Sociedade de Responsabilidade Limitada

Bravo, Lara & Eriz, Enfermería Limitada

CONSTITUCIÓN — 22 de ago. de 2020

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2020-08-22Ver PDF (CVE 1803958)

Informações societárias

Ltda
Talca, Maule
Duração: 5 años, prorrogables tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno
Administração: corresponderá exclusivamente a todas las socias, con amplias facultades, quienes establecen que para validez de los actos celebrados por la sociedad, será necesario la firma de a lo menos 2 de las socias

Objeto social

A) La prestación de servicios profesionales médicos, quirúrgicos y de enfermería en las diversas áreas o especialidades de esta y en especial la prestación de servicios que digan relación con procedimientos de enfermería propiamente tal, pabellones de cirugía menor, vacunatorio ya sea del Programa Nacional de Inmunizaciones, vacunas complementarias y del viajero, pudiendo ejecutar todas las actividades que estén relacionadas directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro con este giro, en todas las áreas de la salud, asesorando y representado a personas naturales, empresas públicas o privadas de cualquier giro o actividad, a Instituciones Públicas de la Administración del Estado, sean autónomas, centralizadas o descentralizadas, a Municipalidades u otros entes o instituciones, pudiendo ejecutar proyectos y licitaciones públicas dentro de estas materias financiadas con fondos públicos o privados .- B) La realización de todo tipo de investigación en el área de la enfermería y materias afines, comprendiendo la docencia, capacitación, las auditorias clínicas y la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal, tanto en clínicas como en el domicilio particular del paciente; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Isapres o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. Al efecto la sociedad podrá comprar, vender, arrendar en todas sus formas, equipos técnicos profesionales y de cualquier tipo que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social. Podrá asimismo, comprar, vender o arrendar todo tipo de bienes muebles o inmuebles que sean necesarios; importar y exportar toda clase de bienes, sean corporales muebles e inmuebles o incorporales; otorgar asistencia técnica y profesional por sí o por terceros y, en general, cualquier actividad que los socios acuerden y que tenga relación con el área de la salud.- C) La realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, administrativo, económico, financiero, y técnicos por sí o contratando los servicios de terceras personas.- D) La inversión en bienes corporales, incorporales, muebles e inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de rentas que deriven de las anteriores.- E) Edición de libros, periódicos, publicaciones y otras actividades editoriales que acuerden los socios bajo el nombre de fantasía singularizado en la cláusula segunda del presente instrumento.- F) En general, cualquier otra actividad que los socios pudieren acordar en el futuro, sin que para ello sea necesaria la modificación de los presentes Estatutos.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital integralizado

$3.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (3)

NomeParticipação

MARÍA JOSÉ BRAVO SANDOVAL

Socio

33.3333%

SCARLETT CAROL ERIZ ALEGRÍA

Socio

33.3333%

KARLA VALESKA LARA LARA

Socio

33.3333%

Administradores (3)

