Sociedade de Responsabilidade Limitada85.396.400-K

Daniel Fuenzalida Y Compañia Limitada

MODIFICACIÓN — 26 de dez. de 2025

Diario Oficial

ModificaçãoDiario Oficial · 2025-12-26Ver PDF (CVE 2747076)

Informações societárias

Ltda
calle Alcántara 107
Duração: setenta años a contar del cinco de abril de mil novecientos setenta y ocho, hasta el cuatro de abril de dos mil cuarenta y ocho, renovable tácita, automática y sucesivamente por períodos de cinco años
Administração: conjuntamente por dos cualesquiera de las socias Karin Elisabeth Fuenzalida Gylling, Josefina Fuenzalida Castro y María Loreto Fuenzalida Castro; para ciertos actos se requiere firma conjunta de las tres

Capital

Capital total

$6.000.000

Capital integralizado

$6.000.000

Sócios (4)

NomeParticipação

Karin Elisabeth Fuenzalida Gylling

Socio

12.xxx.xxx-6

11.46%

Josefina Fuenzalida Castro

Socio

17.xxx.xxx-6

11.93%

María Loreto Fuenzalida Castro

Socio

15.xxx.xxx-0

13.8%

Inversiones Fuenzalida SpA

Socio

76.777.525-3

62.81%

Administradores (3)

Karin Elisabeth Fuenzalida Gylling

12.xxx.xxx-6Administrador

Josefina Fuenzalida Castro

17.xxx.xxx-6Administrador

María Loreto Fuenzalida Castro

15.xxx.xxx-0Administrador

Histórico societário relatado

  1. Constituição· 5 de abril de 1978

    Constitución original de Daniel Fuenzalida y Compañía Limitada.

  2. Cessão de direitos· 16 de dezembro de 2025

    Daniel Alfredo Florencio Fuenzalida Castro cede derechos sociales a Karin Elisabeth Fuenzalida Gylling.

    Daniel Alfredo Florencio Fuenzalida Castro · Karin Elisabeth Fuenzalida Gylling

  3. Cessão de direitos· 16 de dezembro de 2025

    Daniel Alfredo Florencio Fuenzalida Castro cede derechos sociales a Josefina Fuenzalida Castro, para quien compra María Loreto Fuenzalida Castro.

    Daniel Alfredo Florencio Fuenzalida Castro · Josefina Fuenzalida Castro · María Loreto Fuenzalida Castro

  4. Cessão de direitos· 16 de dezembro de 2025

    Daniel Alfredo Florencio Fuenzalida Castro cede derechos sociales a María Loreto Fuenzalida Castro.

    Daniel Alfredo Florencio Fuenzalida Castro · María Loreto Fuenzalida Castro

  5. Cessão de direitos· 16 de dezembro de 2025

    Daniel Alfredo Florencio Fuenzalida Castro cede derechos sociales a Inversiones Fuenzalida SpA, para quien compran Karin Elisabeth Fuenzalida Gylling y María Loreto Fuenzalida Castro.

    Daniel Alfredo Florencio Fuenzalida Castro · Inversiones Fuenzalida SpA · Karin Elisabeth Fuenzalida Gylling · María Loreto Fuenzalida Castro

  6. Saída de sócio· 16 de dezembro de 2025

    Se retira de la sociedad Daniel Alfredo Florencio Fuenzalida Castro y quedan como únicos socios los actuales.

