Fried Y Compañía Limitada
Diario Oficial
Informações societárias
Capital
Capital total
$500.000
Capital integralizado
$500.000
Capital pendente
$0
Sócios (2)
| Nome | RUT | Participação | Aporte |
|---|---|---|---|
Socio 9.xxx.xxx-6 | 9.xxx.xxx-6 | 50% | $250.000 |
Socio 15.xxx.xxx-7 | 15.xxx.xxx-7 | 50% | $250.000 |
Administradores (2)
Histórico societário relatado
- Falecimento· 25 de agosto de 2020
Fallece HUGO PEDRO FRIED REINITZ, titular del 90% de los derechos sociales.
HUGO PEDRO FRIED REINITZ · JANET FRIED BUDNIK · JORGE ARTURO FRIED BUDNIK
- Sucessão· 31 de janeiro de 2022
Se concede posesión efectiva intestada a JANET FRIED BUDNIK y JORGE ARTURO FRIED BUDNIK, herederos de HUGO PEDRO FRIED REINITZ.
HUGO PEDRO FRIED REINITZ · JANET FRIED BUDNIK · JORGE ARTURO FRIED BUDNIK
Texto oficial do extrato
PATRICIA VALENTINA MANRÍQUEZ HUERTA, abogado, Notario Público Titular de la 48° Notaría de Santiago, con oficio en Avenida Apoquindo N°3.076, oficina 601, sexto piso, comuna de Las Condes, Santiago, certifico: Por escritura de fecha 31 de mayo de 2023, bajo repertorio 8600-2023, otorgada ante mí, comparecen: doña JANET FRIED BUDNIK, chilena, casada y separada de bienes, arquitecta, cédula nacional de identidad N°9.909.885-6, con domicilio en calle Pomaire N° 14.248,Quinchamalí, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; y don JORGE ARTURO FRIED BUDNIK, chileno, casado y separado de bienes, empresario, cédula nacional de identidad N° 15.959.303-7, con domicilio en Avenida Robles número trece mil ciento sesenta y ocho, departamento doscientos ocho, edificio Parque Escondido, comuna de Lo Barnechea, ciudad de Santiago, Región Metropolitana, los comparecientes en su calidad de únicos y actuales socios de la compañía “FRIED Y COMPAÑÍA LIMITADA”, rol único tributario N° 85.740.400-9, inscrita a fojas 12.884N° 6.891 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 1978. Los socios dejaron como constancia que el socio don HUGO PEDRO FRIED REINITZ, falleció con fecha 25 de agosto de 2020, concediéndose posesión efectiva de la herencia intestada a sus hijos, doña JANET BUDNIK FRIED y don JORGE ARTURO FRIED BUDNIK, según Resolución Exenta N° 1.642 emitida por el Director Regional del Servicio de Registro Civil e Identificación, Región del Libertador General Bernardo O’Higgins de fecha 31 de enero de 2022, publicada en diario cooperativa con fecha de 1° de febrero de 2022 e inscrita a fojas 82.347 N° 120.285 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2022. En la posesión efectiva antes singularizada, consta que el causante don HUGO PEDRO FRIED REINITZ, era propietario del 90% de los derechos sociales de la sociedad “FRIED Y COMPAÑÍA LIMITADA”, según fue declarado en el auto de posesión efectiva sus únicos herederos don JORGE ARTURO FRIED BUDNIK y JANET FRIED BUDNIK son los dueños en partes iguales de los derechos de que era propietario el causante. En razón de lo anterior, doña JANET FRIED BUDNIK, y don JORGE ARTURO FRIED BUDNIK, en su calidad de únicos socios de la sociedad “FRIED Y COMPAÑÍA LIMITADA”, acordaron: A) Que todos los derechos sociales y otros bienes que correspondían al socio fallecido don HUGO PEDRO FRIED REINITZ, ahora deben entenderse de propiedad de los socios doña JANET FRIED BUDNIK y don JORGE ARTURO FRIED BUDNIK. En consecuencia, el capital social se encuentra aportado en partes iguales por los socios correspondiendo a una participación social ascendente al cincuenta por ciento para cada uno de los socios; y B) La modificación del régimen de poderes de administración de la sociedad “FRIED Y COMPAÑÍA LIMITADA”, en el sentido de que esta corresponderá a los socios doña JANET FRIED BUDNIK y a don JORGE ARTURO FRIED BUDNIK, quienes llevarán a cabo la administración de la sociedad de forma indistinta y separada del otro. Es por ello que además acordaron modificar los estatutos sociales en ese sentido, quedando los artículos cuarto y quinto de los estatutos con el siguiente tenor: “CUARTO: ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL.La administración y el uso de la razón social corresponderá a cualesquiera de los dos socios, indistintamente, los que al actuar por la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma , la representarán con las más amplias facultades, pudiendo obligarla en toda clase de actos; y sin que la enumeración sea taxativa, podrán comprar toda clase de establecimientos, negocios y marcas, patentes y derechos, privilegios sobre productos o materias primas, comprar y vender sitios para urbanizar y construir en general, comprar y vender tanto bienes muebles como inmuebles y darlos y tomarlos en arrendamiento, celebrar con bancos, instituciones de créditos, asociaciones de ahorro y préstamo, sociedades civiles y comerciales y personas naturales y jurídicas, según fuere precedente, contrato de préstamos, mutuos y depósitos, cuentas corrientes mercantiles y bancarias, de depósitos, cuentas corrientes mercantiles y bancarias, de depósito y de crédito, girar y sobregirar en estas cuentas, girar, cobrar y depositar, endosar, revalidar y protestar cheques, girar aceptar, reaceptar, endosar, en cobranza, en garantía y con o sin restricciones, avalar, descontar, prorrogar y protestar letras de cambio, libranzas, pagarés, vales y cualesquiera otros documentos bancarios o mercantiles, invertir los fondos sociales, comprar y vender acciones, constituir a la sociedad en codeudor solidario, endosar documentos de embarque, retirar valores en custodia o en garantía, dar poderes generales y especiales, nombrar liquidadores y árbitros, y en general ejecutar toda clase de operaciones bancarias y comerciales que la práctica sanciones, sin importar que la enumeración anterior importe limitación alguna.- En el orden judicial tendrá todas las facultades que enumera el artículo séptimo del Código de Procedimiento Civil, en sus dos incisos, que se dan por expresamente reproducidos, con declaración de que la facultad de transigir comprende también la transacción extrajudicial”. “QUINTO: CAPITAL SOCIAL. El capital social será la suma de quinientos mil pesos, que los socios aportan y enteran de la siguiente forma; a) doña JANET FRIED BUDNIK¸ con el cincuenta por ciento de los derechos sociales, equivalente a la suma de doscientos cincuenta mil pesos; y b) don JORGE ARTURO FRIED BUDNIK, con el cincuenta por ciento de los derechos sociales, equivalente a la suma de doscientos cincuenta mil pesos”. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 01 de junio de 2023.-
Atuações recentes
- MODIFICACIÓN
FRIED Y COMPAÑÍA LIMITADA
CVE 2325652
