Sociedade Anônima99.569.710-6

Inmobiliaria e Inversiones Alcántara S.A.

MODIFICACIÓN — 4 de nov. de 2020

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2020-11-04Ver PDF (CVE 1841381)

Informações societárias

S.A.

Capital

Capital total

$3.951.519.738

Ações

5.003

Sócios (4)

NomeParticipação

GERARDO OVALLE DEL PEDREGAL

Accionista

7.25%

CARMEN MACKENNA Y CIA. LIMITADA

Accionista

38.86%

INVERSIONES Y ASESORIAS ANA MARIA LIMITADA

Accionista

38.86%

INVERSIONES EL AROMO S.A.

Accionista

15.04%

Representação legal (4)

INVERSIONES EL AROMO S.A.

Em representação de INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.

INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.

Em representação de INVERSIONES EL AROMO S.A.

CARMEN MACKENNA Y CIA. LIMITADA

Em representação de INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.

INVERSIONES Y ASESORIAS ANA MARIA LIMITADA

Em representação de INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.

Histórico societário relatado

  1. Outro ato· 9 de outubro de 2020

    Junta extraordinaria de accionistas acuerda aumento de capital y suscripción de acciones de pago.

    GERARDO OVALLE DEL PEDREGAL · CARMEN MACKENNA Y CIA. LIMITADA · INVERSIONES Y ASESORIAS ANA MARIA LIMITADA · INVERSIONES EL AROMO S.A.