    Daniel Alfredo Florencio Fuenzalida Castro

Texto oficial do extrato

Ministerio del Interior RODRIGO PINARES ALVARADO, Notario Suplente del Titular de la 2ª Notaría de Santiago, don FRANCISCO JAVIER LEIVA CARVAJAL, con oficio en calle Alcántara 107, comuna de Las Condes y ciudad de Santiago, certifico: Por escritura pública de fecha 16 de diciembre de 2025, Repertorio N°111.457-2025, otorgada ante el titular FRANCISCO LEIVA CARVAJAL, doña KARIN ELISABETH FUENZALIDA GYLLING, abogada, cédula de identidad Nº 12.585.448-6, domiciliada en calle Holanda Nº 991, departamento 31, Comuna de Providencia, Región Metropolitana; por sí y en representación de INVERSIONES FUENZALIDA SpA, persona jurídica del giro de su denominación, Rol Único Tributario Nº 76.777.525-3, domiciliada en calle Río Rotten Nº 5.169, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; MARÍA LORETO FUENZALIDA CASTRO, abogada, cédula de identidad Nº 15.377.523-0, domiciliada en calle Río Sarine Nº 5.385, Región Metropolitana, por sí y en representación de JOSEFINA FUENZALIDA CASTRO, ingeniero comercial, cédula de identidad Nº 17.407.290-6, domiciliada en calle Parque Nº 12.701, casa 32, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, y de INVERSIONES FUENZALIDA SpA, ya individualizada; DANIEL ALFREDO FLORENCIO FUENZALIDA CASTRO, factor de comercio, cédula de identidad Nº 15.640.237-0, domiciliado en calle Río Rotten Nº 5.169, Comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, en relación a DANIEL FUENZALIDA Y COMPAÑÍA LIMITADA, Rol Único Tributario Nº 85.396.400-K, constituida por escritura pública de fecha 5 de abril de 1978, otorgada en la Notaría de Santiago de don Eduardo Quezada Roldán, cuyo extracto se encuentra inscrito a fojas 3715 Nº 1915 del Registro de Comercio a cargo del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 1978, y publicado en el Diario Oficial de fecha 20 de abril de 1978, modificaron los estatutos sociales en el siguiente sentido: 1º) Daniel Alfredo Florencio Fuenzalida Castro, vendió, cedió y transfirió a Karin Elisabeth Fuenzalida Gylling, quién compró, aceptó y adquirió el 0,913125% de los derechos sociales. El precio de la cesión es la suma de $9.966.646.-, cantidad que la cesionaria pagará en 120 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $83.055.-, con vencimiento la primera de ellas el día 2 de enero de 2026 y la última de ellas el día 2 de enero de 2036. Por ese mismo acto e instrumento, ambas partes renunciaron expresamente a la acción resolutoria emanada de esta cesión; 2º) Daniel Alfredo Florencio Fuenzalida Castro, vendió, cedió y transfirió a Josefina Fuenzalida Castro, para quien compró, aceptó y adquirió doña María Loreto Fuenzalida Castro, el 0,951925% de los derechos sociales. El precio de la cesión es la suma de $10.404.740.-, cantidad que la cesionaria pagará en 120 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $86.706.-, con vencimiento la primera de ellas el día 2 de enero de 2026 y la última de ellas el día 2 de enero de 2036. Por ese mismo acto e instrumento, ambas partes renunciaron expresamente a la acción resolutoria emanada de la esta cesión; 3º) Daniel Alfredo Florencio Fuenzalida Castro, vendió, cedió y transfirió a María Loreto Fuenzalida Castro, quién compró, aceptó y adquirió el 0,019125% de los derechos sociales. El precio de la cesión es la suma de $219.047.-, cantidad que la cesionaria pagó en ese acto de contado y en dinero efectivo, suma que el cedente declaró recibir a su más entera y total satisfacción. Por ese mismo acto e instrumento, ambas partes renunciaron expresamente a la acción resolutoria emanada de esta cesión; 4º) Daniel Alfredo Florencio Fuenzalida Castro, vendió, cedió y transfirió a Inversiones Fuenzalida SpA, para quien compró y adquirió doña Karin Elisabeth Fuenzalida Gylling y doña María Loreto Fu enzalida Castro, el 4,9975% de los derechos sociales. El precio de la cesión es la suma de $54.761.791.