Transportes Patagonia Wellboat Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$67.633.677.586
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Naviera Ultranav Chile Limitada Socio | - | - | $35.137.638.694 |
Socio | - | - | $32.496.038.892 |
Histórico societário relatado
- Constituição· 16 de janeiro de 1991
Constitución de Transportes Patagonia Wellboat Limitada.
- Cessão de direitos· 30 de outubro de 2024
Naviera Ultranav Limitada cede la totalidad de sus derechos sociales a Cedrela Shipping ApS, equivalentes aproximadamente al 0,1% de la sociedad.
- Mudança de capital· 30 de outubro de 2024
Se aumenta el capital social desde $1.281.496.400 a $3.455.313.503.
- Mudança de capital· 30 de outubro de 2024
Se aumenta nuevamente el capital social desde $3.455.313.503 a $67.633.677.586.
Texto oficial do extrato
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, abogado, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Isidora Goyenechea número 3.477, oficina 10, Comuna de Las Condes, certifico que, por escritura pública de 30 de octubre de 2024, ante mí, Naviera Ultranav Chile Limitada, Naviera Ultranav Limitada y Cedrela Shipping APS, todas Avenida El Bosque Norte 500, piso 20, Las Condes, modificaron Transportes Patagonia Wellboat Limitada, constituida escritura pública de 16 enero 1991, otorgada en Notaría de Santiago de José Musalem Saffie, inscrita a fojas 3.958, N°1.910, Registro Comercio de Santiago de 1991, en siguiente sentido: Uno/ Naviera Ultranav Limitada vende, cede y transfiere a Cedrela Shipping ApS, en términos y condiciones indicados en escritura extractada, la totalidad de los derechos sociales de que es titular en Transportes Patagonia Wellboat Limitada, correspondientes aproximadamente al 0,1% de los derechos sociales totales de la Sociedad. Dos/ Se aumenta capital de Transportes Patagonia Wellboat Limitada ascendente a $1.281.496.400.-, íntegramente pagados, a $3.455.313.503.-. Aumento de capital de $2.173.817.103.-, se aporta y paga en acto escritura extractada, por Naviera Ultranav Chile Limitada y Cedrela Shipping ApS, mediante la capitalización neta, en proporción a sus respectivas participaciones en el capital de la Sociedad, de la cuenta de la contabilidad denominada “Resultados Acumulados”, concurriendo socias antes indicadas a la referida capitalización con los montos netos que a continuación se indican: (i) Naviera Ultranav Chile Limitada, capitaliza $2.171.643.286.- y (ii) Cedrela Shipping ApS, capitaliza $2.173.817.- Tres/ Se aumenta nuevamente capital de Transportes Patagonia Wellboat Limitada ascendente a $3.455.313.503.-, íntegramente pagados, a $67.633.677.586.- Aumento de capital de $64.178.364.083.-, es aportado y pagado por socias de siguiente forma: 1/ Naviera Ultranav Chile Limitada aporta $31.685.780.504, mediante: /a/ la capitalización, en acto escritura extractada, a entera satisfacción socias y de la sociedad, del saldo del crédito que por la cantidad de $30.791.910.158.- mantiene en contra de Transportes Patagonia Wellboat Limitada; y /b/ la cantidad de $893.870.346.-, que se obliga a pagar a la sociedad, en dinero efectivo, dentro del plazo 30 días a contar de fecha de escritura extractada. 2/ Cedrela Shipping ApS aporta la cantidad de $32.492.583.579.- que se obliga a pagar a la sociedad, en dinero efectivo, dentro del plazo de 30 días a contar de fecha escritura extractada. Cuatro/ Actualizar el Artículo Quinto Pacto Social de Trasportes Patagonia Wellboat Limitada, substituyendo dicho artículo por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital de la sociedad es la cantidad de $67.633.677.586.-, que las socias han aportado, pagado y se obligan a pagar de la siguiente manera: /a/ Naviera Ultranav Chile Limitada, ha aportado la cantidad de $35.137.638.694.-, de los cuales $34.243.768.348.- se encuentran íntegramente pagados, a entera satisfacción de la otra socia y de la Sociedad, y $893.870.346.-, los que se obliga a pagar a la Sociedad, en dinero efectivo, dentro del plazo de 30 días a contar del 30 de octubre del año 2024; y /b/ Cedrela Shipping ApS, ha aportado la cantidad de $32.496.038.892.-, de los cuales $3.455.313.- se encuentran íntegramente pagados, a entera satisfacción de la otra socia y de la Sociedad, y $32.492.583.579.-, se obliga a pagar a la Sociedad, en dinero efectivo, dentro del plazo de 30 días a contar del 30 de octubre del año 2024.” Socias reiteran que su responsabilidad se encuentra siempre limitada a monto de respectivos aportes. Otras estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 20 de noviembre de 2024.
