Sociedade de Responsabilidade Limitada

Agricola Hijuela San Manuel Limitada

CONSTITUCIÓN — 30 de nov. de 2024

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2024-11-30Ver PDF (CVE 2577848)

Informações societárias

Ltda
Limache, Valparaíso
Duração: 15 años desde la fecha de su constitución, prorrogable tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 5 años, indefinidamente
Administração: La administración y el uso de la razón social corresponderá a los socios; actuando al menos tres cualesquiera de ellos, y anteponiendo la razón social a su firma, representarán y obligarán válidamente a la sociedad, judicial y extrajudicialmente con amplísimas facultades.

Objeto social

La explotación agrícola, ganadera, frutícola y forestal, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces y sus aguas; realizar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales vinculados al giro; en general, la participación en todo otro negocio, actividad, sociedad, asociación o comunidad, y que diga relación directa o indirectamente con su objeto, sin limitación de ninguna naturaleza, y que sean conducentes al mejor aprovechamiento de la organización social.

Capital

Capital total

$30.000.000

Capital integralizado

$30.000.000

Capital pendente

$0

Sócios (5)

NomeParticipação

María Isabel del Rosario Rioja Rodríguez

Socio

98.04%

Felipe Tafra Rioja

Socio

0.49%

Tomás Tafra Rioja

Socio

0.49%

Antonio Tafra Rioja

Socio

0.49%

María Olivia Alejandra Tafra Rioja

Socio

0.49%

Texto oficial do extrato

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en Huérfanos 835, piso 18, de esta ciudad, certifico: con fecha 08 de noviembre de 2024, bajo el repertorio número 33.651, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de Junta Extraordinaria de Accionistas de la sociedad INVERSIONES Y RENTAS SPRINGHILL S.A., sociedad inscrita a fojas 149 número 133 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Valparaíso correspondiente al año 1993, la cual fue celebrada el día 18 de octubre del 2024 con asistencia del 100% de las acciones con derecho a voto y del Notario don Juan Ricardo San Martín Urrejola, en la cual se acordó: 1) Aprobar la división de INVERSIONES Y RENTAS SPRINGHILL S.A., como resultado de lo cual subsiste la primera y se constituyen dos nuevas sociedades, una sociedad por acciones que se denominará “INVERSIONES CHINACREEK SpA.”, y una sociedad de responsabilidad limitada que se denominará “AGRICOLA HIJUELA SAN MANUEL LIMITADA.”; 2) Como consecuencia de la división, acordaron disminuir el capital de INVERSIONES Y RENTAS SPRINGHILL S.A. en el mismo monto total que se le asigna como capital a las dos sociedades nacientes. Para estos efectos, los accionistas acordaron sustituir el Artículo Quinto de los estatutos sociales, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de $11.000.000.- (once millones de pesos) dividido en 5.100 (cinco mil cien) acciones nominativas y sin valor nominal, el cual podrá pagarse en dinero o en otros bienes, y que se suscribe y paga según se señala en el Artículo Primero Transitorio.”; 3) Establecer y convenir los estatutos sociales de “AGRICOLA HIJUELA SAN MANUEL LIMITADA.”, los que se extractan de la siguiente manera: MARÍA ISABEL DEL ROSARIO RIOJA RODRIGUEZ, FELIPE TAFRA RIOJA, TOMÁS TAFRA RIOJA, ANTONIO TAFRA RIOJA, MARÍA OLIVIA ALEJANDRA TAFRA RIOJA, todos domiciliados para estos efectos en calle Moneda 920, oficina 304, comuna de Santiago, producto de la ya mencionada división, constituyen sociedad de responsabilidad limitada: Razón social: “AGRICOLA HIJUELA SAN MANUEL LIMITADA.”, pudiendo usar, para todos los fines legales, comerciales y publicitarios, incluso ante los Bancos y autoridades, la sigla “AGRICOLA HIJUELA SAN MANUEL LTDA.”. Objeto: a) La explotación agrícola, ganadera, frutícola y forestal, por cuenta propia o ajena, de bienes raíces y sus aguas; b) realizar toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales vinculados al giro; c) en general, la participación en todo otro negocio, actividad, sociedad, asociación o comunidad, y que diga relación directa o indirectamente con su objeto, sin limitación de ninguna naturaleza, y que sean conducentes al mejor aprovechamiento de la organización social. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá a los socios, esto es, María Isabel del Rosario Rioja Rodríguez, Felipe Tafra Rioja, Tomás Tafra Rioja, Antonio Tafra Rioja y María Olivia Alejandra Tafra Rioja, quienes actuando al menos tres cualesquiera de ellos, y anteponiendo la razón social a su firma, representarán y obligarán válidamente a la sociedad, judicial y extrajudicialmente con amplísimas facultades. Capital: $30.000.000, que los socios aportan de la siguiente manera: con un 98,04% de los derechos sociales para María Isabel del Rosario Rioja Rodríguez, y un 0,49% de los derechos sociales para cada uno individualmente considerados de los señores/as Felipe Tafra Rioja, Tomás Tafra Rioja, Antonio Tafra Rioja y María Olivia Alejandra Tafra Rioja. El capital se entera y paga con la parte del patrimonio de INVERSIONES Y RENTAS SPRINGHILL S.A. que se le asignó producto de su división. Duración: 15 años desde la fecha de su constitución. Dicho plazo se entenderá prorrogado, tácita y automáticamente, por nuevos períodos, iguales y sucesivos, de 5 años cada uno, en forma indefinida, salvo que cualesquiera de los socios, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento respectivo, manifieste su voluntad de no prorrogarlo mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada en el Registro de Comercio pertinente al margen de la inscripción social y del presente instrumento y comunicada mediante carta notarial a los otros socios. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la comuna de Limache, Región de Valparaíso, sin perjuicio de las sucursales o agencias que puedan establecer en el resto del país o en el extranjero. Los estatutos de “INVERSIONES CHINACREEK SpA.” se extractan de manera separada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 18 de noviembre de 2024.

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