Sociedade por Ações

Clínica Tarapacá Servicios Compartidos SpA

CONSTITUCIÓN — 30 de abr. de 2020

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-04-30Ver PDF (CVE 1756598)

Informações societárias

SpA
Iquique, Tarapacá
Duração: indefinida
Administração: Directorio compuesto de cinco miembros, accionistas o no, elegidos por la Junta General Ordinaria de Accionistas, por tres años, renovables indefinidamente.

Objeto social

El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales de administración, de gerencias, de recursos humanos, de finanzas, en las áreas tributarias, contables, legales, judiciales, comerciales, financieras, marketing, merchandising, publicidad, laborales, administrativas, de recursos humanos, de suministro de personal, de ventas, de gestión, de atención a clientes, sin perjuicio de poder prestar otros servicios no previstos precedentemente, que se relacione directa o indirectamente con las actividades que constituyen el objeto social y que los socios acuerden, siempre respetando lo previsto en el artículo sexto transitorio de los presentes estatutos.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$4.000.000

Ações

50

Sócios (3)

NomeParticipação

Jorge Gómez Johns

Accionista

8.xxx.xxx-1

10 ações

SERVICLINICA IQUIQUE INMOBILIARIA S.A.

Accionista

76.266.276-0

-

Ernesto Del Solar Benavente

Accionista

6.xxx.xxx-7

-

Representação legal (1)

Jorge Gómez Johns

8.xxx.xxx-1Em representação de SERVICLINICA IQUIQUE INMOBILIARIA S.A.76.266.276-0

Texto oficial do extrato

RUBEN ANTONIO ESCOBAR GARCIA, Notario Público Suplente Titular Iquique MARIA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, A. Pinto 555, Certifico, por escritura pública hoy ante mi, certifica que con esta fecha: Jorge Gómez Johns, chileno, ingeniero químico, cedula nacional de identidad y rol único tributario número ocho millones doscientos ochenta y tres mil novecientos cuarenta y seis guion uno, por sí y en representación según se acreditará de SERVICLINICA IQUIQUE INMOBILIARIA S.A., persona jurídica de su denominación, Rol Único Tributario número setenta y seis millones doscientos sesenta y seis mil doscientos setenta y seis guion cero, y de don Ernesto Del Solar Benavente, chileno, médico cirujano, y cedula nacional de identidad y rol único tributario número seis millones trescientos diecinueve mil setecientos cuarenta y seis guion siete; todos del mismo domicilio de su representada; constituyen una sociedad por acciones. Razón Social: “CLÍNICA TARAPACÁ SERVICIOS COMPARTIDOS SpA”, que se regirá por disposiciones de sus Estatutos, y en lo no previsto por las normas contenidas en los artículos trescientos cuarenta y ocho y siguientes del Código de Comercio, según texto fijado por la Ley veinte mil ciento noventa y en el silencio de estas, tendrán aplicación en cuanto fueren concordantes con la naturaleza de la sociedad y su objeto, las normas de la Ley dieciocho mil cuarenta y seis y su Reglamento, y en su caso, las normas del Código de Comercio y del Código Civil; Domicilio: La ciudad de Iquique, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se acuerde establecer, en el país o en el extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será la prestación de servicios profesionales de administración, de gerencias, de recursos humanos, de finanzas, en las áreas tributarias, contables, legales, judiciales, comerciales, financieras, marketing, merchandising, publicidad, laborales, administrativas, de recursos humanos, de suministro de personal, de ventas, de gestión, de atención a clientes, sin perjuicio de poder prestar otros servicios no previstos precedentemente, que se relacione directa o indirectamente con las actividades que constituyen el objeto social y que los socios acuerden, siempre respetando lo previsto en el artículo sexto transitorio de los presentes estatutos. Capital y Acciones: El capital de la Sociedad será la cantidad de cinco millones de pesos, dividido en cincuenta acciones nominativas, todas de una misma y única serie y sin valor nominal. El accionista constituyente paga en este acto un total de diez acciones, por un valor de un millón de pesos.- que entera en arcas sociales; DOS) El saldo de cuarenta acciones por un valor a cuatro millones.- equivalentes a ciento cuarenta y uno coma dos dos cuatro ocho Unidades de Fomento, se pagarán reajustadas conforme al valor de la Unidad de Fomento en el plazo máximo de tres años contados desde esta fecha. Administración: La sociedad será administrada por un Directorio compuesto de cinco miembros, accionistas o no, elegidos por la Junta General Ordinaria de Accionistas, los que duraran tres años en sus funciones. Se renovarán en su totalidad al final del periodo y podrán ser reelegidos indefinidamente. Duración: La sociedad comenzará sus operaciones tan pronto como se cumpla con las exigencias legales que contempla la ley veinte mil ciento noventa.- y con las normas tributarias que le son exigibles para dichos efectos y su duración es indefinida. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Iquique 15 de Abril del 2020.-

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