Sociedade de Responsabilidade Limitada

Centro Médico Otoped Limitada

CONSTITUCIÓN — 24 de dez. de 2020

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-12-24Ver PDF (CVE 1871001)

Informações societárias

Ltda
Concepción, Biobío
Duração: hasta el 31 de diciembre del año 2034, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno
Administração: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Gino Alessandro Marisio Luengo y a doña Miriam Seiter Lomas, quienes actuando separada e indistintamente, y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición.

Objeto social

La Sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios médicos comprendiendo exámenes e informes, diagnósticos, estudios clínicos, consultas, cirugías mayores y menores, intervenciones quirúrgicas de todo tipo, enfermería, tratamientos, evaluaciones pre y post operatorias y realización de exámenes de todo tipo. Incluirá, asimismo, la compra, arriendo, administración y explotación, bajo cualquier forma, de equipos médicos y de radiología; b) Efectuar inversiones en bienes muebles, para lo cual podrá adquirir y enajenar cualquier valor de inversión de cualquier naturaleza, administrar dichas inversiones y percibir sus frutos; c) La compra, venta, permuta, arrendamiento, importación, exportación, comercialización, representación y distribución de artículos e insumos médicos e instrumental y equipos del rubro de la medicina, a cualquier título; d) La participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto; y e) La participación en cualquier otro negocio o actividad comercial, industrial o financiera que convengan los socios y tenga relación directa o indirecta con el objeto social.

Capital

Capital total

$1.000.000

Capital integralizado

$1.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

Gino Alessandro Marisio Luengo

Socio

50%

Miriam Seiter Lomas

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

JOSE AGUSTIN DONOSO MUSIATI, Notario Suplente del Titular RAMÓN GARCÍA CARRASCO, oficio Rengo Nº 444 certifica: escritura de fecha 15-12-2020, ante mí, don GINO ALESSANDRO MARISIO LUENGO y doña MIRIAM SEITER LOMAS, ambos domiciliados para estos efectos en calle Ramón Carrasco 345, casa 53, Concepción, constituyeron sociedad civil de responsabilidad limitada de cuyo texto extracto lo siguiente: Razón Social: “CENTRO MÉDICO OTOPED LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso comerciales, tributarios y bancarios, indistintamente la expresión abreviada de “OTOPED LTDA”. Objeto Social: La Sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios médicos comprendiendo exámenes e informes, diagnósticos, estudios clínicos, consultas, cirugías mayores y menores, intervenciones quirúrgicas de todo tipo, enfermería, tratamientos, evaluaciones pre y post operatorias y realización de exámenes de todo tipo. Incluirá, asimismo, la compra, arriendo, administración y explotación, bajo cualquier forma, de equipos médicos y de radiología; b) Efectuar inversiones en bienes muebles, para lo cual podrá adquirir y enajenar cualquier valor de inversión de cualquier naturaleza, administrar dichas inversiones y percibir sus frutos; c) La compra, venta, permuta, arrendamiento, importación, exportación, comercialización, representación y distribución de artículos e insumos médicos e instrumental y equipos del rubro de la medicina, a cualquier título; d) La participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto; y e) La participación en cualquier otro negocio o actividad comercial, industrial o financiera que convengan los socios y tenga relación directa o indirecta con el objeto social. Administración, Representación y Uso Razón Social: La administración y representación judicial y extrajudicial de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Gino Alessandro Marisio Luengo y a doña Miriam Seiter Lomas, quienes actuando separada e indistintamente, y anteponiendo la razón social a su firma, la representarán con las más amplias facultades de administración y disposición, pudiendo ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos o convenciones de cualquier naturaleza que sean, que se relacionen directa o indirectamente con el objeto social, con todas y cada unas de las facultades señaladas en la escritura extractada que se dan por reproducidas una a una. Capital Social: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma: a) don Gino Alessandro Marisio Luengo aporta la suma de $500.000, equivalentes al 50 % del capital social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo en este mismo acto en la caja social; y, b) doña Miriam Seiter Lomas aporta la suma de $500.000, equivalentes al 50 % del capital social, que entera en su totalidad en dinero en efectivo en este mismo acto en la caja social. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Duración: La sociedad rige desde fecha escritura extractada y durará hasta el 31 de diciembre del año 2034, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de seis meses antes del respectivo vencimiento. Sólo con el acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Domicilio: comuna Concepción, pudiendo establecer agencias, oficinas y sucursales en otros puntos del país o del extranjero. Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, diciembre 17 de 2020.

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