Sociedade de Responsabilidade Limitada

Asesorías Syngular Limitada

CONSTITUCIÓN — 21 de jan. de 2023

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2023-01-21Ver PDF (CVE 2257543)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: 30 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga.
Administração: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don TOMÁS VELASCO WEBER, quien, actuando de manera individual, y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada.

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios de asesorías profesionales a todo tipo de personas naturales o jurídicas, ya sea en el país como en el extranjero en áreas de consultoría, y servicios administrativos, financieros, corporativos y de recursos humanos; y b) Realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios profesionales en las áreas indicadas precedentemente. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, convenciones y contratos.

Capital

Capital total

$1.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

TOMÁS VELASCO WEBER

Socio

99.9%

PABLO ANDRÉS EYZAGUIRRE VELASCO

Socio

0.1%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

MARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N° 7955, certifica: Por escritura pública otorgada con fecha 28 de diciembre del año 2022, ante mí, don TOMÁS VELASCO WEBER, domiciliado para estos efectos en calle Las Tranqueras N°2.500, depto. 74, comuna de Vitacura, de paso en ésta, Región Metropolitana; y don PABLO ANDRÉS EYZAGUIRRE VELASCO, domiciliado para estos efectos en calle Malalhue N°4.470, comuna de Lo Barnechea, de paso en ésta, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada: Razón Social: “ASESORÍAS SYNGULAR LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de “ASESORÍAS SYNGULAR LTDA.” o “SYNGULAR LTDA.” Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La prestación de servicios de asesorías profesionales a todo tipo de personas naturales o jurídicas, ya sea en el país como en el extranjero en áreas de consultoría, y servicios administrativos, financieros, corporativos y de recursos humanos; y b) Realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos mencionados, en la medida que tengan el carácter de asesorías o servicios profesionales en las áreas indicadas precedentemente. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos, convenciones y contratos. Duración: 30 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifestare su deseo de ponerle término mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad en el Registro de Comercio, por lo menos con 6 meses de anticipación al vencimiento de la sociedad o de cualquiera de sus períodos de prórroga. Capital: $1.000.000, que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) don TOMÁS VELASCO WEBER, con el 99,9% del total de los derechos sociales, correspondientes a $999.000 del capital social, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, debidamente reajustado; y b) don PABLO ANDRÉS EYZAGUIRRE VELASCO, con el 0,1% del total de los derechos sociales, correspondientes a $1.000 del capital social, los cuales pagará con dinero en efectivo o en especies, dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, debidamente reajustado. La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de don TOMÁS VELASCO WEBER, quien, actuando de manera individual, y anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada. Demás cláusulas constan en escritura extractada. San Ramón, 18 de enero de 2023. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Público.

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