Texto oficial do extrato

TEODORO PATRICIO DURÁN PALMA, Notario Público Titular de la Quinta Notaría de Talca, con oficio en 1 Norte Nº 888 de Talca, certifico: Por escritura pública, otorgada hoy, ante mí, doña MARÍA JOSÉ BRAVO SANDOVAL, domiciliada en 31 ½ Oriente B N°1453 de la comuna de Talca; doña SCARLETT CAROL ERIZ ALEGRÍA, domiciliada en 21 Poniente N°874, Parque Magisterio, departamento F N°102 de la comuna de Talca; y doña KARLA VALESKA LARA LARA, domiciliada en Villa Bicentenario, 19 ½ Norte B con 22 Oriente A N°3038, de la comuna de Talca; constituyen sociedad de responsabilidad limitada: Razón social: “BRAVO, LARA & ERIZ, ENFERMERÍA LIMITADA”; Nombre fantasía: “VACUNATORIO Y ENFERMERIA LAS RASTRAS LTDA.”; Administración, representación de la sociedad y uso de la razón social: corresponderá exclusivamente a todas las socias, con amplias facultades, quienes establecen que para validez de los actos celebrados por la sociedad, será necesario la firma de a lo menos 2 de las socias; Objeto: A) La prestación de servicios profesionales médicos, quirúrgicos y de enfermería en las diversas áreas o especialidades de esta y en especial la prestación de servicios que digan relación con procedimientos de enfermería propiamente tal, pabellones de cirugía menor, vacunatorio ya sea del Programa Nacional de Inmunizaciones, vacunas complementarias y del viajero, pudiendo ejecutar todas las actividades que estén relacionadas directa e indirectamente, en la actualidad o en el futuro con este giro, en todas las áreas de la salud, asesorando y representado a personas naturales, empresas públicas o privadas de cualquier giro o actividad, a Instituciones Públicas de la Administración del Estado, sean autónomas, centralizadas o descentralizadas, a Municipalidades u otros entes o instituciones, pudiendo ejecutar proyectos y licitaciones públicas dentro de estas materias financiadas con fondos públicos o privados .- B) La realización de todo tipo de investigación en el área de la enfermería y materias afines, comprendiendo la docencia, capacitación, las auditorias clínicas y la realización de cualquiera otra actividad profesional conexa o derivada de la principal, tanto en clínicas como en el domicilio particular del paciente; en forma directa o a través de convenios, sea a particulares o beneficiarios del Fondo Nacional de Salud, Isapres o Institutos de Salud Previsional, Servicios de Bienestar o de organismos del sector público, municipal o privado. Al efecto la sociedad podrá comprar, vender, arrendar en todas sus formas, equipos técnicos profesionales y de cualquier tipo que sean necesarios para el cumplimiento del objeto social. Podrá asimismo, comprar, vender o arrendar todo tipo de bienes muebles o inmuebles que sean necesarios; importar y exportar toda clase de bienes, sean corporales muebles e inmuebles o incorporales; otorgar asistencia técnica y profesional por sí o por terceros y, en general, cualquier actividad que los socios acuerden y que tenga relación con el área de la salud.- C) La realización de todo tipo de estudios, asesorías y consultorías de carácter comercial, administrativo, económico, financiero, y técnicos por sí o contratando los servicios de terceras personas.- D) La inversión en bienes corporales, incorporales, muebles e inmuebles, inclusive acciones o participaciones sociales o derechos en sociedades de personas, su administración y la percepción de rentas que deriven de las anteriores.- E) Edición de libros, periódicos, publicaciones y otras actividades editoriales que acuerden los socios bajo el nombre de fantasía singularizado en la cláusula segunda del presente instrumento.- F) En general, cualquier otra actividad que los socios pudieren acordar en el futuro, sin que para ello sea necesaria la modificación de los presentes Estatutos. Para tales objetos, la sociedad, entre otros actos, podrá siempre y en todo momento contraer, suscribir y celebrar todas aquellas obligaciones, contratos y acuerdos que sean directa e indirectamente convenientes o necesarios para el íntegro, adecuado y oportuno cumplimiento de su objeto social. Finalmente los socios podrán establecer otros negocios, giros o actividades que estimen convenientes a sus intereses sean o no similares, anexos o conexos a los del objeto principal sin necesidad de modificar o reformar los presentes estatutos; Capital: $3.000.000.-, que las socias María José Bravo Sandoval, Scarlett Carol Eriz Alegría y Karla Valeska Lara Lara, aportan en iguales partes, con la suma de $1.000.000.-, cada una, equivalentes al 33,3333% periódico del capital social, para cada socia, que enteran en este acto, en dinero en efectivo, ingresado en arcas sociales; Duración: empezará a regir a contar de esta fecha y tendrá una duración de 5 años, prorrogables, tácita, automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno; Domicilio: será la comuna de Talca, sin perjuicio de poder establecer sucursales o agencias en otras ciudades del país o en el extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Talca, 13 de agosto de 2020.-

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