Asesorías E Inversiones Familia Villegas Mena Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto: /a/ La prestación de servicios profesionales y técnicos, por cuenta propia o ajena, en las áreas de finanzas, economía, gestión de negocios, organización y/o administración de empresas, manejo de recursos y personal, producción, marketing, y en general de todas aquellas áreas de actividad relacionadas con el desarrollo, funcionamiento y ejecución de toda clase de negocios y empresas, y cualquiera otra actividad relacionada directa o indirectamente con lo anterior que los socios acuerden; /b/ Comprar, vender, arrendar, administrar, adquirir por cualquier título, gravar y enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles, y en general, realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; /c/ La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; y /d/ En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o convenientes para tales objetivos.
Capital
Capital total
$1.000.000
Capital integralizado
$1.000.000
Capital pendente
$0
Sócios (5)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
César Patricio Villegas Urrutia Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Administradores (5)
Representantes perante o SII (5)
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos Número ochocientos treinta y cinco, piso dieciocho, comuna de Santiago, que por escritura pública, de fecha 19 de agosto del año 2025, otorgada en este misma Notaría bajo el número de Repertorio 24.093- 2025, ante mí: /Uno/ don César Patricio Villegas Urrutia, domiciliado en Condominio Campanario, Parcela 17, comuna de La Cruz, Región de Valparaíso; /Dos/ doña Ana María Mena Mardones, del mismo domicilio del anterior; /Tres/ doña Ana Cristina Villegas Mena, en Parcela El Peuco, Kilómetros 12, Lote Uno, comuna de Quillota, comuna y ciudad de Quillota, Región de Valparaíso; /Cuatro/ don César Armando Villegas Mena, del mismo domicilio del anterior; /Cinco/ don Hugo Andrés Villegas Mena, del mismo domicilio del anterior; constituyeron una sociedad de responsabilidad limitada, en adelante, la “Sociedad”, que se regirá por las disposiciones de la Ley 3.918 y sus modificaciones posteriores y demás leyes pertinentes, y en especial, por los estatutos que se se extractan a continuación: Razón Social: El nombre de la sociedad será “ASESORÍAS E INVERSIONES FAMILIA VILLEGAS MENA LIMITADA”, pudiendo usar el nombre de fantasía “ASESORÍAS E INVERSIONES FVM LTDA”. Objeto: La sociedad tendrá por objeto: /a/ La prestación de servicios profesionales y técnicos, por cuenta propia o ajena, en las áreas de finanzas, economía, gestión de negocios, organización y/o administración de empresas, manejo de recursos y personal, producción, marketing, y en general de todas aquellas áreas de actividad relacionadas con el desarrollo, funcionamiento y ejecución de toda clase de negocios y empresas, y cualquiera otra actividad relacionada directa o indirectamente con lo anterior que los socios acuerden; /b/ Comprar, vender, arrendar, administrar, adquirir por cualquier título, gravar y enajenar toda clase de bienes muebles e inmuebles, y en general, realizar inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo cuotas de fondos de inversión, bonos, debentures, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; /c/ La participación como inversionista en toda clase de negocios, sociedades o empresas o la constitución o desarrollo de los mismos por cuenta propia o ajena o en asociación con terceros; y /d/ En general, ejecutar y celebrar todos los actos y contratos que los socios estimen necesarios o convenientes para tales objetivos. Duración: La duración de la sociedad será de 30 años contados desde esta fecha, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla mediante una declaración en tal sentido efectuada por escritura pública de la que deberá tomarse nota en el Registro de Comercio al margen de la inscripción social, con a lo menos seis meses de anticipación al vencimiento del respectivo período. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $1.000.000, el que fue íntegramente aportado y pagado de la siguiente forma: /a/ César Patricio Villegas Urrutia, la suma de $200.000, equivalentes al 20% de los derechos sociales; /b/ Ana María Mena Mardones, la suma de $200.000, equivalentes al 20% de los derechos sociales; /c/ Ana Cristina Villegas Mena, la suma de $200.000, equivalentes al 20% de los derechos sociales; /d/ César Armando Villegas Mena, la suma de $200.000, equivalentes al veinte por ciento de los derechos sociales; y /e/ Hugo Andrés Villegas Mena, la suma de $200.000, equivalentes al 20% de los derechos sociales. Responsabilidad: La responsabilidad de los socios queda limitada a sus respectivos aportes. Administración y uso de la razón social: La administración y uso de la razón social le corresponderá a don César Patricio Villegas Urrutia, a doña Ana María Mena Mardones, a doña Ana Cristina Villegas Mena, don César Armando Villegas Mena y a don Hugo Andrés Villegas Mena, quienes actuando conjuntamente dos cualquiera de ellos, representarán a la Sociedad con las más amplias facultades y disposición de bienes indicadas en escritura extractada. Se faculta al portador de este extracto, para requerir las inscripciones, subinscripciones y anotaciones pertinentes, y para efectuar todos aquellos trámites conducentes a la completa legalización de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 05 de septiembre de 2025.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
ASESORÍAS E INVERSIONES FAMILIA VILLEGAS MENA LIMITADA
CVE 2699322
