Sociedade de Responsabilidade Limitada

Asesoría Legal Educacional Limitada

CONSTITUCIÓN — 10 de nov. de 2018

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2018-11-10Ver PDF (CVE 1492742)

Informações societárias

Ltda
Padre Hurtado, Región Metropolitana
Duração: 5 años renovables según estatutos
Administração: Conjunta o separadamente, a socios JUAN FRANCISCO CASTILLO ÁVILA y DANIELA PAZ RAMÍREZ GONZALEZ, con amplias facultades señaladas en escritura.

Objeto social

a) la prestación de todo tipo de servicios jurídicos, principalmente en el área de la litigación judicial y administrativa, consultoría de empresas, asesorías en negocios e inversiones, patrocinios y representación judicial, ante todo tipo de Tribunales, ordinarios o especiales, la conducción de toda clase de mandatos civiles y comerciales, con o sin representación, y de otro tipo de encargo fiduciario, sea respecto de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, como asimismo la asesoría y consultoría en toda clase de asuntos penales, civiles, comerciales, administrativos, medioambientales, mineros, tributarios y laborales, entre otros; la planificación y gestión legal y de inversiones, y en general cualquier asesoría o gestiones relacionadas con el ejercicio mismo de la profesión de abogado, por intermedio de sus socios, asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven en la prestación de los servicios profesionales anteriormente señalados; b) el ejercicio de la mediación privada y/o licitada en los ámbitos familiar, escolar, laboral, penal, salud y todas aquellas otras materias que sean susceptibles de mediar; prestar asesorías en mediación, negociación, arbitraje y cualquier método de resolución alternativa de conflictos; c) elaborar conferencias, seminarios, cursos, simposios o realizar cualquier otra presentación a establecimientos educacionales, entidades sostenedoras, instituciones educativas u otras empresas y organizaciones; d) la inversión de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos; e) desarrollar cualquier actividad comercial lícita que acuerden los socios; y f) en general, la realización de todos los demás negocios relacionados o actividades complementarias, conexas o vinculadas con las anteriores que los socios acuerden.

Capital

Capital total

$600.000

Capital integralizado

$600.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

JUAN FRANCISCO CASTILLO ÁVILA

Socio

50%

DANIELA PAZ RAMÍREZ GONZALEZ

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Abogado, Notario Público Titular de la 43ª Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 835 piso 18, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 24 de octubre de 2018, ante mí: JUAN FRANCISCO CASTILLO ÁVILA y DANIELA PAZ RAMÍREZ GONZALEZ, Padre Hurtado 9195 depto. 406 A, La Cisterna, y de paso en ésta, constituyeron sociedad civil de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: Asesoría Legal Educacional Limitada, nombre fantasía "Asesoría legal educacional Ltda.", “Aleduc Ltda.” o "ALE Ltda.". ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Corresponderá conjunta o separadamente, a socios JUAN FRANCISCO CASTILLO ÁVILA y DANIELA PAZ RAMÍREZ GONZALEZ, con amplias facultades señaladas en escritura. Capital: $600.000 que los socios han enterado y pagado íntegramente en dinero efectivo y al contado en caja social, por partes iguales. OBJETO SOCIAL: a) la prestación de todo tipo de servicios jurídicos, principalmente en el área de la litigación judicial y administrativa, consultoría de empresas, asesorías en negocios e inversiones, patrocinios y representación judicial, ante todo tipo de Tribunales, ordinarios o especiales, la conducción de toda clase de mandatos civiles y comerciales, con o sin representación, y de otro tipo de encargo fiduciario, sea respecto de personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, como asimismo la asesoría y consultoría en toda clase de asuntos penales, civiles, comerciales, administrativos, medioambientales, mineros, tributarios y laborales, entre otros; la planificación y gestión legal y de inversiones, y en general cualquier asesoría o gestiones relacionadas con el ejercicio mismo de la profesión de abogado, por intermedio de sus socios, asociados o con la colaboración de dependientes que coadyuven en la prestación de los servicios profesionales anteriormente señalados; b) el ejercicio de la mediación privada y/o licitada en los ámbitos familiar, escolar, laboral, penal, salud y todas aquellas otras materias que sean susceptibles de mediar; prestar asesorías en mediación, negociación, arbitraje y cualquier método de resolución alternativa de conflictos; c) elaborar conferencias, seminarios, cursos, simposios o realizar cualquier otra presentación a establecimientos educacionales, entidades sostenedoras, instituciones educativas u otras empresas y organizaciones; d) la inversión de toda clase de bienes corporales o incorporales, muebles e inmuebles, administrarlos y percibir sus frutos; e) desarrollar cualquier actividad comercial lícita que acuerden los socios; y f) en general, la realización de todos los demás negocios relacionados o actividades complementarias, conexas o vinculadas con las anteriores que los socios acuerden. DURACIÓN: 5 años renovables según estatutos y comienza a regir de esta fecha. Santiago, 05 de noviembre de 2018.-

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