Sociedade de Responsabilidade Limitada

Agricola Santa Catalina Limitada

CONSTITUCIÓN — 23 de set. de 2019

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2019-09-23Ver PDF (CVE 1656789)

Informações societárias

Ltda
San Fernando, O'Higgins
Duração: 5 años, contados desde esta fecha, renovables por periodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios manifiesta voluntad de ponerle término en la forma señalada en escritura social.
Administração: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a los socios don Patricio Alejandro Díaz Vergara y a don Luis Segundo Díaz Vergara, quienes actuando en forma conjunta y anteponiendo a la razón social su firma, la administrarán y representarán con amplias facultades, sin perjuicio de las restricciones señaladas en escritura social.

Objeto social

la explotación agrícola en todas sus formas, por cuenta propia o ajena, de predios propios o de los que posea a cualquier título; desarrollar toda clase de actividades agrícolas, viveros, frutícolas, hortofrutícolas, agropecuarias y agroindustriales; la prestación de servicios agrícolas y forestales en general; arriendo de maquinaria agrícola, asesoría y ejecución de servicios agrícolas o agroindustriales; la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, producción agropecuaria, sea por cuenta propia o ajena; comercialización, consignación, elaboración, internación, importación, exportación y distribución de frutos del país y sus derivados; la compra, venta, corretaje y comisionista de frutos y subproductos en todas sus variedades; compra, venta y exportación de productos, sea por cuenta propia o ajena; y en general cualquier otra actividad que los socios acuerden y que estén directa o indirectamente relacionada con el giro principal.

Capital

Capital total

$2.800.000

Capital integralizado

$2.800.000

Capital pendente

$0

Sócios (7)

NomeParticipação

Luis Segundo Díaz Vergara

Socio

7.xxx.xxx-3

14.2857143%

Orlando Felipe Díaz Vergara

Socio

8.xxx.xxx-3

14.2857143%

Fernando Salvador Díaz Vergara

Socio

8.xxx.xxx-2

14.2857143%

Sergio Evaristo Díaz Vergara

Socio

9.xxx.xxx-9

14.2857143%

Patricio Alejandro Díaz Vergara

Socio

10.xxx.xxx-4

14.2857143%

Maria Catalina Díaz Vergara

Socio

10.xxx.xxx-2

14.2857143%

Juan Sebastian Díaz Serrano

Socio

17.xxx.xxx-6

14.2857143%

Administradores (2)

Patricio Alejandro Díaz Vergara

10.xxx.xxx-4Administrador

Luis Segundo Díaz Vergara

7.xxx.xxx-3Administrador

Texto oficial do extrato

ALBERTO ORTEGA JIRON, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría de San Fernando, con Oficio en calle Chillán número 620, Comuna de San Fernando, certifica: que por escritura pública de fecha 26/08/2019, ante mí LUIS SEGUNDO DIAZ VERGARA, C.N.I. 7.672.439-3, ORLANDO FELIPE DIAZ VERGARA, C.N.I. 8.391.255-3, FERNANDO SALVADOR DIAZ VERGARA, C.N.I. 8.766.229-2, SERGIO EVARISTO DIAZ VERGARA, C.N.I. 9.272.373-9, PATRICIO ALEJANDRO DIAZ VERGARA, C.N.I. 10.571.070-4, MARIA CATALINA DIAZ VERGARA, C.N.I. 10.480.897-2 y don JUAN SEBASTIAN DIAZ SERRANO, C.N.I. 17.258.623-6, todos domiciliados para estos efectos en sitio número once del Proyecto de Parcelación San José de Los Lingues, comuna de San Fernando, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada, razón social “AGRICOLA SANTA CATALINA LIMITADA”, nombre fantasía “AGRICOLA SANTA CATALINA LTDA.”. La administración, representación y uso de la razón social corresponderá a los socios don Patricio Alejandro Díaz Vergara y a don Luis Segundo Díaz Vergara, quienes actuando en forma conjunta y anteponiendo a la razón social su firma, la administrarán y representarán con amplias facultades, sin perjuicio de las restricciones señaladas en escritura social. Capital social: $2.800.000 aportados de la siguiente forma: a) don LUIS SEGUNDO DIAZ VERGARA aporta en este acto la suma de $400.000 pesos, en dinero en efectivo, que corresponde a un 14,2857143 % del capital social; b) don ORLANDO FELIPE DIAZ VERGARA, aporta en este acto la suma de $400.000 pesos, en dinero en efectivo, que corresponde a un 14,2857143 % del capital social; c) don FERNANDO SALVADOR DIAZ VERGARA, aporta en este acto la suma de $400.000 pesos, en dinero en efectivo, que corresponde a un 14,2857143 % del capital social; d) don SERGIO EVARISTO DIAZ VERGARA, aporta en este acto la suma de $400.000 pesos, en dinero en efectivo, que corresponde a un 14,2857143 % del capital social; e) don PATRICIO ALEJANDRO DIAZ VERGARA, aporta en este acto la suma de $400.000 pesos, en dinero en efectivo, que corresponde a un 14,2857143 % del capital social; f) doña MARIA CATALINA DIAZ VERGARA, aporta en este acto la suma de $400.000 pesos, en dinero en efectivo, que corresponde a un 14,2857143 % del capital social; g) don JUAN SEBASTIAN DIAZ SERRANO, aporta en este acto la suma de $400.000 pesos, en dinero en efectivo, que corresponde a un 14,2857143 % del capital social, todos han sido enterados en las arcas sociales. La razón social será: la explotación agrícola en todas sus formas, por cuenta propia o ajena, de predios propios o de los que posea a cualquier título; desarrollar toda clase de actividades agrícolas, viveros, frutícolas, hortofrutícolas, agropecuarias y agroindustriales; la prestación de servicios agrícolas y forestales en general; arriendo de maquinaria agrícola, asesoría y ejecución de servicios agrícolas o agroindustriales; la realización de toda clase de negocios relacionados con el agro, producción agropecuaria, sea por cuenta propia o ajena; comercialización, consignación, elaboración, internación, importación, exportación y distribución de frutos del país y sus derivados; la compra, venta, corretaje y comisionista de frutos y subproductos en todas sus variedades; compra, venta y exportación de productos, sea por cuenta propia o ajena; y en general cualquier otra actividad que los socios acuerden y que estén directa o indirectamente relacionada con el giro principal. La duración de la sociedad será de 5 años, contados desde esta fecha, renovables por periodos iguales y sucesivos si ninguno de los socios manifiesta voluntad de ponerle término en la forma señalada en escritura social. Domicilio: Comuna de San Fernando, sin perjuicio de futuras sucursales. Demás estipulaciones en escritura extractada.- San Fernando, Septiembre 17 año 2019.-

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