Texto oficial do extrato

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, Notario Público Titular de la 1ª Notaría de Providencia, con oficio en Avenida Providencia N° 1777, de la Comuna de Providencia, Ciudad de Santiago, Certifica: Por escritura de fecha 13/10/2020, repertorio N° 5488-2020, ante mí, se redujo el ACTA DE LA JUNTA GENERAL EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS DE LA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA "INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.” inscrita a fojas 11872, N° 9047 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2004, junta celebrada el día 09/10/2020, ante mí y asistiendo totalidad accionistas, acordándose por unanimidad: Uno) AUMENTO DE CAPITAL: Aumentar el capital de la sociedad de la suma de tres mil setecientos ochenta millones doscientos cincuenta y un mil ochocientos noventa y nueve pesos, dividido en cuatro mil ochocientos veintiocho acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de tres mil novecientos cincuenta y un millones quinientos diecinueve mil setecientos treinta y ocho pesos, dividido en cinco mil tres acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, incremento que se enterará con un aumento adicional de capital por la suma de ciento setenta y un millones doscientos sesenta y siete mil ochocientos treinta y nueve de pesos, mediante la emisión de ciento setenta y cinco acciones de pago, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, cuyo valor de colocación y pago de las acciones emitidas no podrá ser inferior a novecientos setenta y ocho mil seiscientos setenta y tres coma tres mil seiscientas cincuenta y siete pesos, cada una, que se emitirán y se ofrecerán para ser suscritas por los accionistas en la forma señalada en la escritura extractada.- Dos) SUSTITUCION DE LOS ARTÍCULOS CUARTO PERMANENTE Y TERCERO TRANSITORIO DE LOS ESTATUTOS SOCIALES: En virtud de lo acordado precedentemente, la Junta acordó la sustitución de los artículos Cuarto permanente y Quinto transitorio de los estatutos sociales, por los siguientes: ARTICULO CUARTO: El capital de la sociedad es la suma de tres mil novecientos cincuenta y un millones quinientos diecinueve mil setecientos treinta y ocho pesos, dividido en cinco mil tres acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y enteran en la forma y proporciones que se indican en el artículo tercero Transitorio.”; y “ARTICULO TERCERO TRANSITORIO: El aumento de capital de la sociedad, de la suma de tres mil setecientos ochenta millones doscientos cincuenta y un mil ochocientos noventa y nueve pesos, dividido en cuatro mil ochocientos veintiocho acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a la suma de tres mil novecientos cincuenta y un millones quinientos diecinueve mil setecientos treinta y ocho pesos, dividido en cinco mil tres acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, incremento que se enterará con un aumento adicional de capital por la suma de ciento setenta y un millones doscientos sesenta y siete mil ochocientos treinta y nueve de pesos, mediante la emisión de ciento setenta y cinco acciones de pago, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, cuyo valor de colocación y pago de las acciones emitidas no podrá ser inferior a novecientos setenta y ocho mil seiscientos setenta y tres coma tres mil seiscientas cincuenta y siete pesos, cada una, que se emitirán y se ofrecerán para ser suscritas por los accionistas a prorrata de sus respectivas tenencias accionarias de conformidad lo dispone el artículo veinticinco de la Ley número dieciocho mil cuarenta y seis sobre Sociedades Anónimas.- En consecuencia el aumento de capital se entera y paga en la forma que se señala a continuación: Uno/ Don GERARDO OVALLE DEL PEDREGAL, como titular de trescientos cincuenta acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que corresponden al siete coma veinticinco por ciento de las acciones en que se dividió el capital, tiene derecho preferente para suscribir trece acciones de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se emitirán en virtud del aumento de capital que se acordó.- Por el presente acto, don GERARDO OVALLE DEL PEDREGAL, renuncia a su derecho preferente para suscribir las trece acciones de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a que tenía derecho, ofreciendo su suscripción a la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A. - Como consecuencia de lo anterior don GERARDO OVALLE DEL PEDREGAL, pasa a ser titular de trescientos cincuenta acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, emitidas de la sociedad; Dos/ La sociedad CARMEN MACKENNA Y CIA. LIMITADA, como titular de mil ochocientas setenta y seis acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que corresponden al treinta y ocho coma ochenta y seis por ciento de las acciones en que se dividió el capital, tiene derecho preferente para suscribir sesenta y ocho acciones de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se emitirán en virtud del aumento de capital que se acordó.- Por el presente acto, la sociedad CARMEN MACKENNA Y CIA. LIMITADA debidamente representada, renuncia a su derecho preferente para suscribir las sesenta y ocho acciones de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a que tenía derecho, ofreciendo su suscripción a la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A. - Como consecuencia de lo anterior CARMEN MACKENNA Y CIA. LIMITADA, pasa a ser titular de mil ochocientas setenta y seis acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, emitidas de la sociedad; Tres/ La sociedad INVERSIONES Y ASESORIAS ANA MARIA LIMITADA, como titular de mil ochocientas setenta y seis acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que corresponden al treinta y ocho coma ochenta y seis por ciento de las acciones en que se dividió el capital, tiene derecho preferente para suscribir sesenta y ocho acciones de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se emitirán en virtud del aumento de capital que se acordó.- Por el presente acto, la sociedad INVERSIONES Y ASESORIAS ANA MARIA LIMITADA debidamente representada, renuncia a su derecho preferente para suscribir las sesenta y ocho acciones de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, a que tenía derecho, ofreciendo su suscripción a la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A. - Como consecuencia de lo anterior INVERSIONES Y ASESORIAS ANA MARIA LIMITADA, pasa a ser titular de mil ochocientas setenta y seis acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, emitidas de la sociedad; y Cuatro/ La sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A., como titular de setecientas veintiséis acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que corresponden al quince coma cero cuatro por ciento de las acciones en que se dividió el capital, tiene derecho preferente para suscribir veintiséis acciones de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se emitirán en virtud del aumento de capital que se acordó.