Sociedade de Responsabilidade Limitada86.237.200-K

Sociedad Inmobiliaria y de Inversiones Tarapacá Limitada

MODIFICACIÓN — 14 de mar. de 2026

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2026-03-14Ver PDF (CVE 2783484)

Informações societárias

Ltda
Santiago, Región Metropolitana
Duração: Veinte años a contar del 22 de junio de 1979, prorrogada tácita y automáticamente por períodos iguales y sucesivos de diez años
Administração: La representación, administración y uso de la razón social corresponderá a uno cualquiera de Exequiel Fernando Glisser Fux o Edith Deborah Silberman Guendelman, o bien conjuntamente a Nicolás Glisser Silberman y Javier Glisser Silberman

Capital

Capital total

$1.380.785.063

Sócios (4)

NomeParticipação

Exequiel Fernando Glisser Fux

Socio

26.89%

Edith Deborah Silberman Guendelman

Socio

23.11%

Inversiones John Galt Limitada

Socio

25%

Inversiones Wesye Limitada

Socio

25%

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, Abogado, Notario Público Titular, Vigésimo Primera Notaría de Santiago, con domicilio en calle Huérfanos N°578, Santiago, certifica que, por escritura pública de fecha 25 de febrero del año 2026, Repertorio N° 1.547/2026, otorgada ante mí, don EXEQUIEL FERNANDO GLISSER FUX, doña EDITH DEBORAH SILBERMAN GUENDELMAN, la sociedad INVERSIONES JOHN GALT LIMITADA y la sociedad INVERSIONES WESYE LIMITADA, todos con domicilio para estos efectos en Avenida Vitacura N°2.969, Oficina N°401, comuna de Las Condes, Región Metropolitana; en calidad de socios de la SOCIEDAD INMOBILIARIA Y DE INVERSIONES TARAPACÁ LIMITADA, vienen en modificar la cláusula “Sexto” de los estatutos sociales en el sentido de incrementar en cinco años el plazo inicial de cinco años para el pago del capital social. Como consecuencia de ello se sustituye la cláusula Sexta por la siguiente: “Capital. El capital de la sociedad asciende a la suma de mil trescientos ochenta millones setecientos ochenta y cinco mil sesenta y tres pesos, que los socios han aportado y enterado de la manera siguiente: a) Don Exequiel Fernando Glisser Fux, empresario individual, es dueño del veintiséis coma ochenta y nueve por ciento de los derechos sociales, que corresponden a trescientos setenta y un millones doscientos cuarenta y cinco mil setecientos sesenta pesos. Su aporte de capital fue íntegramente pagado con la suma de trescientos veintidós millones ochocientos setenta y tres mil quinientos diecinueve pesos en dinero efectivo, y cuarenta y ocho millones trescientos setenta y dos mil doscientos cuarenta y un pesos con los derechos sociales de Compañía Inmobiliaria y de Inversiones Atacama Limitada, correspondientes al veinte por ciento del total de derechos en dicha sociedad. b) Doña Edith Deborah Silberman Guendelman es dueña del veintitrés coma once por ciento de los derechos sociales, que corresponden a trescientos diecinueve millones ciento cuarenta y seis mil setecientos setenta y un pesos, íntegramente pagados. c) La sociedad Inversiones John Galt Limitada es dueña del veinticinco por ciento de los derechos sociales, que corresponden a trescientos cuarenta y cinco millones ciento noventa y seis mil doscientos sesenta y seis pesos, de los cuales ha pagado doscientos cincuenta y un millones quinientos treinta y tres mil setecientos treinta y tres pesos y la suma de noventa y tres millones seiscientos sesenta y dos mil quinientos treinta y tres pesos la pagará en dinero o especies dentro del plazo que expira el treinta de enero del dos mil treinta y uno. d) La sociedad Inversiones Wesye Limitada es dueña del veinticinco por ciento de los derechos sociales que corresponden a trescientos cuarenta y cinco millones ciento noventa y seis mil doscientos sesenta y seis pesos, de los cuales ha pagado doscientos diecinueve millones ciento cuarenta y cinco mil quinientos ocho pesos, y la suma de ciento