Sociedade de Responsabilidade Limitada

Asesorías CB Limitada

CONSTITUCIÓN — 16 de dez. de 2022

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2022-12-16Ver PDF (CVE 2235492)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: Hasta el 2030-12-31, renovable sucesiva y tácitamente por períodos de tres años
Administração: Separada e indistintamente por los socios designados, con uso de la razón social

Objeto social

La prestación de servicios profesionales de auditoría y contabilidad, asesoría tributaria, asesoría económica y financiera, outsourcing contable, de recursos humanos, de sueldos y remuneraciones y la planificación, estudio, diseño y ejecución de toda clase de proyectos y prestaciones de servicios del área tributaria.

Capital

Capital total

$300.000

Capital integralizado

$300.000

Capital pendente

$0

Sócios (3)

NomeParticipação

Felipe Ignacio Crespillo Echeverría

Socio

40%

María Fernanda Vera Pfeifer

Socio

40%

Mario Alberto Bascuñán Arroyo

Socio

20%

Texto oficial do extrato

MARÍA PILAR GUTIÉRREZ RIVERA, titular de la 18° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 669, piso 8, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública otorgada con fecha 30 de noviembre de 2022, Repertorio 17.799 / 2022, ante mí, don Felipe Ignacio Crespillo Echeverría, doña María Fernanda Vera Pfeifer y don Mario Alberto Bascuñán Arroyo, todos con domicilio, para estos efectos, en Avenida Providencia número mil doscientos ocho, oficina quinientos cuatro, comuna de Providencia, Región Metropolitana, constituyeron la sociedad civil de responsabilidad limitada denominada Asesorías CB Limitada, con domicilio en Santiago, y cuyo objeto es la prestación de servicios profesionales de auditoría y contabilidad, asesoría tributaria, asesoría económica y financiera, outsourcing contable, de recursos humanos, de sueldos y remuneraciones y la planificación, estudio, diseño y ejecución de toda clase de proyectos y prestaciones de servicios del área tributaria. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponden, separada e indistintamente, a don Felipe Ignacio Crespillo Echeverría, a doña María Fernanda Vera Pfeifer y a don Mario Alberto Bascuñán Arroyo. Esta designación no es esencial, ni entraba el otorgamiento de mandatos o poderes generales o especiales a favor de uno o más de los mismos socios o de terceros. El capital de la sociedad es la suma de trescientos mil pesos, aportado y pagado por los socios en este acto, en dinero efectivo, y que les corresponde como sigue: a) a don Felipe Ignacio Crespillo Echeverría, en la suma de ciento veinte mil pesos; b) a doña María Fernanda Vera Pfeifer, en la suma de ciento veinte mil pesos; y c) a don Mario Alberto Bascuñán Arroyo, en la suma de sesenta mil pesos. La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. La sociedad rige desde esta fecha y durará hasta el treinta y uno de diciembre del año dos mil treinta, plazo que se renovará sucesiva y tácitamente por períodos de tres años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de poner término a la sociedad al vencimiento del plazo inicial o de cualquiera de sus prórrogas, lo que se deberá hacer mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social con no menos de seis meses de anticipación al respectivo vencimiento. Sólo con acuerdo unánime de los socios podrá dejarse sin efecto el desahucio formulado por cualquiera de ellos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de diciembre de 2022.

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