Sociedade de Responsabilidade Limitada

Agricola Lozano Said Limitada

CONSTITUCIÓN — 26 de ago. de 2022

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2022-08-26Ver PDF (CVE 2177769)

Informações societárias

Ltda
Curicó, Maule
Duração: Cinco años, comenzando a regir fecha escritura, renovables tácita y sucesivamente por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante declaración hecha por escritura pública, de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social, todo ello con una anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del periodo que estuviere en curso
Administração: La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía social, corresponderá a NICOLAS ALBERTO LOZANO VALDERRAMA, quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma personal a la razón social, la obligará y representará con las más amplias facultades de administración, disposición y conservación, sin limitación

Objeto social

La explotación agrícola, frutícola, forestal y ganadera de predios rústicos, por cuenta propia o ajena, y la prestación de servicios en dichas áreas; la transformación y comercialización de productos agrícolas, frutícolas, forestales y ganaderos y, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con el giro mencionado; 2) la compraventa, transformación, elaboración, distribución, intermediación y comercialización de toda clase de productos agrícolas, frutícolas, hortícolas, forestales y ganaderos, semillas, frutos y granos, sean ellos silvestres, orgánicos o de otra naturaleza, la industrialización, selección y limpieza de ellos, la exportación de dichos frutos y productos, sea por cuenta propia o ajena, con o sin comisión, la importación de maquinaria agrícola e insumos, la prestación de servicios en las materia referidas; 3) adquirir, enajenar, arrendar, subarrendar y explotar a cualquier título toda clase de bienes inmuebles, en especial, bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajenas dichas inversiones, obtener rentas; y, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; 4) efectuar inversiones en bienes en general, cualquier otro valor de inversión de cualquier naturaleza, administrar dichas inversiones y percibir sus frutos; 5) La prestación de servicios profesionales relacionados al área agrícola; y cualquier otro negocio que acordaren los socios

Capital

Capital total

$20.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

DANIELA GEMMA LECAROS SAID

Socio

5%

NICOLAS ALBERTO LOZANO VALDERRAMA

Socio

95%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

Rodrigo Domínguez Jara, Notario Curicó, Estado 236, certifica: Por escritura pública ante mí de fecha 23 de agosto de 2022, doña DANIELA GEMMA LECAROS SAID, y don NICOLAS ALBERTO LOZANO VALDERRAMA, ambos domiciliados en Cloroformo Valenzuela #760, Torre O, departamento 24, comuna de Curicó, constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada.- Razón social: “AGRICOLA LOZANO SAID LIMITADA”.- Nombre de fantasía: “LOZANO SAID LTDA.”.- Domicilio: Comuna de Curicó, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales en otros lugares del país o del extranjero.- Objeto: 1) La explotación agrícola, frutícola, forestal y ganadera de predios rústicos, por cuenta propia o ajena, y la prestación de servicios en dichas áreas; la transformación y comercialización de productos agrícolas, frutícolas, forestales y ganaderos y, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con el giro mencionado; 2) la compraventa, transformación, elaboración, distribución, intermediación y comercialización de toda clase de productos agrícolas, frutícolas, hortícolas, forestales y ganaderos, semillas, frutos y granos, sean ellos silvestres, orgánicos o de otra naturaleza, la industrialización, selección y limpieza de ellos, la exportación de dichos frutos y productos, sea por cuenta propia o ajena, con o sin comisión, la importación de maquinaria agrícola e insumos, la prestación de servicios en las materia referidas; 3) adquirir, enajenar, arrendar, subarrendar y explotar a cualquier título toda clase de bienes inmuebles, en especial, bienes raíces rústicos o urbanos, construir en ellos por cuenta propia o ajena, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajenas dichas inversiones, obtener rentas; y, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con la actividad inmobiliaria; 4) efectuar inversiones en bienes en general, cualquier otro valor de inversión de cualquier naturaleza, administrar dichas inversiones y percibir sus frutos; 5) La prestación de servicios profesionales relacionados al área agrícola; y cualquier otro negocio que acordaren los socios.- La administración de la sociedad, su representación y el uso de la razón social y del nombre de fantasía social, corresponderá a NICOLAS ALBERTO LOZANO VALDERRAMA, quien actuando por la sociedad y anteponiendo su firma personal a la razón social, la obligará y representará con las más amplias facultades de administración, disposición y conservación, sin limitación.- Capital: $20.000.000.-, Doña DANIELA GEMMA LECAROS SAID, aporta la suma de $1.000.000.-, de la siguiente manera: A) $500.000.- contado dinero efectivo.- B) $500.000, que enterará en un plazo de 1 año a contar fecha escritura, ya sea en dinero efectivo, bienes valorados de común acuerdo o reinversión o capitalización de utilidades.- Don NICOLAS ALBERTO LOZANO VALDERRAMA, la suma de $19.000.000, de la siguiente manera: A) $1.000.000.- contado dinero efectivo.- B) $18.000.000, que enterará en un plazo de 5 años a contar fecha escritura, ya sea en dinero efectivo, bienes valorados de común acuerdo o reinversión o capitalización de utilidades.- Socios limitan su responsabilidad hasta el monto respectivo de sus aportes.- Duración: Cinco años, comenzando a regir fecha escritura, renovables tácita y sucesivamente por periodos iguales, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del periodo que estuviere en curso, mediante declaración hecha por escritura pública, de la cual se tomará nota al margen de la inscripción social, todo ello con una anticipación de a lo menos seis meses antes del fin del periodo que estuviere en curso.- Otras estipulaciones, escritura extractada.- Curicó, 24 de agosto de 2022.-

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