Cabañas De Peppino Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
HOTELES; CAMPAMENTOS Y OTROS TIPOS DE HOSPEDAJE TEMPORAL.
Capital
Capital total
$5.000.000
Capital integralizado
$5.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 8.xxx.xxx-3 | 8.xxx.xxx-3 | 10% | $500.000 |
JULIO FRANCISCO ERAZO GUERRA Socio 7.xxx.xxx-8 | 7.xxx.xxx-8 | 90% | $4.500.000 |
Administradores (1)
JULIO FRANCISCO ERAZO GUERRA
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior El Registro de Empresas y Sociedades, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo O'Higgins 1449 torre 2 piso 11, comuna de Santiago, región Metropolitana de Santiago, certifica que, según consta en el Estatuto Actualizado, Ada Ester Quezada Fernández, RUN: 8.961.156-3, con domicilio en: EL MOLINO N° 2150, QUILICURA, región METROPOLITANA DE SANTIAGO, Julio Francisco Erazo Guerra, RUN: 7.549.065-8, con domicilio en: EL MOLINO N° 2150, QUILICURA, región METROPOLITANA DE SANTIAGO, son los únicos socios de una sociedad de responsabilidad limitada, constituida e inscrita en el Registro Electrónico de Empresas y Sociedades con fecha 05 de abril del 2017, regida por la Ley 3.918, sus modificaciones y demás leyes pertinentes, de cuyo estatuto actualizado se extracta lo siguiente: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL: CABAÑAS DE PEPPINO LIMITADA . NOMBRE DE FANTASÍA: DE PEPPINO LIMITADA. OBJETO: HOTELES; CAMPAMENTOS Y OTROS TIPOS DE HOSPEDAJE TEMPORAL. DOMICILIO: Comuna de Quilicura, región metropolitana de santiago, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. DURACIÓN: La duración de la Sociedad será a contar de la fecha de la presente escritura por plazos renovables de 5 años, y no termina con la muerte de algún socio, No se disolverá la sociedad por el fallecimiento, expiración, insolvencia, quiebra, interdicción o incapacidad sobreviniente de cualquiera de los actuales o futuros socios. En caso de fallecer uno de los socios, la sociedad continuará entre los otros socios y los herederos de aquél, quienes deberán hacerse representar ante la sociedad por un mandatario común y único, que además deberá ser persona natural. En caso de fallecer o quedar incapacitado cualquiera de los socios administradores, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderán exclusivamente a los otros socios administradores, en caso de haberlos. En caso de no existir otros socios con facultades administradoras, la administración pasará a todos los socios actuando conjuntamente. La renovación automática quedará sin efecto mediante escritura pública Anotada en el Registro con al menos tres meses de anticipación al vencimiento, en la que cualquier socio manifieste dicha voluntad. CAPITAL SOCIAL: El capital de la Sociedad es la cantidad de $5.000.000 de pesos, que ha sido completamente enterado; que los socios se obligan a aportar y pagar en las proporciones de la forma siguiente: A) ADA ESTER QUEZADA FERNÁNDEZ tiene una participación de un 10 por ciento en la propiedad de la presente compañía, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de $500.000 pesos; B) JULIO FRANCISCO ERAZO GUERRA tiene una participación de un 90 por ciento en la propiedad de la presente compañía, habiendo aportado y pagado con anterioridad a esta fecha la cantidad de $4.500.000 pesos; ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: JULIO FRANCISCO ERAZO GUERRA, como un solo socio. Responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones en estatuto actualizado extractado.
Atuações recentes
- MIGRACIÓN
CABAÑAS DE PEPPINO LIMITADA
CVE 2805758