veintiséis millones cincuenta mil setecientos cincuenta y ocho pesos la aportará en dinero o especies dentro del plazo que expira el treinta de enero del dos mil treinta y uno”. TEXTO REFUNDIDO. Con ocasión de la modificación anterior los socios otorgan el siguiente texto refundido: SOCIOS: don EXEQUIEL FERNANDO GLISSER FUX, doña EDITH DEBORAH SILBERMAN GUENDELMAN, la sociedad INVERSIONES JOHN GALT LIMITADA y la sociedad INVERSIONES WESYE LIMITADA, todos con domicilio para estos efectos en Avenida Vitacura N°2.969, Oficina N°401, comuna de Las Condes, Región Metropolitana. RAZÓN SOCIAL Sociedad Inmobiliaria y de Inversiones Tarapacá Limitada. DOMICILIO. El domicilio de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de las sucursales que se establezcan en otras ciudades del país. DURACIÓN. La sociedad tendrá una duración de veinte años a contar del veintidós de junio de mil novecientos setenta y nueve, y se entenderá prorrogada tácita y automáticamente por periodos iguales y sucesivos de diez años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de ponerle término al final del período que estuviere vigente, mediante escritura pública anotada al margen de la inscripción social, con a lo menos ciento ochenta días de antelación. CAPITAL. El capital de la sociedad asciende a la suma de mil trescientos ochenta millones setecientos ochenta y cinco mil sesenta y tres pesos, que los socios han aportado y enterado de la siguiente manera: a) Don Exequiel Fernando Glisser Fux, empresario individual es dueño del veintiséis coma ochenta y nueve por ciento de los derechos sociales, que corresponden a trescientos setenta y un millones doscientos cuarenta y cinco mil setecientos sesenta pesos. Su aporte de capital fue íntegramente pagado con la suma de trescientos veintidós millones ochocientos setenta y tres mil quinientos diecinueve pesos en dinero efectivo, y cuarenta y ocho millones trescientos setenta y dos mil doscientos cuarenta y un pesos con los derechos sociales de Compañía Inmobiliaria y de Inversiones Atacama Limitada, correspondientes al veinte por ciento del total de derechos en dicha sociedad. b) Doña Edith Deborah Silberman Guendelman es dueña del veintitrés coma once por ciento de los derechos sociales, que corresponden a trescientos diecinueve millones ciento cuarenta y seis mil setecientos setenta y un pesos, íntegramente pagados. c) La sociedad Inversiones John Galt Limitada es dueña del veinticinco por ciento de los derechos sociales, que corresponden a trescientos cuarenta y cinco millones ciento noventa y seis mil doscientos sesenta y seis pesos, de los cuales ha pagado doscientos cincuenta y un millones quinientos treinta y tres mil setecientos treinta y tres pesos y la suma de noventa y tres millones seiscientos sesenta y dos mil quinientos treinta y tres pesos la pagará en dinero o especies dentro del plazo que expira el treinta de enero del dos mil treinta y uno; y d) La sociedad Inversiones Wesye Limitada es dueña del veinticinco por ciento de los derechos sociales que corresponden a trescientos cuarenta y cinco millones ciento noventa y seis mil doscientos sesenta y seis pesos, de los cuales ha pagado doscientos diecinueve millones ciento cuarenta y cinco mil quinientos ocho pesos, y la suma de ciento veintiséis millones cincuenta mil setecientos cincuenta y ocho pesos la aportará en dinero o especies dentro del plazo que expira el treinta de enero del dos mil treinta y uno. ADMINISTRACIÓN. La representación, administración y uso de la razón social, corresponderá a uno cualquiera de los señores Exequiel Fernando Glisser Fux o a doña Edith Deborah Silberman Guendelman, o bien, conjuntamente a los señores Nicolás Glisser Silberman y don Javier Glisser Silberman. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 10 de marzo del 2026.

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