-, cantidad que la cesionaria pagó en ese acto de contado y en dinero efectivo, suma que el cedente declaró recibir a su más entera y total satisfacción. Por ese mismo acto e instrumento, ambas partes renunciaron expresamente a la acción resolutoria emanada de esta cesión; 5º) Con las anteriores cesiones, se retira de la sociedad Daniel Alfredo Florencio Fuenzalida Castro y quedan como únicos socios Karin Elisabeth Fuenzalida Gylling con un 11,46% del haber social, Josefina Fuenzalida Castro con un 11,93% del haber social, María Loreto Fuenzalida Castro con un 13,80% trece coma ochenta por ciento del haber social e Inversiones Fuenzalida SpA, con un 62,81% del haber social; y 6º) Actuales socios modifican los estatutos de la sociedad en el siguiente sentido: A) Se modifica el artículo 4º relativo al plazo de la sociedad, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: "ARTÍCULO CUARTO: La sociedad ha comenzado a regir a contar desde el día cinco de abril de mil novecientos setenta y ocho, y tendrá una duración de setenta años a contar de esa fecha, es decir hasta el día cuatro de abril del año dos mil cuarenta y ocho, plazo que se renovará, tácita, automática y sucesivamente por períodos de cinco años, si ninguno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término al final del período que estuviera en curso, mediante escritura pública que se inscribirá al margen de la inscripción social constitutiva, con una anticipación de a lo menos, seis meses antes del fin del respectivo período.”; B) Se modifica el artículo 5º relativo al capital, reemplazándolo íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO: El capital social es la suma de seis millones de pesos, que se encuentra enterado y pagado por los socios en las siguientes proporciones: a) Doña Karin Elisabeth Fuenzalida Gylling, con la suma de seiscientos ochenta y siete mil seiscientos pesos, que representan un once coma cuarenta y seis por ciento del haber social; b) Doña Josefina Fuenzalida Castro, con la suma de setecientos quince mil ochocientos pesos, que representan un once coma noventa y tres por ciento de los derechos sociales; c) Doña María Loreto Fuenzalida Castro, con la suma de ochocientos veintiocho mil pesos, que representan un trece coma ochenta por ciento del haber social; y d) Inversiones Fuenzalida Limitada, con la suma de tres millones setecientos sesenta y ocho mil seiscientos pesos, que representan un sesenta y dos coma ochenta y uno por ciento de los derechos sociales.”; C) Se modifica y sustituye el artículo 7º de los estatutos sociales relativo a la administración y uso de la razón social, la que corresponderá conjuntamente a dos cualquiera de las socias Karin Elisabeth Fuenzalida Gylling, Josefina Fuenzalida Castro y María Loreto Fuenzalida Castro, con facultades que constan en el artículo séptimo sustituido. No obstante lo anterior, requerirá la firma conjunta de las socias Karin Elisabeth Fuenzalida Gylling, Josefina Fuenzalida Castro y María Loreto Fuenzalida Castro, para celebrar los de actos y contratos que se señalan en el mismo artículo séptimo; D) Se modifica el artículo 8º, relativo al procurador común en caso de fallecimiento de los socios y/o disolución de los socias personas jurídicas, el que se sustituye íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO OCTAVO: En caso de fallecer alguno de los socios o en el caso que se disolvieran las personas jurídicas socias, la sociedad continuará con los sobrevivientes, y con los herederos del socio fallecido y/o con los continuadores de la socia persona jurídica disuelta, quienes deberán designar un procurador común para actuar ante la sociedad, mandatario que no tendrá facultades de administración ni podrá usar de la razón social. El mandatario deberá ser designado por escritura pública dentro de un plazo de seis meses a contar del fallecimiento o disolución, según sea el caso. En el evento de que la sucesión o los continuadores legales, no designare el procurador común dentro del plazo antes señalado, cualquiera de los socios sobrevivientes podrá recurrir al árbitro designado en el pacto, para que éste designe a tal representante. En caso de fallecer alguna de las socias administradoras, la administración quedará radicada exclusivamente y con las mismas facultades que detente a esa fecha, en las socias administradoras sobrevivientes. “; y E) Se modifica el artículo 9º, relativo al reparto de las utilidades y perdidas, el que se sustituye íntegramente por el siguiente: “ARTÍCULO NOVENO: Las utilidades y eventuales pérdidas se repartirán entre los socios en proporción a sus respectivos aportes.” Demás modificaciones a los estatutos constan de la escritura extractada. Santiago, 23 de Diciembre de 2025. R. Pinares A. N.S.

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  1. MODIFICACIÓN

    DANIEL FUENZALIDA Y COMPAÑIA LIMITADA

    CVE 2747076

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