Sociedade de Responsabilidade Limitada86.330.000-2

Agrícola Santa Rosa Limitada

CONSTITUCIÓN — 20 de dez. de 2019

Diario Oficial

ConstituiçãoDiario Oficial · 2019-12-20Ver PDF (CVE 1700932)

Informações societárias

Ltda
Curicó, Maule
Duração: Cinco años a contar esta fecha, renovable tácitamente periodos iguales, si ningún socio manifestare voluntad ponerle término mediante declaración por escritura pública anotada margen inscripción social, anticipación mínima seis meses antes fin periodo en curso
Administração: Exclusivamente IRMA DEL PILAR ÁBRIGO REYES, amplias facultades

Objeto social

la explotación agrícola, frutícola, forestal y ganadera de predios rústicos, por cuenta propia o ajena; la transformación, comercialización, exportación e importación de productos agrícolas, frutícolas, forestales y ganaderos; la producción, procesamiento, compra, venta, distribución y comercialización al por mayor o al detalle de materias primas, alimentos concentrados, semillas, fertilizantes y cualesquiera otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia, como comisionista o mandataria de terceros y, su transporte efectuado en vehículos propios o arrendados; la prestación de asesoría técnica, capacitación y divulgación de conocimientos y técnicas agrarias; realizar estudios, elaboración y divulgación de conocimientos y técnicas agrarias; la compra, venta, representación, exportación e importación de maquinarias, piezas y equipos agrícolas y agroindustriales, como también productos químicos e insumos destinados a la producción agrícola; y, cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con los giros mencionados y que acuerden los socios

Capital

Capital total

$10.000.000

Capital integralizado

$10.000.000

Sócios (2)

NomeParticipação

IRMA DEL PILAR ÁBRIGO REYES

Socio

92%

JOSÉ IVÁN ÁBRIGO REYES

Socio

8%

Administradores (1)

Texto oficial do extrato

RENÉ LEÓN MANIEU, Notario Curicó, con oficio en calle Carmen 489, certifica: Por escritura hoy ante mí, IRMA DEL PILAR ÁBRIGO REYES, domiciliada en Los Peumos 509, Población Rauquén, Curicó y JOSÉ IVÁN ÁBRIGO REYES, domiciliado en Parcela 6, sector Marengo, Los Niches, Curicó; constituyeron una Sociedad de Responsabilidad Limitada: Razón Social: “AGRÍCOLA SANTA ROSA LIMITADA”, nombre fantasía “AGRÍCOLA SANTA ROSA LTDA.”.- Domicilio: Comuna Curicó, sin perjuicio sucursales resto país o extranjero.- Objeto: UNO) la explotación agrícola, frutícola, forestal y ganadera de predios rústicos, por cuenta propia o ajena; DOS) la transformación, comercialización, exportación e importación de productos agrícolas, frutícolas, forestales y ganaderos; TRES) la producción, procesamiento, compra, venta, distribución y comercialización al por mayor o al detalle de materias primas, alimentos concentrados, semillas, fertilizantes y cualesquiera otro producto del agro, pudiendo actuar por cuenta propia, como comisionista o mandataria de terceros y, su transporte efectuado en vehículos propios o arrendados; CUATRO) la prestación de asesoría técnica, capacitación y divulgación de conocimientos y técnicas agrarias; realizar estudios, elaboración y divulgación de conocimientos y técnicas agrarias; CINCO) la compra, venta, representación, exportación e importación de maquinarias, piezas y equipos agrícolas y agroindustriales, como también productos químicos e insumos destinados a la producción agrícola; y, SEIS) cualquier actividad relacionada, en la actualidad o en el futuro, con los giros mencionados y que acuerden los socios.- Administración y uso razón social: Exclusivamente IRMA DEL PILAR ÁBRIGO REYES, amplias facultades.- Capital: $10.000.000.-, aportados así: IRMA DEL PILAR ÁBRIGO REYES, $9.200.000.-, con $2.000.000.- ingresados caja social contado efectivo y con $7.200.000.- plazo tres años; JOSÉ IVÁN ÁBRIGO REYES, $800.000.- ingresados caja social contado efectivo.- Duración: Cinco años a contar esta fecha, renovable tácitamente periodos iguales, si ningún socio manifestare voluntad ponerle término mediante declaración por escritura pública anotada margen inscripción social, anticipación mínima seis meses antes fin periodo en curso.- Curicó, 18 diciembre 2019.-

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