Informações societárias
Capital
Capital total
$1.281.496.-
Texto oficial do extrato
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, abogado, Notario Público Titular de la Trigésima Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número 178, piso 5, Comuna de Santiago, por presente extracto, rectifico extracto de 3 de junio de 2024, de escritura pública otorgada, ante mí, el 31 de mayo de 2024, correspondiente a modificación social de Transportes Patagonia Wellboat Limitada, extracto que se inscribió a fojas 46.552, número 19.095, Registro Comercio Santiago 2024, publicado Diario Oficial de 6 de junio de 2024, en el siguiente sentido: donde dice "un $1.281.496.-”, debe decir “$1.281.496.-”. Santiago, 06 de junio 2024.
Informações societárias
Capital
Capital total
$1.281.496.400
Capital integralizado
$1.281.496.400
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Naviera Ultranav Chile Limitada Socio | - | 99.9% | $1.280.214.904 |
Socio | - | 0.1% | $1.281.496 |
Histórico societário relatado
- Constituição· 16 de janeiro de 1991
Se constituye Transportes Patagonia Wellboat Limitada.
- Cessão de direitos· 31 de maio de 2024
Hans Jorg Kossmann Perl, Inversiones Hans Kossmann SpA, Patagonia Inversiones Limitada y Patagonia Swiss S.A. Agencia en Chile ceden sus derechos sociales a Naviera Ultranav Chile Limitada y Naviera Ultranav Limitada.
Hans Jorg Kossmann Perl · Inversiones Hans Kossmann SpA · Patagonia Inversiones Limitada · Patagonia Swiss S.A. Agencia en Chile · Naviera Ultranav Chile Limitada · Naviera Ultranav Limitada
Texto oficial do extrato
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, chilena, abogado, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en calle Miraflores número 178, piso 5, Comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 31 de mayo de 2024, ante mí: Hans Jorg Kossmann Perl, Inversiones Hans Kossmann SpA, Patagonia Inversiones Limitada, todos domiciliados en calle Cerro El Plomo 5.855, of. 507, Las Condes, Santiago; Patagonia Swiss S.A. Agencia en Chile, domiciliada en calle Augusto Leguía Sur 79, of. 1.501, Las Condes, Santiago; Naviera Ultranav Chile Limitada y Naviera Ultranav Limitada, ambas domiciliadas en Avenida El Bosque Norte 500, piso 20, Las Condes, Santiago. Modificaron “Transportes Patagonia Wellboat Limitada”, en adelante también la “Sociedad”, constituida escritura pública 16 de enero de 1991, otorgada en Notaría de Santiago José Musalem Saffie, inscrita a fojas 3.958, número 1.910 del Registro de Comercio de Santiago de 1991, en siguiente sentido: /Uno/ Cesión Derechos Sociales. Socios Hans Jorg Kossmann Perl, Inversiones Hans Kossmann SpA, Patagonia Inversiones Limitada y Patagonia Swiss S.A. Agencia en Chile cedieron sus derechos sociales en la Sociedad, de acuerdo con el siguiente detalle: (i) Hans Jorg Kossmann Perl, vende, cede y transfiere a Naviera Ultranav Chile Limitada el 95,927% de sus derechos sociales en la Sociedad, correspondientes al 2,355% de los derechos sociales totales de la Sociedad; (ii) Inversiones Hans Kossmann SpA, vende, cede y transfiere a Naviera Ultranav Chile Limitada el 100% de sus derechos sociales en la Sociedad, correspondientes al 7,545% de los derechos sociales totales de la Sociedad; (iii) Patagonia Inversiones Limitada, vende, cede y transfiere a Naviera Ultranav Chile Limitada el 100% de sus derechos sociales en la Sociedad, correspondientes al 46,25% de los derechos sociales totales de la Sociedad; (iv) Patagonia Swiss S.A. Agencia en Chile, vende, cede y transfiere a Naviera Ultranav Chile Limitada el 100% de sus derechos sociales en la Sociedad, correspondientes al 43,75% de los derechos sociales totales de la Sociedad; y (v) Hans Jorg Kossmann Perl, vende, cede y transfiere a Naviera Ultranav Limitada el 4,073% de sus Derechos Sociales en la Sociedad, correspondientes al 0,1% de los derechos sociales totales de la Sociedad. /Dos/ Modificaciones del pacto social. Con motivo de las cesiones de derechos indicadas precedentemente, quedan como únicos socios de Transportes Patagonia Wellboat Limitada, Naviera Ultranav Chile Limitada y Naviera Ultranav Limitada las que acuerdan: /A/ Modificar el Artículo Quinto del pacto social de la Sociedad relativo al monto y composición del capital social, por el siguiente: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad es la cantidad de $1.281.496.400.