Sociedade por Ações

Comercial E-TEL SpA

CONSTITUCIÓN — 2 de fev. de 2019

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2019-02-02Ver PDF (CVE 1541378)

Informações societárias

SpA
Concepción, Biobío
Duração: indefinida
Administração: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Rómulo Fernando Mandiola Moreno y a don José Miguel Mandiola Neumann, quienes actuando separada e indistintamente, y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición.

Objeto social

La comercialización, distribución, importación, arrendamiento con o sin opción de compra, o explotación de todo tipo de bienes muebles, inmuebles, aparatos, equipos, insumos, accesorios, repuestos y partes destinados a las comunicaciones, su instalación, mantención y servicios generales, como también la representación de fabricantes, proveedores y marcas en general y cualquiera otra actividad relacionada con tal objeto o que lo complemente y la prestación de servicios a terceros. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los accionistas y permita un mejor aprovechamiento de la organización social. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Los demás negocios que los accionistas acuerden.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital integralizado

$5.000.000

Capital pendente

$0

Ações

100

Sócios (5)

NomeParticipação

María Teresa Neumann Saver

Accionista

30%

Rómulo Fernando Mandiola Moreno

Accionista

10%

María Angélica Mandiola Neumann

Accionista

15%

María Loreto Mandiola Neumann

Accionista

15%

José Miguel Mandiola Neumann

Accionista

30%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

SAMY HAWA ARELLANO, Notario suplente de titular RAMON GARCIA CARRASCO, Oficio Rengo 444, Concepción, certifica: por escritura pública ante el Titular de fecha18 de enero del año 2019, Repertorio 755-2019; MARÍA TERESA NEUMANN SAVER, RÓMULO FERNANDO MANDIOLA MORENO, MARÍA ANGÉLICA MANDIOLA NEUMANN, MARÍA LORETO MANDIOLA NEUMANN, y JOSÉ MIGUEL MANDIOLA NEUMANN, todos los anteriores domiciliados para estos efectos en calle Pintor Venegas N° 163 Palmas de Villuco comuna de Chiguayante, Región del Bio Bio, constituyeron una sociedad por acciones de cuyo texto extracto lo siguiente: Nombre: “COMERCIAL E-TEL SpA” pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “E-TEL SpA”. Objeto Social: 1) La comercialización, distribución, importación, arrendamiento con o sin opción de compra, o explotación de todo tipo de bienes muebles, inmuebles, aparatos, equipos, insumos, accesorios, repuestos y partes destinados a las comunicaciones, su instalación, mantención y servicios generales, como también la representación de fabricantes, proveedores y marcas en general y cualquiera otra actividad relacionada con tal objeto o que lo complemente y la prestación de servicios a terceros. 2) Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los accionistas y permita un mejor aprovechamiento de la organización social. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. 3) Los demás negocios que los accionistas acuerden. Capital Social: El capital de la Sociedad asciende a $5.000.000, dividido en 100 acciones nominativas, sin valor nominal, cada una de igual valor, todas de una misma serie las que se suscriben y pagan íntegramente y en su totalidad por los accionistas de la siguiente forma: 1) Por doña María Teresa Neumann Saver, quien suscribe 30 acciones, correspondientes a 30% de la participación accionaria de la Sociedad, por un valor equivalente en moneda de curso legal, a $1.500.000, íntegramente enterados y pagados en su totalidad en este mismo acto al contado y en dinero en efectivo. 2) Por don Rómulo Fernando Mandiola Moreno, quien suscribe 10 acciones, correspondientes a un 10% de la participación accionaria de la Sociedad, por un valor equivalente en moneda de curso legal, a $500.000, íntegramente enterados y pagados en su totalidad en este mismo acto al contado y en dinero en efectivo. 3) Por doña María Angélica Mandiola Neumann, quien suscribe 15 acciones, correspondientes a un 15% de la participación accionaria de la Sociedad, por un valor equivalente en moneda de curso legal, a $750.000, íntegramente enterados y pagados en su totalidad en este mismo acto al contado y en dinero en efectivo. 4) Por doña María Loreto Mandiola Neumann, quien suscribe 15 acciones, correspondientes a un 15% de la participación accionaria de la Sociedad, por un valor equivalente en moneda de curso legal, a $750.000, íntegramente enterados y pagados en su totalidad en este mismo acto al contado y en dinero en efectivo. 5) Por don José Miguel Mandiola Neumann, quien suscribe 30 acciones, correspondientes a un 30% de la participación accionaria de la Sociedad, por un valor equivalente en moneda de curso legal, a $1.500.000, íntegramente enterados y pagados en su totalidad en este mismo acto al contado y en dinero en efectivo. Los accionistas sólo serán responsables hasta el monto de sus respectivos aportes en la Sociedad. Duración: La sociedad tendrá duración indefinida. Domicilio: ciudad de Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas o sucursales en otras ciudades de Chile o en el extranjero. Administración: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Rómulo Fernando Mandiola Moreno y a don José Miguel Mandiola Neumann, quienes actuando separada e indistintamente, y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada una de las facultades señaladas en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, enero 31 de 2019.

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