Inmobiliaria Terranova Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 4.xxx.xxx-1 | 4.xxx.xxx-1 | - | - |
Ximena Marion Pimstein Faivovich Socio 5.xxx.xxx-k | 5.xxx.xxx-k | - | - |
Administradores (2)
Ximena Marion Pimstein Faivovich
Texto oficial do extrato
FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Alcántara N°107, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, certifico: Por escritura pública de fecha 27 de marzo de 2023, otorgada ante mí en esta misma Notaría, bajo el repertorio N°22.778-2023, Rafael Goldbaum Lipchak y Ximena Marion Pimstein Faivovich, ambos domiciliados para estos efectos en La Vega Alta, N°6.809, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en su calidad de únicos, actuales y exclusivos socios de INMOBILIARIA TERRANOVA LIMITADA (la “Sociedad”), RUT N°94.731.000-3, inscrita a fojas 1.613, N°856 del Registro de Comercio de Santiago del año 1982, acordaron lo siguiente: (1) Modificar los estatutos de la Sociedad reemplazando su Artículo Cuarto por el siguiente: “CUARTO: ADMINSTRACIÓN, REPRESENTACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. Uno. Se designa como socio administrador y apoderado, para actuar sin limitaciones de ninguna especie, individual, separada e indistintamente, con todas y cada una de, pero no limitado a, las facultades previstas en el Grupo Uno y Dos de la Cláusula Quinta de los estatutos sociales, a don Rafael Goldbaum Lipchak, cédula de identidad número cuatro millones trescientos treinta y cuatro mil setecientos setenta y dos guion uno. En caso de incapacidad o fallecimiento del socio administrador, la otra socia, doña Ximena Marion Pimstein Faivovich, cédula de identidad número cinco millones trescientos noventa y cinco mil novecientos sesenta y uno guion K será la única administradora y tendrá las facultades previstas en el Grupo Uno y Dos de la Clausula Quinta de los estatutos sociales. En caso de incapacidad o fallecimiento de ambos administradores y apoderados, esto es, don Rafael Goldbaum Lipchak y doña Ximena Marion Pimstein Faivovich, deberá darse aplicación a lo dispuesto en el Artículo Décimo de los estatutos sociales.”; (2) Modificar los estatutos de la Sociedad reemplazando su Artículo Décimo por el siguiente: “DÉCIMO: DISOLUCIÓN. La Sociedad se disolverá concurriendo alguna causal legal, debiendo procederse a la liquidación de la misma. Sin perjuicio de lo anterior, el fallecimiento o incapacidad de uno cualquiera de los socios no producirá la disolución de la Sociedad, sino que ésta continuará con el socio sobreviviente y los sucesores o representantes del socio fallecido o incapaz, debiendo tales sucesores o representantes designar un mandatario común que represente sus intereses sociales. Con todo, la Sociedad se disolverá en caso de fallecimiento o incapacidad de los dos socios actuales, a saber, don Rafael Goldbaum Lipchak y doña Ximena Marion Pimstein Faivovich, debiendo en tal caso procederse a la liquidación de la Sociedad, y a repartirse los bienes de los que sea propietaria la Sociedad entre los socios y los herederos del socio cuya muerte haya dado lugar a la disolución social, en la proporción que a cada uno le corresponda en su herencia.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 11 de abril de 2023. FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL. Notario Público Titular de la Segunda Notaría de Santiago.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
INMOBILIARIA TERRANOVA LIMITADA
CVE 2301035