-, que los socios han aportado y pagado de la siguiente forma: /a/ Naviera Ultranav Chile Limitada, aporta la cantidad de $1.280.214.904.-, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha, a entera satisfacción de la otra socia y de la sociedad, correspondientes al 99,9% de los derechos sociales totales de la sociedad; y /b/ Naviera Ultranav Limitada, aporta la cantidad de un $1.281.496.-, íntegramente pagados con anterioridad a esta fecha, a entera satisfacción de la otra socia y de la sociedad, correspondientes al 0,1% de los derechos sociales totales de la Sociedad.” Socios dejan constancia que su responsabilidad queda siempre limitada al monto de sus respectivos aportes. /B/ Modificar el Artículo Séptimo del pacto social de la Sociedad referente a la administración y uso de razón social de la Sociedad estableciendo que la administración y uso de razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de un Directorio compuesto de 3 miembros, cuya integración, duración, forma de actuación, facultades y otras características se detallan en escritura extractada. Otras estipulaciones en escritura extractada. En lo no modificado se mantiene plenamente vigente el pacto social de Transportes Patagonia Wellboat Limitada. Santiago, 03 de junio de 2024.
Informações societárias
Objeto social
a) la compra, venta, arriendo, administración y explotación de bienes raíces y muebles por cuenta propia o ajena; b) La realización de inversiones mobiliarias e inmobiliarias de cualquier naturaleza, por cuenta propia o ajena; c) La importación, exportación de bienes y productos y la realización de operaciones de comercio exterior en cualquiera de sus formas; d) el transporte marítimo y servicios a terceros relacionados con la acuicultura; e) Las demás materias relacionadas con las anteriores.
Capital
Capital total
$6.718.503.600
Capital integralizado
$6.718.503.600
Capital pendente
$0
Sócios (4)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Patagonia Inversiones Limitada Socio 78.324.560-4 | 78.324.560-4 | 46.25% | $3.107.307.915 |
Hans Jorg Kossmann Perl Socio 6.xxx.xxx-0 | 6.xxx.xxx-0 | 2.455% | $164.939.263 |
Socio 76.254.013-4 | 76.254.013-4 | 7.545% | $506.911.097 |
Patagonia Swiss S.A. Agencia en Chile Socio 59.117.750-8 | 59.117.750-8 | 43.75% | $2.939.345.325 |
Administradores (4)
Texto oficial do extrato
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Titular de la 2° Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, certifico que: Por escritura pública de 22 de Mayo de 2024, Repertorio N°31.156-2024, ante mí, Hans Jorg Kossmann Perl C.I. N°6.377.983-0, Inversiones Hans Kossmann SpA RUT N°76.254.013-4, Patagonia Inversiones Limitada RUT N°78.324.560-4, todos domiciliados calle Cerro El Plomo 5855, Of. 507, Las Condes, Región Metropolitana y Patagonia Swiss S.A. Agencia en Chile RUT N°59.117.750-8, domiciliada Augusto Leguía Sur 79, Of. 1501, Las Condes, Región Metropolitana, como únicos socios de TRANSPORTES PATAGONIA WELLBOAT LIMITADA RUT N°96.599.100-K, inscrita Fs. 3.958 N°1910 Registro Comercio Santiago 1991, acordaron: A) Dividir la sociedad en 2 sociedades, la misma Transportes Patagonia Wellboat Limitada como continuadora y Transportes e Inversiones Lauro Limitada. B) Se disminuye capital de Transportes Patagonia Wellboat Limitada de $8.000.000.000.- a $1.281.496.400.- Al efecto se reemplaza Art. 5º Estatutos por el siguiente: “QUINTO: El capital es la suma de $1.281.496.400.- íntegramente pagado por los socios en la proporción: a) Patagonia Inversiones Limitada, $592.692.085.- equivalentes al 46,25% interés social. b) Hans Jorg Kossmann Perl, $31.460.737.- equivalentes al 2,455% interés social. c) Inversiones Hans Kossmann SpA $96.688.903.- equivalente al 7,545% interés social, y d) Patagonia Swiss S.A. Agencia en Chile $560.654.675.