Abogados Grupo Wolf Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales de abogados, las asesorías legales amplias a empresas y las asesorías legales en la gestión de todo tipo de negocios.
Capital
Capital total
$1.200.000
Capital integralizado
$1.200.000
Capital pendente
$0
Sócios (3)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 13.xxx.xxx-9 | 13.xxx.xxx-9 | 33.3333333333% | $400.000 |
FELIPE IGNACIO GODOY TORRES-ALIAGA Socio 17.xxx.xxx-2 | 17.xxx.xxx-2 | 33.3333333333% | $400.000 |
Socio 21.xxx.xxx-2 | 21.xxx.xxx-2 | 33.3333333333% | $400.000 |
Administradores (3)
FELIPE IGNACIO GODOY TORRES-ALIAGA
Texto oficial do extrato
ALVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS, chileno, abogado, Notario Público titular de la Cuadragésima Segunda Notaria de Santiago, con oficio en calle Agustinas N°1070, segundo piso, certifica. Por escritura pública de fecha a 05 días del mes de enero del año 2023, bajo el repertorio N° 477-2023, ante mí, Don JAIME ANDRÉS FIGUEROA VEGA, Abogado, cédula de identidad número 13.828.485-9; don FELIPE IGNACIO GODOY TORRES-ALIAGA, Abogado, cédula de identidad número 17.175.650-2; y don ERNESTO JULIO AGUILAR ORTIZ, Abogado, cédula de identidad número 21.878.244-2, todos domiciliados para estos efectos en Camino El Alba N°8760, oficina 602, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; vienen en constituir una sociedad profesional de responsabilidad limitada: Nombre: “ABOGADOS GRUPO WOLF LIMITADA", la que también podrá actuar ante Bancos e Instituciones financieras bajo el nombre de fantasía de “ABOGADOS GRUPO WOLF”. Domicilio: Ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que se establezcan en el resto del país o el extranjero. Objeto: La sociedad tendrá por objeto la prestación de servicios profesionales de abogados, las asesorías legales amplias a empresas y las asesorías legales en la gestión de todo tipo de negocios. Administración: La administración y el uso de la razón social corresponderá conjuntamente a dos cualesquiera de los socios, quienes podrán delegar las facultades de representación en quien determinen de consuno, mediante escritura pública, quienes anteponiendo la razón social a sus respectivas firmas, obligará y representará a la sociedad en todos los actos o contratos con las más amplias facultades. Capital: El capital social es la suma de $1.200.000, que se entera entre los socios por iguales partes de la siguiente manera: a) JAIME ANDRÉS FIGUEROA VEGA, aporta la suma de $400.000, en dinero efectivo, ya enterados a la caja social; b) FELIPE IGNACIO GODOY TORRES-ALIAGA, aporta la suma de $400.000, en dinero efectivo, ya enterados a la caja social; c) ERNESTO JULIO AGUILAR ORTIZ, aporta la suma de $400.000, en dinero efectivo, ya enterados a la caja social. Del plazo: La sociedad se pacta por un plazo indefinido desde la fecha de la presente escritura. Socios limitan responsabilidad a monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, a 05 días del mes de enero del año 2023. ALVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS. Notario Público Titular.
Atuações recentes
- CONSTITUCIÓN
ABOGADOS GRUPO WOLF LIMITADA
CVE 2250814