- Por el presente acto, la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A. debidamente representada, suscribe veintiséis acciones de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, equivalentes estas últimas a veinticinco millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil quinientos ocho pesos, que lo paga en este acto capitalizando créditos que tiene contra la sociedad "INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.”, compensando la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A. la obligación de pago de las veintiséis acciones de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal que corresponde a las acciones suscritas y que asciende a veinticinco millones cuatrocientos cuarenta y cinco mil quinientos ocho pesos, con la obligación que mantiene la sociedad "INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.” con la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A., por mayor monto, y que tiene su origen en préstamos otorgados a la sociedad, obligaciones actualmente vigentes, líquidas y exigibles.- Los accionistas comparecientes aceptan expresamente la compensación y como consecuencias de ella, se da por cumplida la obligación de pago del precio de las acciones suscritas por la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A., y la dan por pagada hasta la concurrencia de las obligaciones compensadas por parte de "INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.” con la obligación de pago de parte de los préstamos otorgados por INVERSIONES EL AROMO S.A. y señalados precedentemente.- Aceptación de ofertas: Uno/ Por el presente acto, la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A. debidamente representada, acepta la oferta formulada precedentemente por el accionista don GERARDO OVALLE DEL PEDREGAL respecto de las trece acciones de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, en virtud de la renuncia efectuada a su derecho preferente de suscripción de las acciones de pago emitidas como consecuencia del aumento de capital acordado, equivalentes estas últimas a doce millones setecientos veintidós mil setecientos cincuenta y cuatro pesos, las cuales suscribe en este acto y que paga capitalizando créditos que tiene contra la sociedad "INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.”, compensando la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A. la obligación de pago de las trece acciones de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal que corresponde a las acciones suscritas y que asciende a doce millones setecientos veintidós mil setecientos cincuenta y cuatro pesos, con la obligación que mantiene la sociedad "INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.” con la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A., por mayor monto, y que tiene su origen en préstamos otorgados a la sociedad, obligaciones actualmente vigentes, líquidas y exigibles.- Los accionistas comparecientes aceptan expresamente la compensación y como consecuencias de ella, se da por cumplida la obligación de pago del precio de las acciones suscritas por la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A., y la dan por pagada hasta la concurrencia de las obligaciones compensadas por parte de "INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.” con la obligación de pago de parte de los préstamos otorgados por INVERSIONES EL AROMO S.A. y señalados precedentemente; Dos/ Por el presente acto, la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A. debidamente representada, acepta la oferta formulada precedentemente por la accionista CARMEN MACKENNA Y CIA. LIMITADA respecto de las sesenta y ocho acciones de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, en virtud de la renuncia efectuada a su derecho preferente de suscripción de las acciones de pago emitidas como consecuencia del aumento de capital acordado, equivalentes estas últimas a sesenta y seis millones quinientos cuarenta y nueve mil setecientos ochenta y nueve pesos, las cuales suscribe en este acto y que paga capitalizando créditos que tiene contra la sociedad "INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.”, compensando la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A. la obligación de pago de las sesenta y ocho acciones de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal que corresponde a las acciones suscritas y que asciende a sesenta y seis millones quinientos cuarenta y nueve mil setecientos ochenta y nueve pesos, con la obligación que mantiene la sociedad "INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.” con la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A., por mayor monto, y que tiene su origen en préstamos otorgados a la sociedad, obligaciones actualmente vigentes, líquidas y exigibles.- Los accionistas comparecientes aceptan expresamente la compensación y como consecuencias de ella, se da por cumplida la obligación de pago del precio de las acciones suscritas por la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A., y la dan por pagada hasta la concurrencia de las obligaciones compensadas por parte de "INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.” con la obligación de pago de parte de los préstamos otorgados por INVERSIONES EL AROMO S.A. y señalados precedentemente; y Tres/ Por el presente acto, la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A. debidamente representada, acepta la oferta formulada precedentemente por la accionista INVERSIONES Y ASESORIAS ANA MARIA LIMITADA respecto de las sesenta y ocho acciones de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, en virtud de la renuncia efectuada a su derecho preferente de suscripción de las acciones de pago emitidas como consecuencia del aumento de capital acordado, equivalentes estas últimas a sesenta y seis millones quinientos cuarenta y nueve mil setecientos ochenta y nueve pesos, las cuales suscribe en este acto y paga cincuenta y seis acciones de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, capitalizando créditos que tiene contra la sociedad "INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.”, compensando la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A. la obligación de pago de las cincuenta y seis acciones de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal que corresponde a las acciones suscritas y que asciende a cincuenta y cuatro millones setecientos ochenta y un mil novecientos cuarenta y nueve pesos, con la obligación que mantiene la sociedad "INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.” con la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A., por igual monto, y que tiene su origen en préstamos otorgados a la sociedad, obligaciones actualmente vigentes, líquidas y exigibles; y el saldo de doce acciones de pago nominativas, de una misma serie y sin valor nominal que corresponde a parte de las acciones suscritas y que asciende once millones setecientos sesenta y siete mil ochocientos treinta y nueve pesos, las pagará en dinero efectivo en el plazo de tres años a contar de esta fecha.- Los accionistas comparecientes aceptan expresamente la compensación y como consecuencias de ella, se da por cumplida parcialmente la obligación de pago del precio de las acciones suscritas por la sociedad CARMEN MACKENNA Y CIA. LIMITADA, y dan por pagada hasta la concurrencia de las obligaciones compensadas por parte de "INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.” la obligación de pago de los préstamos otorgados por INVERSIONES EL AROMO S.A. y señalados precedentemente.- En virtud de lo anterior la sociedad INVERSIONES EL AROMO S.A. pasa a ser titular de novecientas una acciones nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, emitidas de la sociedad.”.- Demás estipulaciones constan de escritura extractada. Santiago, 29/10/2020.- L.E.R.B.- Notario Público.

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    INMOBILIARIA E INVERSIONES ALCÁNTARA S.A.

    CVE 1841381

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