- equivalentes al 43,75% interés social.” C) EXTRACTO ESTATUTOS “Transportes e Inversiones Lauro Limitada”. Se crea en esta división sociedad responsabilidad limitada bajo razón social de “Transportes e Inversiones Lauro Limitada”, pudiendo actuar como “Lauro Limitada” o “Lauro Ltda.” Objeto: a) la compra, venta, arriendo, administración y explotación de bienes raíces y muebles por cuenta propia o ajena; b) La realización de inversiones mobiliarias e inmobiliarias de cualquier naturaleza, por cuenta propia o ajena; c) La importación, exportación de bienes y productos y la realización de operaciones de comercio exterior en cualquiera de sus formas; d) el transporte marítimo y servicios a terceros relacionados con la acuicultura y, e) Las demás materias relacionadas con las anteriores. Administración y poderes TRANSPORTES E INVERSIONES LAURO LIMITADA. La administración de la sociedad corresponderá a doña Christa Perl Schulz; doña Christine Kossmann Perl, doña Sylvia Kossmann Perl y don Hans Kossmann Perl, pudiendo actuar de manera individual cada uno de ellos con las mismas facultades, anteponiendo su firma a la razón social, con la limitación contenida al final de la presente cláusula. Cada uno de los socios administradores podrá: a) representar judicialmente a la Sociedad, pudiendo desistirse en primera instancia de la acción deducida, aceptar la demanda contraria, renunciar a los recursos y los términos legales, transigir, comprometer, otorgar a los árbitros facultades de arbitradores. Aprobar convenios judiciales o extrajudiciales, percibir, otorgar quitas o espera; b) representar extrajudicialmente a la Sociedad, pudiendo concurrir ante toda clase de autoridades políticas, administrativas, municipales, organismo o instituciones de derecho público, fiscales o semifiscales, autoridades de orden tributaria, previsional o laboral, o personas de derecho privado, sean ellas naturales o jurídicas, con toda clase de solicitudes, memoriales y demás documentos que sean menester, y desistirse de sus peticiones: c) retirar de las oficinas de correos, telégrafos, aduanas, empresas de transportes terrestre, marítimo, aéreo, toda clase de correspondencia, incluso certificados, giros, rembolsos, cargas, encomiendas, mercaderías, piezas postales, etc., signadas y dirigidas a la Sociedad; firmar la correspondencia de la Sociedad: d) inscribir propiedad intelectual, industrial, nombres comerciales, modelos industriales, patentar inventos: e) establecer agencias, sucursales o establecimientos en cualquier punto del país o en el extranjero; f) celebrar contratos de promesa, otorgar los contratos prometidos y exigir judicial y extrajudicialmente su cumplimiento; g) comprar, vender y permutar, y en general, adquirir y enajenar a cualquier título bienes muebles, corporales o incorporales, incluso valores mobiliarios, acciones, bonos, debentures y derechos de cualquier naturaleza, Ext.Div.Lauro/MGH45 naves y comprar bienes raíces; h) dar y tomar en arrendamiento, administración o concesión toda clase de bienes, corporales e incorporales, raíces o muebles; i) celebrar contratos de trabajo, colectivos o individuales, contratar y despedir trabajadores, contratar servicios profesionales o técnicos y ponerles términos, celebrar contratos de confección de obra material, de arrendamiento de servicios, de transporte, de comisión y de correduría; j) celebrar contratos de seguro, pudiendo acordar primas, fijar riesgos, estipular plazos, y demás condiciones, cobrar pólizas, endosarlas y cancelarlas, aprobar e impugnar liquidaciones de siniestros, etc.; k) ceder y aceptar cesiones de crédito, sean nominativos, a la orden o al portador; l) recibir en prenda, bienes muebles, valores, derechos y demás cosas corporales e incorporales, sea en prenda civil, mercantil o bancaria, industriales, u otras especiales; m) recibir bienes en hipoteca; n) aceptar fianzas, simples o solidarias, avales, solidaridad, y, en general, toda clase de cauciones y garantías a favor de la Sociedad; ñ) cobrar y percibir judicial y extrajudicialmente todo cuanto se adeude a la Sociedad o pueda adeudársele en el futuro, a cualquier título que sea, por cualquiera causa o persona, sea ella natural o jurídica, de derecho privado o de derecho público, incluso el Fisco, sea en dinero, en otra clase de bienes corporales o incorporales, raíces o muebles; o) firmar recibos, finiquitos y cancelaciones, y, en general, suscribir, otorgar, firmar, extender, y refrendar toda