Sociedade por Ações

Acp Asesorias Mineras SpA

CONSTITUCIÓN — 19 de ago. de 2019

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2019-08-19Ver PDF (CVE 1638641)

Informações societárias

SpA
Santiago, Región Metropolitana
Duração: indefinida
Administração: uno o más administradores, con actuación individual o conjunta, designados por Junta de Accionistas o por escritura pública, según se establezca en acto de designación y con poderes que se otorgue al efecto

Objeto social

La sociedad tendrá por objeto: a) inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, sociedades por acciones, derechos de sociedades, efectos de comercio, bonos, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión privado o públicos y toda clase de títulos o valores mobiliarios o instrumentos de inversión y la administración de éstas inversiones y sus frutos; b) adquirir, enajenar, arrendar o ceder a cualquier título la tenencia, administración y/o explotar bienes raíces urbanos o rurales, propios o ajenos; c) la creación, estudios, desarrollo y financiamiento, por cuenta propia o ajena, de proyectos de cualquier naturaleza; d) asesorar, administrar o tomar la gestión de cualquier especie de negocio inmobiliario o comercial; e) la participación en sociedades de cualquier naturaleza, creadas o por crearse, en comunidades y otros negocios en general; y f) la prestación toda clase de servicios de asesoría, supervision, administracion, técnicos y de gestión en relación con la operación de procesos mineros; g) la celebración o ejecución de todo tipo de contrato o acto que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con el giro de la sociedad.

Capital

Capital total

$1.000.000

Ações

1.000

Sócios (2)

NomeParticipação

ROBERTO ALEJANDRO CUADRA PESCE

Accionista

-

MARIA TERESA CORTES DIAZ

Accionista

-

Texto oficial do extrato

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la 38 Notaría de esta ciudad, domicilio en Miraflores N°180, 5° piso, certifica: que por escritura pública de hoy ante mí ROBERTO ALEJANDRO CUADRA PESCE, y MARIA TERESA CORTES DIAZ, ambos con domicilio en Avenida Edmundo Eluchans 2605, depto. 233, Viña del mar, vienen en constituir sociedad por acciones, la que en lo pertinente se regirá por su estatuto, artículos 424 y siguientes del Código de Comercio y supletoriamente por disposiciones aplicables a sociedades anónimas cerradas, la que consta de las siguientes cláusulas extractables: NOMBRE: ACP ASESORIAS MINERAS SpA; DURACIÓN: indefinida; DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de agencias sucursales en el pais o extranjero; OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) inversión en todo tipo de bienes muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones de sociedades anónimas, sociedades por acciones, derechos de sociedades, efectos de comercio, bonos, cuotas de fondos mutuos o de fondos de inversión privado o públicos y toda clase de títulos o valores mobiliarios o instrumentos de inversión y la administración de éstas inversiones y sus frutos; b) adquirir, enajenar, arrendar o ceder a cualquier título la tenencia, administración y/o explotar bienes raíces urbanos o rurales, propios o ajenos; c) la creación, estudios, desarrollo y financiamiento, por cuenta propia o ajena, de proyectos de cualquier naturaleza; d) asesorar, administrar o tomar la gestión de cualquier especie de negocio inmobiliario o comercial; e) la participación en sociedades de cualquier naturaleza, creadas o por crearse, en comunidades y otros negocios en general; y f) la prestación toda clase de servicios de asesoría, supervision, administracion, técnicos y de gestión en relación con la operación de procesos mineros; g) la celebración o ejecución de todo tipo de contrato o acto que los socios acuerden y que se relacione directa o indirectamente con el giro de la sociedad.; CAPITAL: $1.000.000.- dividido en 1.000 acciones ordinarias, de igual valor cada una, de una sola serie, y sin valor nominal. Accionistas limitan responsabilidad al monto de sus aportes.- ADMINISTRACIÓN: uno o más administradores, con actuación individual o conjunta, designados por Junta de Accionistas o por escritura pública, según se establezca en acto de designación y con poderes que se otorgue al efecto. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 12 de agosto de 2019.

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