Sociedade por Ações

Aia Group SpA

CONSTITUCIÓN — 13 de jul. de 2018

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2018-07-13Ver PDF (CVE 1429969)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana

Sócios (2)

NomeParticipação

ABEL ALEJANDRO ERAZO MORA

Accionista

13.xxx.xxx-8

-

ANGELLA FRANCESCA VITERBO PORRAS

Accionista

13.xxx.xxx-7

-

Representação legal (1)

SERGIO TELLEZ NANCUANTE

12.xxx.xxx-3Em representação de ABEL ALEJANDRO ERAZO MORA13.xxx.xxx-8

Texto oficial do extrato

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la 2ª Notaría de Santiago, Amunategui Nº73, Certifica: por escritura pública de hoy, ante mí, don SERGIO TELLEZ NANCUANTE, chileno, soltero, abogado, Cédula de Identidad número doce millones trescientos cuarenta y tres mil trescientos cuarenta y ocho guion tres, con domicilio en esta ciudad, calle Agustinas número mil trescientos cincuenta y siete, oficina sesenta y cuatro, Comuna de Santiago, en representación, según se indicará de ABEL ALEJANDRO ERAZO MORA, chileno, divorciado, arquitecto, cédula de identidad trece millones ochocientos noventa y un mil trescientos treinta y seis guion ocho, domiciliado en PINGGUO siete B ochocientos uno, CHAOYANG, BEIJING, CHINA, y doña ANGELLA FRANCESCA VITERBO PORRAS, chilena, soltera, arquitecto, cédula de identidad trece millones doscientos setenta mil trescientos sesenta y cuatro guion siete, domiciliada en Avenida El Cerro mil setecientos treinta uno, oficina dos mil uno, PROVIDENCIA, SANTIAGO, el compareciente mayor de edad quien acreditó su identidad con la citada cédula. Primero Consta en Escritura Pública de fecha veintinueve de noviembre del año dos mil diecisiete, otorgada en este oficio, que don ABEL ALEJANDRO ERAZO MORA y doña ANGELLA FRANCESCA VITERBO PORRAS, constituyeron sociedad por acciones cuya razón social es “AiA GROUP SpA”. Segundo El extracto de la escritura individualizada en la cláusula anterior no fue publicado en el Diario Oficial dentro del plazo legal, por lo cual, mediante la presente escritura y en virtud de la Ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve que establece las normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, todas las partes vienen en sanear dicho y que constituye un vicio meramente formal y que dando cumplimiento a lo contemplado en el artículo tercero en sus letras a) y b) de la Ley antes señalada, se da por saneado dicho vicio para poder publicar dentro de plazo esta sociedad. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 27 de Junio de 2018.

ConstituiçãoDiario Oficial · 2018-07-13Ver PDF (CVE 1429968)

Informações societárias

SpA
Avenida El Cerro mil setecientos treinta uno, oficina dos mil uno

Sócios (2)

NomeParticipação

ABEL ALEJANDRO ERAZO MORA

Accionista

13.xxx.xxx-8

-

ANGELLA FRANCESCA VITERBO PORRAS

Accionista

13.xxx.xxx-7

-

Representação legal (1)

SERGIO TELLEZ NANCUANTE

12.xxx.xxx-3Em representação de ABEL ALEJANDRO ERAZO MORA13.xxx.xxx-8

Texto oficial do extrato

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la Segunda Notaría de Santiago, Amunategui Nº73, Certifica: por escritura pública de 28 Febrero 2018, ante mi suplente PAOLA MIRALLES RODRÍGUEZ, don SERGIO TELLEZ NANCUANTE, chileno, casado, abogado, Cédula de Identidad número doce millones trescientos cuarenta y tres mil trescientos cuarenta y ocho guion tres, con domicilio en esta ciudad, calle Agustinas número mil trescientos cincuenta y siete, oficina sesenta y cuatro, Comuna de Santiago, en representación, según se indicará de ABEL ALEJANDRO ERAZO MORA, chileno, divorciado, arquitecto, cédula de identidad trece millones ochocientos noventa y un mil trescientos treinta y seis guion ocho, domiciliado en PINGGUO siete B ochocientos uno, CHAOYANG, BEIJING, CHINA, y doña ANGELLA FRANCESCA VITERBO PORRAS, chilena, soltera, arquitecto, cédula de identidad trece millones doscientos setenta mil trescientos sesenta y cuatro guion siete, domiciliada en Avenida El Cerro mil setecientos treinta uno, oficina dos mil uno, PROVIDENCIA, SANTIAGO, el compareciente mayor de edad quien acreditó su identidad con la citada cédula. Primero Consta en Escritura pública de fecha veintinueve de noviembre del año dos mil diecisiete, otorgada en este oficio, que don ABEL ALEJANDRO ERAZO MORA y doña ANGELLA FRANCESCA VITERBO PORRAS, constituyeron sociedad por acciones cuya razón social es “AiA GROUP SpA”. Segundo El extracto de la escritura individualizada en la cláusula anterior no fue inscrito en el Registro de Comercio ni publicado en el Diario Oficial dentro del plazo legal, por lo cual, mediante la presente escritura y en virtud de la Ley 19.499 que establece las normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, todas las partes vienen en sanear dicho y que constituye un vicio meramente formal y que dando cumplimiento a lo contemplado en el artículo tercero en sus letras a) y b) de la Ley antes señalada, se da por saneado dicho vicio para poder inscribir dentro de plazo esta sociedad. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 13 de Marzo de 2018.