clase de documentos públicos o privados, pudiendo formular en ellos todas las declaraciones que estime necesarias o convenientes; p) representar a la sociedad ante los bancos e instituciones financieros con las más amplias facultades que se precisen; darles instrucciones y cometerles comisiones de confianza; celebrar contratos de cuenta corriente mercantil, pudiendo depositar, girar, sobregirar en ellas; abrir cuentas corrientes bancarias de depósitos o de crédito; imponerse de su movimiento, ponerle término a tales cuentas o solicitar su terminación; aprobar y objetar saldos, requerir y retirar talonarios de cheques; arrendar cajas de seguridad, abrirlas y poner término a su arrendamiento; abrir cuentas de ahorro, reajustables o a la vista, a plazo o condicionales, hacer depósitos en ellas, retirarlos total o parcialmente; colocar y retirar dineros, sea en moneda nacional o extranjera, valores en depósitos, custodia o garantía; tomar y cancelar vales vistas, boletas bancarias o boletas de garantía; q) girar, aceptar, suscribir, endosar en dominio, cobro o garantía, protestar, descontar, cancelar y cobrar cheques, letras de cambio, pagarés, libranzas, vales y demás documentos mercantiles, de embarque o bancarios, sean nominativos, a la orden o al portador, en moneda nacional o extranjera, y ejercer todas las acciones que correspondan a la Sociedad en relación con tales documentos; r) contratar y efectuar toda clase de operaciones de comercio exterior y de cambios internacionales, encontrándose facultado para representar a la Sociedad en todas las operaciones, diligencias, trámites o actuaciones relacionadas con importaciones y exportaciones ante los bancos comerciales, Banco Central de Chile y cualquier otra entidad o autoridad competente, pudiendo al efecto representar y firmar registros de importación y exportación, abrir acreditivos divisibles o indivisibles, revocables o irrevocables, presentar solicitudes anexas, cartas explicativas, declaraciones juradas y toda otra documentación pertinente que fuera exigida por los bancos o por el Banco Central de Chile, solicitar la modificación de las condiciones bajo las cuales ha autorizado una determinada operación, autorizar cargos en las cuentas corrientes de la Sociedad o causa de operaciones de comercio exterior; s) otorgar, retirar, endosa, enajenar y negociar en cualquier forma documentos de embarque, facturas, conocimientos y cartas de porte y documentos consulares; t) pagar en efectivo, por dación en pago de bienes muebles, por consignación, subrogación, cesión de bienes, etc., por todo lo que la Sociedad adeudara por cualquier título y, en general, extinguir obligaciones ya por novación, remisión, compensación, etc.; u) otorgar poderes especiales y delegar el poder en todo o parte; v) enajenar en cualquier forma bienes raíces sociales, naves, constituir hipotecas, prendas y todas clase de garantías reales sobre los mismos, y constituir a las Sociedad en fiadora y codeudora solidaria de obligaciones de tercero; w) contratar toda clase de préstamos o mutuos sin limitaciones de ninguna naturaleza; Ext.Div.Lauro/MGH45 Limitación: Deberán actuar dos cualquiera de los cuatro administradores conjuntamente para obligar a la sociedad en las facultades señaladas en las letras g), t), u), v) y w). Capital: $6.718.503.600.- íntegramente suscrito y pagado: a) Patagonia Inversiones Limitada ha enterado $3.107.307.915.- que equivale a 46,25% interés social; b) Hans Jorg Kossmann Perl ha enterado $164.939.263.- que equivale a 2,455% interés social; c) Inversiones Hans Kossmann SpA ha enterado $506.911.097.- que equivale a 7,545% interés social, y d) Patagonia Swiss S.A. Agencia en Chile ha enterado $2.939.345.325.- que equivale a 43,75% interés social. Responsabilidad de los socios se limita al monto de sus respectivos aportes. Duración: 5 años desde fecha escritura extractada renovables automáticamente por periodos iguales cada uno en la forma señalada en escritura. Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de sucursales o agencias dentro del país o en el extranjero. Demás estipulaciones constan de escritura extractada.- Santiago, 27 de Mayo de 2024.-
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