Sociedade de Responsabilidade Limitada

Araya Y Blanco Limitada

CONSTITUCIÓN — 30 de mar. de 2023

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2023-03-30Ver PDF (CVE 2293434)

Informações societárias

Ltda
Ñuñoa, Región Metropolitana
Duração: Cinco años, prorrogable por períodos iguales y sucesivos de cinco años
Administração: Indistinta y separadamente a uno cualquiera de los socios

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) la compra y venta al por menor y al por mayor de tabaco y accesorios del mismo; b) la compra y venta al por menor y al por mayor de productos de confitería y bebidas analcohólicas; c) la compra y venta al por menor y al por mayor de artículos de papelería, de escritorio y sus derivados, y artículos de librería en general; d) La exportación e importación de todo producto relacionado o derivado al giro de la sociedad; e) La exportación e importación de todo producto relacionado o derivado al giro de la sociedad. Para tales efectos la sociedad podrá realizar cualquier otra actividad directa o indirectamente ligada al objeto social, que los socios acuerden, sin necesidad de modificar el estatuto social, pudiendo incluso desarrollar sus actividades directamente o constituyendo otras sociedades al efecto, en las que podrá ser socia gestora y tener la administración de ellas. La Sociedad podrá además realizar todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen relacionados con el objeto social.

Capital

Capital total

$3.000.000

Capital integralizado

$3.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (2)

NomeParticipação

MARÍA ALEJANDRA ARAYA DUARTE

Socio

50%

ANA MARÍA BLANCO HERRERA

Socio

50%

Administradores (2)

Texto oficial do extrato

En Santiago, República de Chile, a 27 de Marzo de 2023, ante mí, CRISTIAN FELIPE CAMILLA SANDOVAL, abogado, Notario Público Interino de la Quincuagésima Primera Notaría de Santiago, designado por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, según decreto número trescientos nueve guion dos mil veintidós, de fecha diecinueve de Julio del año dos mil veintidós; con oficio en calle Nueva Providencia número dos mil seiscientos seis, comuna de Providencia, ciudad de Santiago certifica, que por escritura pública de fecha 25 de marzo de 2023, bajo el repertorio N°328-2023, ante mí, Doña , MARÍA ALEJANDRA ARAYA DUARTE y ANA MARÍA BLANCO HERRERA, ambas domiciliadas en en Avenida Rodrigo de Araya número cinco mil noventa y dos, departamento número cuarenta y dos, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: ARAYA Y BLANCO LIMITADA”, pudiendo actuar indistintamente con el nombre de fantasía de “ARAYA Y BLANCO LTDA.”. OBJETO: : El objeto de la sociedad será: a) la compra y venta al por menor y al por mayor de tabaco y accesorios del mismo; b) la compra y venta al por menor y al por mayor de productos de confitería y bebidas analcohólicas; c) la compra y venta al por menor y al por mayor de artículos de papelería, de escritorio y sus derivados, y artículos de librería en general; d) La exportación e importación de todo producto relacionado o derivado al giro de la sociedad; e) La exportación e importación de todo producto relacionado o derivado al giro de la sociedad. Para tales efectos la sociedad podrá realizar cualquier otra actividad directa o indirectamente ligada al objeto social, que los socios acuerden, sin necesidad de modificar el estatuto social, pudiendo incluso desarrollar sus actividades directamente o constituyendo otras sociedades al efecto, en las que podrá ser socia gestora y tener la administración de ellas. La Sociedad podrá además realizar todas las demás actividades que los socios de común acuerdo determinen relacionados con el objeto social. CAPITAL: tres millones de pesos aportado: a) doña MARÍA ALEJANDRA ARAYA DUARTE la suma de un millón quinientos mil pesos al contado y en dinero efectivo; y b) doña ANA MARÍA BLANCO HERRERA la suma de un millón quinientos mil pesos al contado y en dinero efectivo. ADMINISTRACIÓN: Corresponderá indistinta y separadamente a uno cualquiera de los socios MARÍA ALEJANDRA ARAYA DUARTE y ANA MARÍA BLANCO HERRERA, con amplias facultades. DURACIÓN: La duración de la sociedad será de cinco años a contar de esta fecha. Dicho plazo se entenderá prorrogado por períodos iguales y sucesivos de cinco años cada uno, en las mismas condiciones que las establecidas en el presente pacto social, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, mediante escritura pública, que deberá subinscribirse al margen de la inscripción del presente pacto social, con seis meses de anticipación, a lo menos, de la fecha de su vencimiento o de las prórrogas que se produzcan. DOMICILIO: Comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, sin perjuicio de las oficinas, negocios o sucursales que pueda establecer en el resto del país o en el extranjero. Demás estipulaciones en la escritura extractada..- Santiago, 27 de Marzo de 2023.

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