuestos, accesorios, maquinarias, herramientas e insumos para vehículos motorizados de cualquier especie, la prestación de servicios múltiples de mecánica, recauchaje, vulcanización, lavado, engrase, lubricentro, mantención, reparación y demás servicios en toda clase de móviles; explotación de hosterías, restaurantes, autoservicios y minimarkets, servicios de venta de alimentos, productos de consumo, cafetería, bebidas y alcoholes, atención de servicios higiénicos y otros; la distribución y comercialización de gas licuado, servicios de centro de pagos y de llamados telefónicos y todo lo que, en cualquier forma, tenga relación con la actividad de un vehículo motorizado y lo que sea en el futuro; la compraventa, arrendamiento y administración de bienes raíces, maquinarias y vehículos motorizados; y demás operaciones que fueran necesarias para la complementación del objetivo social indicado.

Capital

Capital total

$30.000.000

Capital integralizado

$30.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALES

Socio

8.xxx.xxx-1

70%

CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON

Socio

12.xxx.xxx-0

30%

Administradores (2)

JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALES

8.xxx.xxx-1Administrador

CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON

12.xxx.xxx-0Administrador

Texto oficial do extrato

JACK OVIDIO BEHAR SARAVIA, Notario Titular, Primera Notaría San Carlos, Vicuña Mackenna 529, San Carlos, VIII Región, certifico: Por escritura de hoy, 04 de Octubre de 2016, ante mí, JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALES, C.I. 8.881.583-1; y CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, C.I. 12.696.716-0, ambos domiciliados en Calle Puelma número doscientos setenta y dos de la ciudad de San Carlos, constituyen Sociedad Responsabilidad Limitada, nombre empresa será “COMERCIAL MACHUCA Y YAÑEZ LIMITADA”, objetivo de la Sociedad será la explotación de estaciones de servicio y/o bombas de bencina; la compra, venta, importación, exportación y comercialización de cámaras y neumáticos, ruedas o llantas, repuestos, accesorios, maquinarias, herramientas e insumos para vehículos motorizados de cualquier especie, la prestación de servicios múltiples de mecánica, recauchaje, vulcanización, lavado, engrase, lubricentro, mantención, reparación y demás servicios en toda clase de móviles; explotación de hosterías, restaurantes, autoservicios y minimarkets, servicios de venta de alimentos, productos de consumo, cafetería, bebidas y alcoholes, atención de servicios higiénicos y otros; la distribución y comercialización de gas licuado, servicios de centro de pagos y de llamados telefónicos y todo lo que, en cualquier forma, tenga relación con la actividad de un vehículo motorizado y lo que sea en el futuro; la compraventa, arrendamiento y administración de bienes raíces, maquinarias y vehículos motorizados; y demás operaciones que fueran necesarias para la complementación del objetivo social indicado.- La administración, representación y uso de la razón social corresponderá indistintamente a los socios JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE y/o CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, quienes podrán actuar conjunta o separadamente y anteponiendo la razón social a su firma, la representaran con las más amplias facultades administrativas y dispositivas, pudiendo celebrar toda clase de actos y negocios jurídicos y ejecutar todas las labores necesarias al objeto social, conforme cláusula quinta Escritura Social.- Capital de la Sociedad será la suma de $30.000.000, que lo socios aportan y enteran de la siguiente forma: A) El socio don JUAN ESTEBAN MACHUCA CASALE, aporta la suma de $21.000.000, que entera en dinero efectivo, que ingresa en este acto a la caja social; su aporte representa el 70% del haber social. Y, B) La socia CAROLINA ALEJANDRA YAÑEZ LEIGHTON, aporta la suma de $9.000.000, que entera en dinero efectivo que ingresa en éste acto a la caja social; su aporte representa el 30% del haber social. Las utilidades y pérdidas se distribuirán entre los socios en proporción a su aporte y/o participación. Responsabilidad socios queda limitada a aportes.- Duración 10 años a contar de ésta fecha y se entenderá renovada tácita y sucesivamente por periodos iguales y en las mismas condiciones y estipulaciones convenidas, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término mediante escritura pública otorgada con anticipación de a lo menos 6 meses al vencimiento o de alguna de las prórrogas que estuviere en vigencia.- La sociedad tendrá como domicilio Ciudad de San Carlos.- Demás cláusulas constan en escritura extractada.- Jack Behar Saravia.- Notario Público Titular.- San Carlos, Octubre 04 de 2016.-

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