Sociedade por Ações

Altos De Tango SpA

CONSTITUCIÓN — 16 de dez. de 2019

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2019-12-16Ver PDF (CVE 1697917)

Informações societárias

SpA
Parcela 22, Condominio Valle del Sol
Duração: 3 años prorrogables sucesivamente por periodos iguales

Objeto social

El objeto de la sociedad será el siguiente: a)Invertir, reinvertir y administrar inversiones por cuenta propia o ajena, en moneda nacional o extranjera o valores, en toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, depósitos a la vista o a plazo, planes de ahorro o capitalización y en toda clase de efectos de comercio; b) Invertir o adquirir cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) Celebrar y ejecutar contratos y operaciones financieras y comerciales de efectos y valores a futuro y realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines, ya sea por cuenta propia o ajena; d) Formar, constituir o integrar sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza para el adecuado desarrollo y cumplimiento de los fines sociales; e) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes raíces inmuebles, subdividirlos, urbanizarlos y construir en ellos por cuenta propia o ajena; f) Realizar cualquier tipo de inversión, adquisición, enajenación y explotación de bienes inmuebles, agrícolas y no agrícolas; invertir y asesorar en proyectos de ingeniería, arquitectura, construcción y en general, cualquier otra actividad civil, comercial e industrial que este o no relacionada con los anteriores; g) Invertir capitales en negocios forestales y agrícolas y en empresas industriales derivadas de aquellos; h) Brindar asesorías y servicios de consultorías relacionados con proyectos tecnológicos o de inversión de cualquier clase. En general, podrá invertir y participar en otras sociedades que tengan objetos similares, relacionados o conexos a los ya expresados y que los socios estimen adecuados para el éxito de sus negocios, sin limitaciones o restricciones de ninguna especie. La sociedad podrá también invertir y participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. En general, la ejecución o celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad comercial relacionada o no con los objetivos anteriores y que los socios estimen adecuados para el éxito de los negocios sociales, sin limitaciones o restricciones de ninguna especie.

Capital

Capital total

$5.000.000

Capital integralizado

$5.000.000

Capital pendente

$0

Ações

100

Sócios (2)

NomeParticipação

Paula Andrea Aravena Ortega

Accionista

13.xxx.xxx-2

50%

Gastón Eduardo Ortiz Hinojosa

Accionista

12.xxx.xxx-6

50%

Texto oficial do extrato

Alberto Eduardo Rojas López, Notario Público titular de la Sexta Notaría de Santiago, Compañía 1085 piso 14, entrepiso, Comuna y ciudad de Santiago, certifica: Por escritura pública de 22 de noviembre de 2019, ante mí, Paula Andrea Aravena Ortega, chilena, casada bajo régimen de separación de bienes, ingeniero civil industrial, Rut 13.078.115-2 y don Gastón Eduardo Ortiz Hinojosa, chileno, casado bajo régimen de separación de bienes, ingeniero civil industrial, Rut 12.485.348-6, ambos con domicilio para estos efectos en Parcela 22, Condominio Valle del Sol, comuna de Calera de Tango, Región Metropolitana; constituyó Sociedad por acciones, Razón Social: “ALTOS DE TANGO SpA”. Objeto: El objeto de la sociedad será el siguiente: a)Invertir, reinvertir y administrar inversiones por cuenta propia o ajena, en moneda nacional o extranjera o valores, en toda clase de bienes inmuebles o muebles, corporales o incorporales, tales como acciones, bonos y debentures, depósitos a la vista o a plazo, planes de ahorro o capitalización y en toda clase de efectos de comercio; b) Invertir o adquirir cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios; c) Celebrar y ejecutar contratos y operaciones financieras y comerciales de efectos y valores a futuro y realizar todos los actos y contratos conducentes a dichos fines, ya sea por cuenta propia o ajena; d) Formar, constituir o integrar sociedades, empresas, asociaciones o corporaciones de cualquier naturaleza para el adecuado desarrollo y cumplimiento de los fines sociales; e) Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes raíces inmuebles, subdividirlos, urbanizarlos y construir en ellos por cuenta propia o ajena; f) Realizar cualquier tipo de inversión, adquisición, enajenación y explotación de bienes inmuebles, agrícolas y no agrícolas; invertir y asesorar en proyectos de ingeniería, arquitectura, construcción y en general, cualquier otra actividad civil, comercial e industrial que este o no relacionada con los anteriores; g) Invertir capitales en negocios forestales y agrícolas y en empresas industriales derivadas de aquellos; h) Brindar asesorías y servicios de consultorías relacionados con proyectos tecnológicos o de inversión de cualquier clase. En general, podrá invertir y participar en otras sociedades que tengan objetos similares, relacionados o conexos a los ya expresados y que los socios estimen adecuados para el éxito de sus negocios, sin limitaciones o restricciones de ninguna especie. La sociedad podrá también invertir y participar en otras personas jurídicas de cualquier tipo y objeto, incluso sociedades y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades. En general, la ejecución o celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad comercial relacionada o no con los objetivos anteriores y que los socios estimen adecuados para el éxito de los negocios sociales, sin limitaciones o restricciones de ninguna especie.; Duración: 3 años prorrogables sucesivamente por periodos iguales; Capital: $5.000.000 dividido en cien acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, de tal manera que cada acción tendrá derecho a voto; se suscriben y pagan la totalidad de las acciones de la siguiente forma: la accionista Paula Andrea Aravena Ortega y Gastón Eduardo Ortiz Hinojosa, suscriben en este acto cincuenta acciones por un valor total de dos millones quinientos mil pesos, cada uno, las que pagan al contado en dinero efectivo y enterándolo en este acto en caja social. Stgo., 9 de diciembre 2019.

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