Inversiones C.a.f. Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio | - | 99% | - |
Socio | - | 1% | - |
Administradores (2)
Histórico societário relatado
- Cessão de direitos· 6 de dezembro de 2016
Mario Eduardo Sáenz Rojas cede el 1% de sus derechos sociales a Liliana Rica López.
Mario Eduardo Sáenz Rojas · Eduardo Sáenz Rojas · Liliana Rica López
- Mudança de administrador· 6 de dezembro de 2016
Se modifica la administración y representación social, que pasa a Orlando Sáenz Rojas y María Carolina Sáenz Rica, indistintamente.
Texto oficial do extrato
MARIA VIRGINIA WIELANDT COVARRUBIAS, Notario Suplente del Titular don Patricio Raby Benavente, 5ª Notaría de Santiago, ambos Gertrudis Echenique 30 of. 44, Las Condes, certifica: por escritura pública de fecha 06 de Diciembre de 2016, ante mí, LILIANA RICA LOPEZ, ORLANDO SAENZ ROJAS, ambos domiciliados calle Fidel Oteiza, Nº 1916, piso 12, Providencia, y MARIO EDUARDO SAENZ ROJAS, también conocido como EDUARDO SAENZ ROJAS domiciliado Avenida Santa Maria N°5.622, Vitacura, modificaron sociedad “ INVERSIONES C.A.F. LIMITADA ” inscrita a fojas 1626, Nº 895, Registro de Comercio, año 1977.- Modificaciones consisten: i) Mario Eduardo Sáenz Rojas, también conocido como Eduardo Sáenz Rojas, vende, cede y transfiere el total de sus derechos, esto es, el 1% de derechos sociales a Liliana Rica López, quien los compra, acepta y adquiere, en precio señalado en escritura extractada. Quedan como únicos socios: a) Orlando Sáenz Rojas, con 99% de participación en capital social; y b) Liliana Rica López, con 1% de participación en capital social. Se reemplaza Artículo Quinto de estatutos sociales. ii) Se modifica Cláusula Séptimo de estatutos, en sentido que la administración y representación de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los señores Orlando Sáenz Rojas y María Carolina Sáenz Rica quienes actuando indistintamente uno cualesquiera de ellos podrán representar a la sociedad con todas y cada una de las facultades que se señalan en la cláusula Séptima de la escritura que se extracta. ii) Se modifica cláusula Décimo Cuarta de estatutos en materia no extractable.- Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 27 de Enero de 2017.- Maria Virginia Wielandt Covarrubias.- Notario Suplente.
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
INVERSIONES C.A.F. LIMITADA
CVE 1177508
