Asesorías Catalaxia Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
la prestación de asesorías, servicios profesionales y consultorías empresariales en materias administrativas, factibilidad de proyectos, económicas, contables, tributarias, de filosofía, de historia y en todas las demás materias afines a ellas, incluyendo docencia, investigación, charlas y seminarios
Capital
Capital total
$1.000.000
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 80% | $800.000 |
Socio | - | 20% | $200.000 |
Administradores (1)
Texto oficial do extrato
Ministerio del Interior Juan Ricardo San Martín Urrejola, Notario Público, Titular 43° Notaría Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 22 de Mayo de 2026 ante mí, Leonidas Montes Lira y Angela Montes Soza, ambos calle Enrique Foster Sur 39, piso 13, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de profesionales de responsabilidad limitada denominada “ASESORÍAS CATALAXIA LIMITADA”. Domicilio: Santiago. Objeto: la prestación de asesorías, servicios profesionales y consultorías empresariales en materias administrativas, factibilidad de proyectos, económicas, contables, tributarias, de filosofía, de historia y en todas las demás materias afines a ellas, incluyendo docencia, investigación, charlas y seminarios. Administración y uso de la razón social: Leonidas Montes Lira, actuando en forma individual, con amplias facultades. Capital: $1.000.000, que los socios pagarán de la siguiente forma: a) Leonidas Montes Lira aportará $800.000, equivalentes al 80% de los derechos sociales; y b) Angela Montes Soza aportará $200.000, equivalentes al 20% de los derechos sociales. El capital se pagará dentro del plazo de 3 años contado desde la fecha de constitución social, a medida que las necesidades sociales lo requieran. Duración: 5 años contados desde la fecha de la escritura de constitución, plazo que se entenderá renovado en forma automática, tácita y sucesiva por períodos iguales de 3 años cada uno, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante declaración que deberá efectuarse por medio de escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con a lo menos 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo original o de una cualquiera de las prórrogas que estuviere corriendo. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 26 de Mayo de 2026.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
ASESORÍAS CATALAXIA LIMITADA
CVE 2818259
