Sociedade de Responsabilidade Limitada

Asesorías y Servicios Legales ETR Limitada

CONSTITUCIÓN — 31 de dez. de 2022

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2022-12-31Ver PDF (CVE 2246088)

Informações societárias

Ltda
Concepción, Biobío
Duração: 5 años, renovable sucesiva y tácitamente por períodos de 5 años cada uno si ninguno de los socios manifestare su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación de 6 meses contados desde la fecha de expiración
Administração: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a Enrique Andrés Tapia Rivera y Felipe Andrés Tapia Reyes, quienes podrán actuar con las más amplias facultades en la forma establecida en la escritura extractada.

Objeto social

La prestación de servicios de asesorías y de todo tipo de servicios profesionales de abogado, pudiendo realizar cualquier tipo de acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia del mismo.

Capital

Capital total

$2.000.000

Capital integralizado

$2.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

Enrique Andrés Tapia Rivera

Socio

75%

Felipe Andrés Tapia Reyes

Socio

25%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

PEDRO ENRIQUE HIDALGO SARZOSA, Notario Público Interino de la Primera Notaría y Conservador de Minas de Concepción, oficio calle Barros Arana 989, certifico: Por escritura pública de fecha 23 de Diciembre de 2022, ante mí, ENRIQUE ANDRÉS TAPIA RIVERA, abogado, domicilio en calle Diagonal Pedro Aguirre Cerda 1160, Concepción; y FELIPE ANDRÉS TAPIA REYES, abogado, domicilio en Malén Poniente N°2596, Andalué, San Pedro de la Paz, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, sociedad de profesionales en los términos y al amparo del artículo 42 N°2 de la Ley de Impuesto a la Renta, de razón social ASESORIAS Y SERVICIOS LEGALES ETR LIMITADA. Domicilio de la sociedad establecido en Concepción. El objeto de la sociedad será la prestación de servicios de asesorías y de todo tipo de servicios profesionales de abogado, pudiendo realizar cualquier tipo de acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia del mismo. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá separada e indistintamente a don Enrique Andrés Tapia Rivera, y Felipe Andrés Tapia Reyes, quienes podrán actuar con las mas amplias facultades en la forma establecida en la escritura extractada. El capital de la sociedad es la suma de $2.000.000, que los socios aportan de la siguiente manera: 1. Don Enrique Andrés Tapia Rivera, aporta la cantidad de $1.500.000, pagados y enterado en la caja social. 2.- Don Felipe Andrés Tapia Reyes, la suma de $500.000 pagados y enterados en caja social. La responsabilidad de los socios queda limitado a sus respectivos aportes. Las utilidades, así como las pérdidas se distribuirán de acuerdo a sus respectivos aportes. La sociedad rige desde la fecha de escritura extractada y tendrá una duración de 5 años, plazo que se renovará sucesiva y tácita-mente por períodos de 5 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad en contrario mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con una anticipación de 6 meses contados desde fecha de expiración.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Concepción, 29 de Diciembre de 2022.

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