ConstituiçãoDiario Oficial · 2018-07-13Ver PDF (CVE 1429800)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duração: indefinida
Administração: La sociedad será administrada por un Gerente General, designado por los accionistas.

Objeto social

La comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, consignación, acopio, importación, exportación, transporte y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, por cuenta propia o de terceros en especial y sin ser excluyentes de todo tipo de materias primas, minerales, productos tecnológicos, eléctricos, electrónicos y demás conexos, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; y b) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores. Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración. Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general, por cuenta propia o ajena; la inversión y el ejercicio de actos de comercio en general, por cuenta propia o ajena y a cualquier título; la exportación, importación, de bienes en general; pudiendo asimismo participar de otras sociedades o personas jurídicas, como socio, accionista o administrador; y en general cualquier otra actividad que los socios acuerden, relacionada o no con el objeto social.

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$5.000.000

Capital pendente

$5.000.000

Ações

100

Sócios (2)

NomeParticipação

ABEL ALEJANDRO ERAZO MORA

Accionista

50%

ANGELLA FRANCESCA VITERBO PORRAS

Accionista

50%

Administradores (1)

ANGELLA FRANCESCA VITERBO PORRAS

Gerente

Texto oficial do extrato

FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la 2ª Notaría de Santiago, Amunategui Nº73, Certifica: por escritura pública de 29 Noviembre 2017, ante mi Suplente FELIPE LEIVA ILABACA, don ABEL ALEJANDRO ERAZO MORA, domiciliado en Pingguo siete B ochocientos uno, Beijing, China y doña ANGELLA FRANCESCA VITERBO PORRAS, domiciliada en Avenida el Cerro mil setecientos treinta y uno, oficina dos mil uno, Providencia, Santiago. Constituyeron sociedad por acciones. Domicilio Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las sucursales que dentro o fuera del país puedan instalarse. Razón Social “AiA GROUP SpA”. Administración La sociedad será administrada por un Gerente General, designado POR LOS ACCIONITAS, en los presentes estatutos cuya individualización es doña ANGELLA FRANCESCA VITERBO PORRAS. Tendrá la representación judicial y extrajudicial de la sociedad y para el cumplimiento del objeto social estará investido de todas las facultades de administración y disposición que la ley o estos estatutos no establezcan como privativas de la Junta General de Accionistas. Capital El capital de la sociedad es la suma de DIEZ MILLONES DE PESOS y está dividido en cien acciones nominativas, todas de la misma serie, sin valor nominal. Cada compareciente suscribió cincuenta acciones, por un valor total de CINCO MILLONES DE PESOS. Objeto El objeto de la sociedad es la comercialización, compra, venta directa o cualquier modo de venta, consignación, acopio, importación, exportación, transporte y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios, nacionales o extranjeros, al por mayor o al por menor, por cuenta propia o de terceros en especial y sin ser excluyentes de todo tipo de materias primas, minerales, productos tecnológicos, eléctricos, electrónicos y demás conexos, aplicables a cualquier tipo de industria, y demás actividades complementarias y/o relacionadas incluyendo, sin limitación, la explotación en el país y/o en el exterior de patentes de invención, modelos de utilidad, software, programas de computación, marcas de fábrica, diseños y modelos industriales; y b) El desarrollo de cualquier otra actividad complementaria a las anteriores. Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración. Concurrir a la formación y/o participar en toda clase de sociedades de personas, de capitales o anónimas, comunidades y asociaciones en general, por cuenta propia o ajena; la inversión y el ejercicio de actos de comercio en general, por cuenta propia o ajena y a cualquier título; la exportación, importación, de bienes en general; pudiendo asimismo participar de otras sociedades o personas jurídicas, como socio, accionista o administrador; y en general cualquier otra actividad que los socios acuerden, relacionada o no con el objeto social.- Duración La duración de la sociedad será indefinida. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 19 de Marzo de 2018.

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