Sociedade de Responsabilidade Limitada

Certificacion Vertical Chile Limitada

CONSTITUCIÓN — 23 de jun. de 2017

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2017-06-23Ver PDF (CVE 1232081)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: cinco años a contar de esta fecha, plazo que se entenderá automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, en la forma que se indica pacto que se extracta
Administração: la administración, representación y uso de la razón social de la sociedad y de su abreviatura corresponderá a los socios SEBASTIAN ALEXIS RUIZ LOI y don CESAR OCTAVIO BOBADILLA DIAZ, quienes actuando conjuntamente y separadamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades

Objeto social

la certificación de ascensores tanto verticales como inclinados, funiculares, montacargas y escaleras o rampas mecánicas para movimiento de carga y traslado de personas. Ingeniería de proyectos, permuta, acondicionamientos de edificios, transporte, asesoría técnica en automatización, hidráulica, mecánica, eléctrica, soporte técnico y, en general, la realización de los demás negocios, actos de comercio y contratos que los socios acuerden y que digan relación con éstos rubros

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital integralizado

$2.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (4)

NomeParticipação

MAXIMILIANO ALEXIS GONZALEZ AGUILA

Socio

25%

SEBASTIAN ALEXIS RUIZ LOI

Socio

25%

SERGIO WILLIAM FUENTES RODRIGUEZ

Socio

25%

CESAR OCTAVIO BOBADILLA DIAZ

Socio

25%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

JOSE LEONARDO BRUSI MUÑOZ, Notario Público de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, Suplente del Titular, Don ALVARO DAVID GONZALEZ SALINAS, con oficio en Agustinas 1070, 2 piso, Santiago, certifica que por escritura pública otorgada hoy ante mí, don MAXIMILIANO ALEXIS GONZALEZ AGUILA, Caribú mil doscientos cinco, comuna de Maipú; don SEBASTIAN ALEXIS RUIZ LOI, Siglo XX mil tres, comuna de Maipú; don SERGIO WILLIAM FUENTES RODRIGUEZ, Avenida Las Torres trescientos, departamento trescientos treinta y seis, comuna de Maipú; y don CESAR OCTAVIO BOBADILLA DIAZ, Las Orquídeas Oriente dos mil cuatrocientos cuarenta y tres, comuna de Lampa constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada. Razón social de la sociedad será " CERTIFICACION VERTICAL CHILE LIMITADA ”. Nombre de fantasía "CERTIFICACION VERTICAL CHILE LTDA. ". Domicilio Santiago. Objeto de la sociedad será la certificación de ascensores tanto verticales como inclinados, funiculares, montacargas y escaleras o rampas mecánicas para movimiento de carga y traslado de personas. Ingeniería de proyectos, permuta, acondicionamientos de edificios, transporte, asesoría técnica en automatización, hidráulica, mecánica, eléctrica, soporte técnico y, en general, la realización de los demás negocios, actos de comercio y contratos que los socios acuerden y que digan relación con éstos rubros. La administración, representación y uso de la razón social de la sociedad y de su abreviatura corresponderá a los socios SEBASTIAN ALEXIS RUIZ LOI y don CESAR OCTAVIO BOBADILLA DIAZ, quienes actuando conjuntamente y separadamente por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades.- Capital. $2.000.000, que los socios aportan y pagan de la siguiente forma: don MAXIMILIANO ALEXIS GONZALEZ AGUILA, aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al veinticinco por ciento de los derechos sociales, los que entera en este acto en dinero en efectivo, quedando ingresados en este acto a la caja social; don SEBASTIAN ALEXIS RUIZ LOI, aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al veinticinco por ciento de los derechos sociales, los que entera en este acto en dinero en efectivo, quedando ingresados en este acto a la caja social; don SERGIO WILLIAM FUENTES RODRIGUEZ, aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al veinticinco por ciento de los derechos sociales, los que entera en este acto en dinero en efectivo, quedando ingresados en este acto a la caja social; y don CESAR OCTAVIO BOBADILLA DIAZ, aporta la suma de quinientos mil pesos, equivalentes al veinticinco por ciento de los derechos sociales, los que entera en este acto en dinero en efectivo, quedando ingresados en este acto a la caja social. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. La duración de la sociedad será de cinco años a contar de esta fecha, plazo que se entenderá automáticamente prorrogado por períodos iguales y sucesivos de dos años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, en la forma que se indica pacto que se extracta.- Santiago, 23 de mayo de 2017.

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