Sociedade por Ações

Comercial JGA SpA

CONSTITUCIÓN — 3 de dez. de 2025

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2025-12-03Ver PDF (CVE 2736071)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duração: cinco años contados desde la fecha del presente instrumento, los que se entienden renovados en forma tácita y sucesiva por periodos iguales de cinco años

Objeto social

La sociedad tiene por objeto: A) La fabricación, producción y comercialización de todo tipo de envases plásticos, envases termo formados y de diversos materiales, como también de bienes muebles. B) La distribución, importación, exportación, compra y venta de todo tipo de envases plásticos y afines. C) La representación de marcas, licencias y franquicias nacionales o internacionales D) La compra, venta, comercialización, distribución y representación de todo tipo de bienes, productos, insumos y equipamientos relacionados con el rubro del plástico y en general todo tipo de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles. E) La realización de todos los actos y contratos conducentes a dichos fines y, en general, a cualquier otro negocio, actividad u operación que emprenda, sin limitación de ninguna especie. La empresa podrá efectuar los actos mencionados por cuenta propia o ajena, y para lograr su finalidad, podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y/o concurrir a la formación de sociedades o empresas de cualquier orden, ingresando a ellas como socio o accionista; así como otros negocios que los socios de común acuerdo decidan realizar relacionados con los anteriores. F) Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase; celebrar contratos de sociedad de cualquier clase u objeto; pudiendo ser socia gestora de sociedades en comandita y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su comercio o a la inversión de fondos disponibles de la sociedad. Podrá, además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto. - G) La realización de todos los actos y contratos conducentes a dichos fines y, en general, a cualquier otro negocio, actividad u operación que emprenda, sin limitación de ninguna especie. La empresa podrá efectuar los actos mencionados por cuenta propia o ajena, y para lograr su finalidad, podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y/o concurrir a la formación de sociedades o empresas de cualquier orden, ingresando a ellas como socio o accionista; así como otros negocios que los socios de común acuerdo decidan realizar relacionados con los anteriores.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Ações

1.000

Sócios (1)

NomeParticipação

JORGE LUIS GUTIERREZ ARANEDA

Accionista

9.xxx.xxx-3

100%

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior ÁLVARO SANHUEZA TASSO, Notario Público Titular de la Quinta Notaria de San Miguel con asiento en La Cisterna, oficio ubicado en General Freire número cincuenta y cinco, comuna de La Cisterna, certifica: Por escritura pública repertorio número 650-2025, otorgada el día 28 de noviembre de 2025, ante mí; comparece: don JORGE LUIS GUTIERREZ ARANEDA, chileno, divorciado, factor de comercio, cedula de identidad número 9.676.732-3, domiciliado en José Ureta N°245, comuna de La Cisterna, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; constituyó una sociedad por acciones. Nombre: “Comercial JGA SpA”. Domicilio: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de poder establecer oficinas o agencias en otros puntos del país o del extranjero. Duración: cinco años contados desde la fecha del presente instrumento, los que se entienden renovados en forma tácita y sucesiva por periodos iguales de cinco años Objeto: La sociedad tiene por objeto: A) La fabricación, producción y comercialización de todo tipo de envases plásticos, envases termo formados y de diversos materiales, como también de bienes muebles. B) La distribución, importación, exportación, compra y venta de todo tipo de envases plásticos y afines. C) La representación de marcas, licencias y franquicias nacionales o internacionales D) La compra, venta, comercialización, distribución y representación de todo tipo de bienes, productos, insumos y equipamientos relacionados con el rubro del plástico y en general todo tipo de bienes corporales e incorporales, muebles e inmuebles. E) La realización de todos los actos y contratos conducentes a dichos fines y, en general, a cualquier otro negocio, actividad u operación que emprenda, sin limitación de ninguna especie. La empresa podrá efectuar los actos mencionados por cuenta propia o ajena, y para lograr su finalidad, podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y/o concurrir a la formación de sociedades o empresas de cualquier orden, ingresando a ellas como socio o accionista; así como otros negocios que los socios de común acuerdo decidan realizar relacionados con los anteriores. F) Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá adquirir y enajenar, a cualquier título y dar y tomar en arrendamiento u otra forma de tenencia, toda clase de bienes raíces o muebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios; gravarlos con hipotecas o prendas de cualquier clase; celebrar contratos de sociedad de cualquier clase u objeto; pudiendo ser socia gestora de sociedades en comandita y, en general, ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su comercio o a la inversión de fondos disponibles de la sociedad. Podrá, además, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con su objeto. - G) La realización de todos los actos y contratos conducentes a dichos fines y, en general, a cualquier otro negocio, actividad u operación que emprenda, sin limitación de ninguna especie. La empresa podrá efectuar los actos mencionados por cuenta propia o ajena, y para lograr su finalidad, podrá ingresar a otras sociedades ya existentes y/o concurrir a la formación de sociedades o empresas de cualquier orden, ingresando a ellas como socio o accionista; así como otros negocios que los socios de común acuerdo decidan realizar relacionados con los anteriores. Capital: $1.000.000.-, dividido en 1000 acciones nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. - JORGE LUIS GUTIERREZ ARANEDA suscribe mil acciones, y las paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, enterando la suma de un millón de pesos en la caja social. Demás estipulaciones constan escritura extractada. - Santiago, 28 de noviembre de 2025.

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